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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (09/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 9 de agosto de 2009 400588 Autorizan ampliación de permanencia de oficial del Ejército como Adjunto a la Delegación de Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID) y Asesor del Colegio Interamericano de Defensa (CID) RESOLUCIÓN SUPREMA N° 329-2009-DE/EP/S-1.a/2.1 Lima, 8 de agosto de 2009 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 017 OA-CGE M/a-1.1/02.01.16, del 01 de julio de 2009, de la Ofi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército aprobada por el Señor General de Ejército Comandante General del Ejército. CONSIDERANDO: Que, la Directora del Colegio Interamericano de Defensa (CID) ha propuesto la designación de Ofi ciales peruanos para ocupar cargos como Asesores en ese Centro Superior de Estudios para el período julio 2009 a julio 2010; Que, el cargo de Asesor en el Colegio Interamericano de Defensa (CID) constituye una excelente oportunidad para el perfeccionamiento de Ofi ciales del Ejército del Perú, mantener presencia internacional en este importante foro hemisférico; así como obtener una mejor capacitación para adoptar los nuevos planteamientos relacionados a la Defensa y la Seguridad Hemisférica; Que, con RS N°237-2008/DE/EP/S-1.a/2-1 del 04 Jul 08, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios del Crl EP Oscar Guillermo MARIMÓN CAMPOS, para que participe en el Curso Avanzado de Seguridad y Defensa Hemisférica, año académico 2008-2009, a llevarse a cabo en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), ciudad de Washington D.C - Estados Unidos de América, a partir del 16 de julio del 2008 al 15 de julio del 2009; Que, es conveniente para los intereses institucionales del Ejército del Perú autorizar la permanencia en Comisión Especial en el Exterior a los Estados Unidos de América, del 16 de julio del 2009 al 15 de julio del 2010, al Crl EP Oscar Guillermo MARIMÓN CAMPOS, quien al haber concluido el Curso Avanzado de Seguridad y Defensa Hemisférica en el Colegio Interamericano de Defensa, califi ca para que se desempeñe como Adjunto a la Delegación de Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID) y Asesor del Colegio Interamericano de Defensa (CID), lo que permitirá al país y al Ejército del Perú contar con un Ofi cial con experiencia como Instructor en temas de Defensa y Seguridad Hemisférica, en el marco de las nuevas amenazas de la globalización; Que, la autorización ampliando la permanencia del antes nombrado ofi cial en el exterior, no ha podido expedirse oportunamente debido al cambio del Titular del Sector, lo que ha obligado al Instituto a reformular la presente autorización con efi cacia anticipada, al amparo de lo normado en el numeral 17.1 del Art. 17 de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, toda vez que la ampliación de permanencia debe computarse a partir del 16 de julio del 2009; Que, la citada Comisión Especial se encuentra incluida en el Anexo 3, Rubro 7.-Representación Nacional en Organismos Internacionales, Ítem 28 de la Resolución Suprema Nº 183-2009 de fecha 28 de mayo de 2009, que modifi có el Plan Anual de viajes del Sector Defensa Año 2009, aprobado por la Resolución Suprema N° 028-2009 DE/SG del 19 de enero del 2009; Que, la duración de la permanencia es de un (01) año, que incluye los años 2009 y 2010, por lo que el pago correspondiente al período comprendido del 16 de julio al 31 de diciembre de 2009, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; y el pago para el período comprendido entre el 01 de enero y el 15 de julio del 2010, se efectuará con cargo al Presupuesto Fiscal correspondiente, para lo cual deberá expedirse oportunamente la respectiva autorización; Que, de conformidad con los artículos 23 y 26º de la Ley Nº 28359 – Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, el Ofi cial nombrado en comisión de servicios o misión de estudios por un período mayor de seis (06) meses por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo compensatorio previsto, de acuerdo a la duración de la comisión de servicio o misión de estudios; De conformidad con la Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075 – Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y por el Decreto Supremo N° 004-2009-DE/SG del 03 de enero del 2009, Ley N° 29289 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; y, estando a lo precedentemente expuesto así como a lo recomendado por el señor General de Ejército, Comandante General del Ejército; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, con efi cacia anticipada, a partir del 16 de julio del 2009 al 15 de julio del 2010, la ampliación de permanencia en Comisión Especial en el Exterior en los Estados Unidos de Norte América, al Crl EP Oscar Guillermo MARIMÓN CAMPOS, para que se desempeñe como Adjunto a la Delegación de Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID) y Asesor del Colegio Interamericano de Defensa (CID). Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 6,930.00/31 x 16 días (julio) US$ 6,930.00 x 05 meses (agosto-diciembre 2009) Artículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días aprobados. Artículo 4º.- El citado Ofi cial Superior durante el tiempo que permanecerá en el extranjero, pasará Lista de Revista en la Ofi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército. Artículo 5º.- El citado Ofi cial no podrá solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en la Institución el tiempo compensatorio previsto en la Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas. Artículo 6º.- El referido Ofi cial deberá cumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 381567-6 Autorizan viaje de oficial del Ejército a Colombia en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 330-2009-DE/SG Lima, 8 de agosto de 2009