Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2009 (22/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 22 de agosto de 2009

General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, en la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos y en el literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la licenciada en ciencias en la comunicacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA Duenas, al cargo de Directora, Nivel F-3, de la Oficina de Comunicaciones del Hospital Nacional "Cayetano Heredia" de la Direccion de Salud V MORDAZA MORDAZA del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar al medico cirujano MORDAZA MORDAZA Motta, en el cargo de Director, Nivel F-3, de la Oficina de Comunicaciones del Hospital Nacional "Cayetano Heredia" de la Direccion de Salud V MORDAZA MORDAZA del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 386750-5

De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del articulo 8 de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento del Comite Consultivo de la Estrategia Sanitaria Nacional de Accidentes de MORDAZA, que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- La Oficina General de Defensa Nacional se encargara de la difusion y supervision del presente Reglamento. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud publique la presente Resolucion Ministerial en la direccion electronica http://www.minsa.gob.pe/portada/transparencia/normas. asp del MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 386750-6

Aprueban Directiva Sanitaria "Promocion de la Semana de la Lactancia Materna en el Peru - Ano 2009"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 554-2009/MINSA MORDAZA, 20 de agosto de 2009 Vistos: los expedientes Nº 09-063037-001 y Nº 09063037-002, que contienen el Memorandum Nº 638-2009DGPS/MINSA de la Direccion General de Promocion de la Salud y el Informe Nº 682-2009-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervencion del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a traves de la promocion, proteccion, recuperacion y rehabilitacion de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su MORDAZA hasta su muerte natural; Que, el articulo 60º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, dispone que la Direccion General Promocion de la Salud, es el organo tecnico normativo responsable de la conduccion del MORDAZA de Promocion de la Salud, asi como de contribuir al desarrollo integral de la persona, familia y comunidad cuyas acciones inciden en los determinantes sociales que influyen en la salud de la poblacion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0103-93-SA/ DM modificada por Resolucion Ministerial Nº 240-2000SA/DM, se declaro la cuarta semana del mes de agosto de cada ano como la "Semana de la Lactancia Materna en el Peru"; Que, en ese sentido, la Direccion General de Promocion de la Salud ha elaborado la Directiva Sanitaria "Promocion de la Semana de la Lactancia Materna en el Peru - Ano 2009", cuya finalidad es promover y proteger la lactancia materna en el Peru y contribuir a la reduccion de la desnutricion cronica infantil a nivel nacional, regional y local; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Promocion de la Salud; Con el visado del Director General de la Direccion General de Promocion de la Salud, de la Directora

Aprueban Reglamento del Comite Consultivo de la Estrategia Sanitaria Nacional de Accidentes de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 553-2009/MINSA MORDAZA, 20 de agosto del 2009 Visto el Expediente Nº 09-012713-001, que contiene la Nota Informativa Nº 119-2009-OTEED-OGDN/MINSA, de la Oficina General de Defensa Nacional, y el Informe Nº 600-2009-OGAJ/MINSA, de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº Nº 771-2004/ MINSA, de fecha 27 de MORDAZA de 2004, se establecieron las Estrategias Sanitarias Nacionales, designandose a la Oficina General de Defensa Nacional como organo responsable de la Estrategia Sanitaria Nacional de Accidentes de Transito; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Resolucion Ministerial Nº 228-2005/MINSA, Reglamento del Comite Tecnico Permanente de la Estrategia Sanitaria Nacional de Accidentes de MORDAZA, establece que el Comite Tecnico Permanente de la ESNAT aprobara mediante acuerdo en sesion, el Reglamento de Comite Consultivo de la Estrategia Sanitaria Nacional de Accidentes de Transito; Que, en ese sentido, la Oficina General de Defensa Nacional ha remitido un proyecto de Reglamento de Comite Consultivo de la Estrategia Sanitaria Nacional de Accidentes de MORDAZA, con el objetivo de reglamentar la organizacion, funciones, atribuciones y competencias del mencionado Comite Consultivo; Estando a lo propuesto por la Oficina General de Defensa Nacional; Con el visado del Director General de la Oficina General de Defensa Nacional, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y del Viceministro de Salud, y;

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