Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2009 (16/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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VISTOS:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de agosto de 2009

Los Expedientes Nº 2009-0010990 y Nº 20090012394 de fechas 03 y 25 de junio del ano en curso, respectivamente, presentados por la ESCUELA DE CONDUCTORES PROFESIONALES MORDAZA MORDAZA S.A; solicitando se le otorgue autorizacion para impartir los cursos de capacitacion a quienes aspiran a obtener la licencia de conducir Clase A categoria I, de conformidad a lo dispuesto en la octava Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC. Reglamento Nacional de Licencias de Conducir vehiculos automotores y no motorizados de transporte terrestre; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 30.04.09 se emitio la Resolucion Directoral Nº 1699-2009-MTC/15 mediante el que se otorgo a la empresa denominada Escuela de Conductores MORDAZA MORDAZA S. A. autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Profesionales; Que, la ESCUELA DE CONDUCTORES PROFESIONALES MORDAZA MORDAZA S.A. cumple con proponer dos nuevos vehiculos con placa de rodaje BIE-292 y BK-8291 de la clase M-1, presentando la tarjeta de propiedad, el Certificado SOAT, el Certificado de Inspeccion tecnica vehicular correspondiente, y el Contrato de Arrendamiento correspondiente al vehiculo con placa de rodaje BIE-292; asimismo, adjuntan el Temario y el Silabos de estudios debidamente desarrollados; con indicacion del horario de atencion correspondiente; Que, la Octava Disposicion Complementaria y Final del Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, ademas de capacitar a los conductores de las clases A categoria II y III, podran impartir cursos de capacitacion a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoria I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento bajo comento y cuenten con la autorizacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso los certificados que estas emitan tendran validez para exonerar a dichos postulantes de la evaluacion teorica sobre las normas de transito; Que, la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, mediante Informe Nº 661-2009-MTC/15.03 de fecha 08 de MORDAZA del ano en curso, concluye que resulta procedente la solicitud presentada por la ESCUELA DE CONDUCTORES PROFESIONALES MORDAZA MORDAZA S.A. para impartir los cursos de capacitacion a quienes aspiren obtener licencia de conducir de la clase A categoria I, dentro del horario de lunes a viernes de 8:00am. a 9:00pm; sabados de 8:00am. a 7:00pm. y domingos de 8:00am. a 2:00pm; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir de Vehiculos automotores y no motorizados de transporte terrestre, Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 y la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 29370; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Otorgar a la ESCUELA DE CONDUCTORES PROFESIONALES MORDAZA MORDAZA S.A. autorizacion para impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran a obtener la licencia de conducir de la clase A categoria I, en los locales, con los Instructores y en los horarios establecidos en la Resolucion Directoral Nº 1699-2009-MTC/15, autorizandose adicionalmente la ampliacion de su flota vehicular con los vehiculos que a continuacion se detallan:
Ano Placa Fab. 1 Toyota YARIS LXI Automovil JTDBW113500022680 2NZ1590978 2000 BIE-292 1.3 (M1) 2 Toyota VITZ Automovil SCP100384877 1SZ0990259 2002 BK-8291 (M1) N MORDAZA Modelo Clase Nº Chasis Nº de Motor

Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo de la ESCUELA DE CONDUCTORES PROFESIONALES MORDAZA MORDAZA S.A. los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 380827-1

VIVIENDA
Aprueban MORDAZA Tecnica de Cocina Mejorada
DECRETO SUPREMO N° 015-2009-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento disena, MORDAZA y ejecuta la politica nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento. Asimismo, tiene como mision mejorar las condiciones de MORDAZA de la poblacion, facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios basicos, propiciando el ordenamiento, crecimiento, conservacion, mantenimiento y proteccion de los centros poblados y sus areas de influencia, fomentando la participacion de las organizaciones de la Sociedad Civil y de la iniciativa e Inversion Privada; Que, conforme el Articulo 10º numeral 1 de la Resolucion Ministerial Nº 175-2002-VIVIENDA, la Direccion Nacional de Construccion es el organo de linea encargado de promover y coordinar estudios e investigaciones, y de formular la normativa concordada con el avance tecnologico y las caracteristicas socioculturales de la poblacion que contribuyan a dinamizar la actividad de la construccion de infraestructura; Que, en la actualidad en el ambito rural de nuestro MORDAZA, la cocina tradicional utiliza biomasa como la principal fuente de suministro de energia o combustible para la coccion de alimentos, la cual genera impactos negativos en la salud de la poblacion por la inhalacion de gases toxicos, irritaciones oculares y quemaduras; asi como en el medio ambiente, por la deforestacion, perdida de biodiversidad y contaminacion; Que, la Direccion de Estudios y Normalizacion de la Direccion Nacional de Construccion ha elaborado un proyecto normativo de Cocina Mejorada, con la participacion de un grupo de trabajo conformado por el Ministerio de Energia y Minas, Ministerio del Ambiente, Organizacion Mundial de la Salud/Organizacion Panamericana de la Salud, Cooperacion Alemana al Desarrollo (GTZ), Colegio de Arquitectos del Peru, Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion, Universidad Peruana MORDAZA MORDAZA, Pontificia Universidad Catolica del Peru e Instituto Trabajo y Familia/Sembrando; De conformidad con lo establecido en el Numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; SE DECRETA: Articulo 1°.- Aprobacion de MORDAZA Tecnica Aprobar la MORDAZA Tecnica Cocina Mejorada, que como Anexo 1 forma parte del presente Decreto Supremo,

Articulo Segundo.- Remitir a la Direccion de Supervision, Fiscalizacion y Sanciones, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia.

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