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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de agosto de 2009 400415 DE LA OFICINA DE PREVENCION DE CONFLICTOS Artículo 7º.- La Ofi cina de Prevención de Confl ictos es el órgano encargado de coordinar las acciones necesarias para la prevención y atención de los confl ictos que se pudieran presentar en los subsectores del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; así como proporcionar la información y asesoría para la implementación de estrategias y acciones que anticipen, prevengan y contribuyan a resolver situaciones de amenaza o riesgo a nivel nacional, siendo a su vez el órgano encargado de coordinar y promocionar las políticas y actividades del Sector VIVIENDA ejecutadas por el Ministerio, los Organismos Públicos del Sector, así como por las instituciones del Gobierno Nacional, Regional y Local. Está a cargo de un Director General el cual depende funcionalmente del Despacho Ministerial. Son funciones de la Ofi cina de Prevención de Confl ictos las siguientes: a) Proponer un Plan de acción y Ejecución de las acciones necesarias para la prevención y atención de los confl ictos sociales que sean competencia del Sector. b) Coordinar y realizar acciones para la prevención y solución de confl ictos, realizando el seguimiento de los compromisos sociales que se asuman frente a la población, en coordinación con las Direcciones Nacionales y Organismos Públicos del Sector. c) Asesorar en materia de prevención de confl ictos sociales que sean competencia del Sector, desplazándose a los lugares en que se requiera su presencia, en los casos que resulte necesario. d) Colaborar con el diseño para el desarrollo sostenible a favor de las poblaciones ubicadas en las zonas de infl uencia de los proyectos, dentro del ámbito de competencia del Sector. e) Brindar asesoramiento a la Alta Dirección para fortalecer las relaciones entre los diversos actores: empresas privadas, gobiernos regionales y locales, sociedad civil y otras entidades públicas y privadas; dentro del ámbito de competencia del Sector. f) Realizar acciones para promover la atención de confl ictos sociales que sean competencia del Sector, fomentando la suscripción de acuerdos entre las partes. g) Emitir pronunciamiento sobre la formulación de las normas técnicas y legales relacionadas con la prevención y atención de confl ictos en los subsectores del Ministerio. h) Supervisar, monitorear y evaluar la ejecución de los Planes y Políticas Regionales en materia de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de conformidad con las Políticas Nacionales y Planes Sectoriales, elevando a la Alta Dirección y Direcciones Generales del Ministerio las recomendaciones y/o sugerencias sobre su aplicación en el ámbito regional. i) Informar a la Alta Dirección del Ministerio la situación del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento en cada una de las regiones a nivel nacional, identifi cando las principales demandas sociales. j) Coordinar las actividades de Capacitación y Asistencia Técnica a los Gobiernos Regionales y Locales, así como a los Organismos Públicos y Empresas del Sector. k) Coordinar y difundir las políticas, planes, programas, acciones, proyectos y normatividad del Sector a nivel nacional, en coordinación con las entidades regionales en materia de vivienda, construcción y saneamiento. l) Coordinar con la Alta Dirección de los Organismos Públicos del Sector, la ejecución de la política sectorial, planes, programas y proyectos de alcance regional y local. m) Elevar a la Alta Dirección del Ministerio, las propuestas para la designación de los representantes del Sector ante los Directorios de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social a nivel nacional. n) Participar en las reuniones, comisiones o grupos de trabajo en representación del Ministerio, en temas de su competencia. o) Informar y opinar sobre asuntos de su competencia. p) Otras funciones específi cas que le asigne el Ministro”. Artículo 2º.- Conformar el equipo de trabajo de la Ofi cina de Prevención de Confl ictos, el mismo que estará integrado por: - Director General de la Ofi cina de Prevención de Confl ictos, en calidad de Presidente; - Viceministro de Vivienda y Urbanismo, como miembro; y - Viceministro de Construcción y Saneamiento, como miembro. Artículo 3º.- El responsable del Sector de la Ofi cina de Prevención de Confl ictos es el Director General de dicha Ofi cina. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCIS ALLISON OYAGUE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 379799-1 Designan Jefa de la Unidad de Comunicación Institucional de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 212-2009-VIVIENDA Lima, 5 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 189-2009- VIVIENDA se designó al señor José Leonidas Vargas Gil, en el cargo de Jefe de la Unidad de Comunicación Institucional de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta conveniente aceptar la misma y designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27594, 27792 y 29158, modifi cada por la Ley Nº 29209 y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor José Leonidas Vargas Gil, en el cargo de Jefe de la Unidad de Comunicación Institucional de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados al Estado. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, a la señora Anggy Paola Tamayo Medina, en el cargo de Jefa de la Unidad de Comunicación Institucional de la Secretaría General del Ministerio del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCIS ALLISON OYAGUE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 379800-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 208-2009-VIVIENDA Mediante Ofi cio Nº 466-2009-VIVIENDA-SG/T, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita