Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2009 (09/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 9 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

400581

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 085-2009 AUTORIZAN A ENTIDADES PUBLICAS A EJECUTAR PROYECTOS DE INVERSION PUBLICA Y MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA BAJO LA MODALIDAD DE NUCLEOS EJECUTORES
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Estado en sus diferentes niveles e instancias de gobierno viene desarrollando importantes esfuerzos en la lucha contra la pobreza, cuyos resultados podrian verse afectados por la crisis economica internacional en caso de no adoptar medidas urgentes, especialmente en las localidades con mayores indices de pobreza; Que, como parte del Plan de Estimulo Economico, el Gobierno viene dictando medidas para mantener el dinamismo de la economia mediante el fomento del empleo, asi como la inversion en infraestructura de servicios publicos basicos, que permitan mejorar el nivel de MORDAZA de la poblacion, fomentando y manteniendo el aparato productivo nacional y la generacion de oportunidades; Que, el Decreto Ley Nº 26157 preve la participacion de los Nucleos Ejecutores para la ejecucion de proyectos de inversion social financiados por el FONCODES, los cuales gozan de capacidad juridica para contratar e intervenir en todos los actos necesarios para la ejecucion de los proyectos y se encuentran sometidos a las normas que regulan las actividades del ambito del sector privado; Que, la Ley Nº 29030 autoriza a las municipalidades a convenir con Organizaciones Representativas de la Comunidad - ORC, la ejecucion y transferencia de pequenos proyectos de infraestructura social y economica, asi como de promocion productiva que se encuentren comprendidos en los acuerdos de los procesos de presupuesto participativo del correspondiente ano fiscal; Que, el Decreto de Urgencia Nº 028-2006 establece que los Gobiernos Regionales y Locales en cuyas circunscripciones se explotan recursos naturales petroleros, deberan invertir el 5% de los fondos que les fueran asignados por concepto de canon petrolero, para el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversion publica y gasto social en las comunidades ubicadas dentro de las zonas de explotacion respectivas; Que, posteriormente el Decreto de Urgencia Nº 0792009 dicta medidas complementarias al Decreto de Urgencia Nº 028-2006, disponiendo que los Gobiernos Regionales y Locales en cuyas circunscripciones se exploten recursos naturales petroleros, destinen el 5% de los fondos que fueron asignados por concepto de canon y sobrecanon petrolero a la ejecucion de proyectos de inversion publica y gasto social, bajo la modalidad de Nucleos Ejecutores en las comunidades ubicadas en las zonas de explotacion respectiva; Que, mediante la Ley Nº 29142 y demas normas complementarias, se dispuso la asignacion directa de recursos presupuestales para el mantenimiento y reparacion de colegios a nivel nacional, constituyendose para tal efecto en cada centro educativo un Comite Veedor conformado por el MORDAZA de la Municipalidad Distrital respectiva, el Director de la institucion educativa y el Presidente de la Asociacion de Padres de Familia (APAFA), con la finalidad de vigilar la adecuada ejecucion del gasto; Que, es conveniente dictar medidas extraordinarias, urgentes y temporales en materia economica y financiera para los anos 2009 y 2010, que permitan a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales destinar recursos para la ejecucion de proyectos de inversion publica y mantenimiento de infraestructura a traves de la modalidad de Nucleos Ejecutores; En uso de las facultades conferidas por el inciso 19 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru;

Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto El objeto de la presente MORDAZA es dictar medidas extraordinarias y urgentes para que los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales destinen recursos durante los anos fiscales 2009 y 2010, para financiar la ejecucion de proyectos de inversion publica y mantenimiento de infraestructura a traves de Nucleos Ejecutores, en el MORDAZA de las acciones comprendidas en el Plan de Estimulo Economico para aminorar los efectos de la crisis externa en el pais. Las entidades del Gobierno Nacional podran aplicar tales medidas, segun su ambito de competencia. Articulo 2º.- Financiamiento Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales podran destinar hasta el 6% del saldo de los recursos previstos para la ejecucion de proyectos de inversion publica en el ano fiscal 2009, con excepcion de las MORDAZA de Financiamiento, Donaciones y Transferencias, y Operaciones Oficiales de Credito, y conforme a las proyecciones de los saldos de los recursos al 31 de diciembre de 2009, teniendo en cuenta la ejecucion al 31 de MORDAZA de 2009. Dicha proyeccion debera realizarse en un plazo no mayor de quince (15) dias habiles de la entrada en vigencia de la presente MORDAZA, con el objeto de financiar la totalidad del costo del proyecto de inversion publica y mantenimiento de la infraestructura, a cargo de los Nucleos Ejecutores. Los recursos quedan exonerados de lo dispuesto en el articulo 7º numeral 7.1 inciso a) del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 066-2009-EF. Los citados Gobiernos realizan las modificaciones en el nivel funcional programatico que resulten necesarias con el objeto de transferir los recursos a los Nucleos Ejecutores en la misma fuente de financiamiento y a traves de la siguiente Estructura Funcional y Cadena del Gasto: Estructura Funcional
FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD 03 Planeamiento, Gestion y Reserva de Contingencia 011 Transferencias e Intermediacion Financiera 0019 Transferencias de Caracter General 1.061660 Transferencias Financieras

Para el caso de proyectos de inversion publica: Cadena del Gasto
MORDAZA de Transaccion 2. Gastos Presupuestarios Generica 5. Otros Gastos Subgenerica Nivel 1 2. Transferencias a Instituciones sin Fines de Lucro Nivel 2 2. Transferencias de Capital a Instituciones sin Fines de Lucro Especifica Nivel 1 1. Transferencias Capital Nivel 2 99. A Otras Organizaciones

Para el caso de mantenimiento de infraestructura: Cadena del Gasto
MORDAZA de Transaccion 2. Gastos Presupuestarios Generica 5. Otros Gastos Subgenerica Nivel 1 2. Transferencias a Instituciones sin Fines de Lucro Nivel 2 1. Transferencias Corrientes a Instituciones sin Fines de Lucro Especifica Nivel 1 1. Transferencias Corrientes Nivel 2 99. A Otras Organizaciones

Articulo 3º.- De la conformacion de los Nucleos Ejecutores 3.3 Los Nucleos Ejecutores son organos representativos de no menos de cien (100) personas de las comunidades campesinas y nativas, asentamientos humanos rurales y urbanos; asi como rondas campesinas, comites de autodefensa, comites de gestion local y organizaciones

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