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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de agosto de 2009 400710 Autorizan viaje de oficial del Ejército a España en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 336-2009-DE/EP Lima, 12 de agosto de 2009 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 032 /U-3.c.6.b del 04 de agosto de 2009, de la Dirección General de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, el Ejército del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2009, la designación de un (01) ofi cial superior para que participe en el Curso de Comando y Estado Mayor en la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas (ESFAS), en la ciudad de Madrid - España, ya que responde a la necesidad de contar con ofi ciales especialistas en temas estratégicos, formados en instituciones militares extranjeras, dentro del marco de los compromisos bilaterales de cooperación mutua asumidos por nuestro país, con el objeto de fomentar e incrementar las medidas de confi anza con instituciones armadas de otros países; Que, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Mayor EP Elio Custodio MONTEZA BECERRA, para que participe en el Curso de Comando y Estado Mayor en la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas (ESFAS), en la ciudad de Madrid - España, del 20 de agosto de 2009 al 31 de Julio de 2010, por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú; Que, el período de duración de la citada Misión de Estudios comprende en parte los Años Fiscales 2009 y 2010, por lo que el pago correspondiente al período comprendido del 20 de Agosto al 31 de diciembre de 2009, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 y del 01 de enero al 31 de julio de 2010, se efectuará con cargo al Presupuesto Fiscal correspondiente, para lo cual deberá expedirse oportunamente la respectiva autorización; Que, el precitado viaje en Misión de Estudios se encuentra considerado en el Rubro 3.- Instrucción Militar Superior (Perfeccionamiento), Ítem Nº 14, del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 028-2009 DE del 19 de enero de 2009 y sus modifi catorias; Que, de conformidad con los Artículos 23º y 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, el Ofi cial nombrado en comisión de servicios o misión de estudios por un período mayor de seis (06) meses por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva institución armada el tiempo compensatorio previsto, de acuerdo a la duración de la comisión de servicio o misión de estudios; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero, que se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004 - DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; y, Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al señor Mayor EP Elio Custodio MONTEZA BECERRA, identifi cado con DNI Nº 43318638 y CIP Nº 117563700, para participar como alumno en el Curso de Comando y Estado Mayor en la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas (ESFAS), en la ciudad de Madrid - España, en el período comprendido del 20 de agosto de 2009 al 31 de julio de 2010. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: AF - 2009 Pasaje: Lima - Madrid -Lima (Clase económica) US $ 1,612.15 X 01 Gastos de traslado (Ida) US $ 4,050.00 x 01 Tarifa Única de Uso de Aeropuerto (TUA) US $ 31.00 x 01 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 4,050.00 x 04 meses x 01 US $ 4,050 /31 días x 12 días (Agosto 2009) x 01 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio o término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 5º.- El mencionado ofi cial revistará en la Ofi cina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, por el período que dure la misión de estudios. Artículo 6º.- El citado ofi cial, no podrá solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido a la institución el tiempo compensatorio previsto de acuerdo a la duración de la misión de estudios. Artículo 7º.- El citado ofi cial deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004 - DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 8º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 383367-10