Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2009 (22/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

401364

NORMAS LEGALES
ANEXO

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de agosto de 2009



Denominacion del Procedimiento

Requisitos

Derecho de Tramite (% UIT)

Calificacion Aprobacion Automatica Evaluacion Positivo Negativo X 30 dias habiles.

Dependencia a cargo del Procedimiento

Autoridad que concluye el Tramite

Autoridad que resuelve impugnacion

II 18

DIRECCION DE DERECHO DE VIGENCIA Acreditacion Extemporanea del pago del Derecho de Vigencia o Penalidad Base Legal D.S. Nº 03-94-EM D.S. Nº 043-2004-EM - Solicitud - Original de MORDAZA de Deposito Bancario 4.27 Por derecho minero, por ano, por concepto Direccion de Derecho de Vigencia Presidencia del Consejo Directivo Consejo de Mineria

IV 23

SERVICIOS DE INTERNET (SUJETOS A CONVENIO) Visualizacion de Expedientes

Unidad de medida -------

Precio S/. Gratuito

386517-1

Otorgan concesion temporal a favor de HYDROTECH S.A. para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en futura central hidroelectrica
RESOLUCION MINISTERIAL N° 356-2009-MEM/DM MORDAZA, 18 de agosto de 2009 VISTO: El Expediente N° 21175309, sobre otorgamiento de concesion temporal de generacion para desarrollar estudios de la futura Central Hidroelectrica Illapani, de acuerdo con el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, presentado por HYDROTECH S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 12220793 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, HYDROTECH S.A., mediante documento con registro de ingreso Nº 1882737, de fecha 08 de MORDAZA de 2009, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesion temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generacion de energia electrica de la futura Central Hidroelectrica Illapani, para una potencia instalada estimada de 327,9 MW, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 30° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollaran en los distritos de Echarate, Quellouno y MORDAZA MORDAZA, provincia de La Convencion, departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, en virtud de lo dispuesto en el articulo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, el titular de la concesion temporal asume la obligacion de realizar estudios de factibilidad, de acuerdo con un cronograma de estudios; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe N° 183-2009-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia;

SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar concesion temporal a favor de HYDROTECH S.A., que se identificara con el codigo N° 21175309, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Illapani, con una potencia instalada estimada de 327,9 MW, los cuales se realizaran en los distritos de Echarate, Quellouno y MORDAZA MORDAZA, provincia de La Convencion, departamento de MORDAZA, por un plazo de doce (12) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los estudios se realizaran al MORDAZA de la presente concesion temporal, y comprenderan la MORDAZA delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56): VERTICE 1 2 3 4 5 ESTE 746 327,90 728 175,52 741 839,26 768 067,72 770 589,17 NORTE 8 577 123,98 8 604 131,63 8 609 493,01 8 601 219,06 8 590 332,38

Articulo 3°.- El concesionario esta obligado a realizar los estudios, respetando las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1° de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto a la ejecucion de los estudios y al cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4°.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 386511-1

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