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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (09/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 9 de agosto de 2009 400584 Constituyen Comisión Consultiva encargada de formular el anteproyecto de Código de Consumo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 200-2009-PCM Lima, 8 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, en el mensaje a la Nación del 28 de julio del año en curso, el Presidente de la República se refi rió a la necesidad de que nuestro país cuente con un Código de Consumo, que regule de manera coherente y sistemática los mecanismos legales para la protección de los derechos de los consumidores, conforme a lo establecido por el artículo 65º de la Constitución Política del Perú, anunciando que el Poder Ejecutivo llevará adelante la iniciativa; Que, conforme al modelo económico adoptado por la Constitución Política del Perú, el consumidor es un agente económico de vital importancia, cuya participación en el mercado permite desarrollar y dinamizar las actividades económicas, por lo que es necesario que el sistema legal le brinde una protección real y efi ciente; Que, en la actualidad las normas sobre protección del consumidor se encuentran dispersas en diversos cuerpos normativos como el Código Civil; el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema de Protección al Consumidor, aprobado por Decreto Supremo Núm. 006-2009-PCM y en un conjunto de leyes especiales relacionadas con determinadas actividades y servicios; muchas de las cuales adolecen de vacíos y necesitan ser actualizadas; Que, por tal motivo es imprescindible contar con un cuerpo normativo moderno y efi caz que regule de manera coherente y sistemática los mecanismos de protección al consumidor y las fi guras afi nes relacionadas con la contratación masiva de bienes y servicios; Que, para el cumplimiento de los objetivos antes expuestos es necesario crear una comisión integrada por destacados profesionales y especialistas en la materia, con el propósito que en el más breve plazo, elabore el anteproyecto de Código de Consumo; Que, de conformidad con el artículo 37º de la Ley Núm. 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las Comisiones Consultivas están conformadas por profesionales, especialistas o representantes de la sociedad civil, de reconocida capacidad o experiencia, designados por Resolución Suprema. El cargo de miembro de la Comisión Consultiva es honorario y de confi anza. No inhabilita para el desempeño de ninguna función pública o actividad privada; De conformidad con la Ley Núm. 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Núm. 063-2007-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constitúyase una Comisión Consultiva encargada de formular el anteproyecto de Código de Consumo, la misma que estará integrada de la siguiente manera: - Dr. Walter Francisco Gutiérrez Camacho, quien la presidirá; - Dr. Jorge Avendaño Valdez; - Dra. Mercedes García Belaunde de Hamann; - Dr. Alfredo José Buliard González; - Dr. Oswaldo del Carmen Hundskopf Exebio; - Dr. Alonso Víctor Manuel Morales Acosta; - Dr. Juan Alejandro Espinoza Espinoza; - Dr. Jaime Ricardo Delgado Zegarra; - Dr. Yuri José Francisco Vega Mere; - Dr. Juan Francisco Rojas Leo; y, - Dra. Rosario del Pilar Fernández Figueroa. Artículo 2º.- La comisión tendrá un plazo de sesenta (60) días calendario, a partir de la publicación de la presente resolución, para presentar al Presidente del Consejo de Ministros el texto del anteproyecto del Código de Consumo. Artículo 3º.- Para el mejor cumplimiento de sus fi nes, la comisión podrá designar a un secretario técnico e invitar a profesionales del Sector Público o Privado a fi n que formulen aportes o sugerencias para la nueva normativa en materia de protección al consumidor. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELÁSQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 381567-3 Modifican R.M. Nº 044-2009-PCM mediante la cual se creó Grupo de Trabajo Multisectorial encargado del seguimiento y coordinación de la ejecución del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 341-2009-PCM Lima, 6 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Núm. 044- 2009-PCM se creó el Grupo de Trabajo Multisectorial encargado del seguimiento y coordinación de las acciones de ejecución del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción; Que, a efectos de cumplir con los objetivos de dicho Grupo de Trabajo Multisectorial resulta necesario el concurso de esfuerzos de otras instituciones públicas, actores importantes para el éxito del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción; Que, en tal sentido es pertinente modifi car la conformación del Grupo de Trabajo Multisectorial, incorporando como integrantes a un representante del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado –OSCE y otro de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR; Que, por las mismas razones expuestas en los considerandos precedentes es necesario invitar a participar en el Grupo de Trabajo Multisectorial a un representante del Consejo Nacional de Competitividad, un representante de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas –CONFIEP, un representante de la Sociedad Nacional de Radio y Televisión y un representante del Consejo de la Prensa Peruana; De conformidad, con lo dispuesto por la Ley Núm. 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Núm. 063-2007-PCM y modifi cado por el Decreto Supremo Núm. 057-2008-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi cación Modifíquese el artículo 2° de la Resolución Ministerial Núm. 044-2009-PCM quedando redactado con el siguiente texto: “Artículo 2º.- Conformación del Grupo de Trabajo Multisectorial El Grupo de Trabajo Multisectorial estará integrado por un representante designado por la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien lo presidirá y por un representante titular y otro suplente, de cada uno de los Ministerios del Poder Ejecutivo, así como del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado –OSCE y otro de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR. También participarán en la condición de invitados un representante del Consejo Nacional de Competitividad,