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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (16/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 16 de agosto de 2009 400993 el cual es publicado en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www. vivienda.gob.pe) en la fecha de publicación del presente dispositivo. Artículo 2º.- Evaluación y Certifi cación El Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, será responsable de efectuar la evaluación y certifi cación de la Cocina Mejorada, conforme a la presente Norma Técnica. Artículo 3º.- Del Reglamento SENCICO deberá aprobar en el plazo máximo de 30 días el Reglamento para la Evaluación y Certifi cación de Cocina Mejorada. Artículo 4°.- Validación Las personas naturales o jurídicas que hayan desarrollado sistemas o alternativas de cocinas mejoradas, deberán obtener previamente a su utilización en cualquier lugar de la República, el Certifi cado de Validación de la Cocina, otorgado por SENCICO, de conformidad al Reglamento indicado en el Artículo 3º de la presente norma. Artículo 5°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de agosto del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República FRANCIS ALLISON OYAGUE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 384599-5 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en los departamentos de Ancash y Lima JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 167-2009/SBN-GO-JAR San Isidro, 12 de agosto de 2009 Visto el Expediente Nº 123-2009/SBN-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 12 191 301,68 m², ubicado al Norte del Centro Poblado de Samanco, distrito del mismo nombre, provincia del Santa y departamento de Ancash; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de naturaleza eriaza de 15 292 444,09 m², ubicado al Norte del Centro Poblado de Samanco, distrito del mismo nombre, provincia del Santa y departamento de Ancash, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, realizada la inspección técnica con fecha 17 de marzo de 2009, se verifi có que el citado terreno es de naturaleza eriaza, con suelo de textura arenosa, con afl oramiento rocoso, presenta topografía variable constituido por cimas y cerros; Que, mediante Informe Técnico Nº 1000-2009- Z.R.NºVII/OC-CHIMB de fecha 11 de mayo de 2009, la Ofi cina de Catastro de la Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz, señala que el predio en consulta se encuentra superpuesto con predios inscritos, incorporados en las bases cartográfi cas catastrales de las propiedades inscritas con la que cuenta la Ofi cina de Catastro de la Zona Registral Nº VII; Que, tomando en consideración lo señalado en el considerando precedente se procedió a recortar las áreas superpuestas obteniendo un área libre de 12 191 301,68 m²; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyen propiedad privada, son de dominio del Estado, cuya inmatriculación compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 12 191 301,68 m², de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003- 2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolución Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestión Inmobiliaria y Supervisión a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de septiembre del 2001, que aprueba el “Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales”, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identifi car los terrenos eriazos y/o en abandono, con la fi nalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 131-2001-EF “Estatuto de la SBN”, Ley Nº 29151 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0351-2009/SBN-GO-JAR, de fecha 25 de junio de 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 12 191 301,68 m², ubicado al Norte del Centro Poblado de Samanco, distrito del mismo nombre, provincia del Santa y departamento de Ancash, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº VII - Sede Huaraz de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno antes descrito, en el Registro de Predios de Chimbote. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 384218-1