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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (13/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de agosto de 2009 400724 VIVIENDA Amplían alcances del D.S. Nº 012-2009- VIVIENDA a los herederos del personal de la PNP fallecido en actos de servicio, como consecuencia de los hechos acontecidos durante el desalojo en el Santuario Histórico Bosque de Pómac y en la sede policial de San José de Secce DECRETO SUPREMO Nº 014-2009-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento de conformidad con la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, tiene competencia para formular, aprobar, ejecutar y supervisar las políticas de alcance nacional aplicables en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento; Que, mediante Ley Nº 27829 y modifi catorias, se creó el Bono Familiar Habitacional (BFH), como parte de la política sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo que es administrado por el Fondo MIVIVIENDA S.A., y se otorga por una sola vez a los benefi ciarios, con criterio de utilidad pública, sin cargo de restitución por parte de éstos, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro y de su esfuerzo constructor, siendo sus benefi ciarios exclusivos las familias de ámbitos urbano y rural que carecen de recursos sufi cientes para adquirir y mejorar una única solución habitacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2009-VIVIENDA publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 20 de junio de 2009, se otorgó un Bono Familiar Habitacional (BFH) dentro de los alcances del Programa Techo Propio, con un valor excepcional, a los herederos legales del personal de la Policía Nacional del Perú fallecido y/o desaparecido en acto de servicio, en cumplimiento de su deber, como consecuencia de los hechos acontecidos en las provincias de Bagua y Utcubamba del departamento de Amazonas; Que, con fecha 20 de enero de 2009 se produjo un enfrentamiento entre invasores y miembros de la Policía Nacional del Perú, durante el desalojo del Santuario Histórico Bosque de Pómac, ubicado en la provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, donde perdió la vida personal de la Policía Nacional del Perú; Que, con fecha 1 de agosto de 2009 se produjo un ataque terrorista a la sede policial de San José de Secce, en la provincia de Huanta, departamento de Ayacucho, producto del cual perdieron la vida tres miembros de la Policía Nacional del Perú pertenecientes a la Dirección de Operaciones Especiales - DIROES; Que, corresponde igualmente a los herederos legales del personal caído en actos de servicio en el Santuario Histórico Bosque de Pómac y en la sede policial de San José de Secce ser retribuido con una asignación especial del Bono Familiar Habitacional (BFH), de manera excepcional y extraordinaria, para acceder de manera preferencial a una vivienda de interés social dentro del marco de la Ley Nº 27829 y sus demás normas complementarias; Que, en ese sentido, resulta pertinente ampliar los alcances del Decreto Supremo Nº 012-2009-VIVIENDA a los herederos legales del personal de la Policía Nacional del Perú fallecido en acto de servicio como consecuencia de los hechos acontecidos durante el desalojo en el Santuario Histórico Bosque de Pómac, en la provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque y en la sede policial de San José de Secce, provincia de Huanta, departamento de Ayacucho; En uso de las atribuciones que le confi ere el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y en el numeral 3) del artículo 11º de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modifi catorias; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Amplíase los alcances del Decreto Supremo Nº 012- 2009-VIVIENDA a los herederos legales del personal de la Policía Nacional del Perú fallecido en acto de servicio, como consecuencia de los hechos acontecidos durante el desalojo en el Santuario Histórico Bosque de Pómac, en la provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque y en la sede policial de San José de Secce, provincia de Huanta, departamento de Ayacucho. Artículo 2º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de agosto del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República FRANCIS ALLISON OYAGUE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 383367-7 Designan Director General de la Oficina General de Estadística e Informática del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 219-2009-VIVIENDA Lima, 12 de agosto de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 199-2009- VIVIENDA, se encargó al señor Jaime Gutiérrez Rosas, las funciones de Director General de la Ofi cina General de Estadística e Informática del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cargo considerado de confi anza; Que, resulta necesario dar por concluido el encargo a que se refi ere el considerando precedente y designar al profesional propuesto para ejercer las funciones inherentes a dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27594, 27792 y 29158, modifi cada por Ley Nº 29209, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluido el encargo conferido al señor Jaime Gutiérrez Rosas, en virtud de la Resolución Ministerial Nº 199-2009-VIVIENDA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor Jaime Gutiérrez Rosas, como Director General de la Ofi cina General de Estadística e Informática del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cargo considerado de confi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCIS ALLISON OYAGUE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 382839-1 ORGANISMOS EJECUTORES ARCHIVO GENERAL DE LA NACION Modifican la Directiva Nº 006-2008- AGN/DNDAAI “Proceso de Regularización Administrativa de Escrituras Públicas y Actas Notariales Protocolares que se conservan en el Archivo General de la Nación” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 265-2009-AGN/J Lima, 19 de junio de 2009