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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (27/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de agosto de 2009 401563 Artículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4°.- El mencionado Personal Naval, deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 389502-12 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Décimo Sexto Tramo de la Emisión de Bonos Soberanos en el Marco del Decreto de Urgencia Nº 040- 2009 DECRETO SUPREMO Nº 194-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, y sus modifi catorias, se aprobó la emisión de bonos soberanos hasta por S/. 2 600 000 000,00 (DOS MIL SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), en uno o varios tramos, durante el bienio 2009-2010, que se destinarán a fi nanciar proyectos de inversión pública a cargo de los Gobiernos Regionales; Que, el numeral 1.3 del Artículo 1º del mencionado Decreto de Urgencia establece que por decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y el refrendo del Ministro de Economía y Finanzas, se autoriza cada tramo de la emisión de bonos soberanos, que pueden ser colocados en una o varias fechas; Que, asimismo, dicho dispositivo legal dispone que, en el citado decreto supremo se fi jan las características generales de los aludidos bonos soberanos y se establecen los proyectos de inversión pública a cargo de los Gobiernos Regionales a ser fi nanciados con los recursos que se obtengan con la colocación del respectivo tramo; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 179-2009- EF/75 se aprobaron los “Lineamientos para la Aplicación del Decreto de Urgencia Nº 040-2009” y los índices de distribución de los recursos provenientes de la emisión y colocación de bonos soberanos; Que, de la aplicación de los citados índices de distribución, corresponde a la Municipalidad Metropolitana de Lima un fi nanciamiento de hasta S/. 230 942 490,00 (DOSCIENTOS TREINTA MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), de los cuales a la fecha existe un saldo disponible de hasta S/. 205 073 259,39 (DOSCIENTOS CINCO MILLONES SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y 39/100 NUEVOS SOLES); Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima ha presentado a la Dirección Nacional del Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y Finanzas, los documentos requeridos para acceder al fi nanciamiento a que se refi ere el Decreto de Urgencia N° 040-2009, y sus modifi catorias, hasta por un monto de S/. 12 362 519,11 (DOCE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS DIECINUEVE Y 11/100 NUEVOS SOLES) para ejecutar tres (03) proyectos de inversión pública a su cargo, denominados “Ampliación de la Av. Mariano Cornejo desde la intersección con la Av. Universitaria hasta la Plaza de La Bandera, Provincia de Lima - Lima” (Código SNIP 122867), “Rehabilitación de pistas en las Avs. Garcilazo de la Vega y Tacna, Tramo Pte. Santa Rosa - Av. 28 de Julio - Cercado de Lima” (Código SNIP 94728) y “Reconstrucción de la calle Julio Winder, ex Catalino Miranda, Tramo Av. República de Panamá hasta Av. Lima, Barranco” (Código SNIP 123283); Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el décimo sexto tramo de la emisión interna de bonos soberanos aprobada por el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, y sus modifi catorias, destinado a fi nanciar los proyectos de inversión pública mencionados en el considerando precedente a cargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, han opinado favorablemente la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y su modifi catoria, y el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, modifi cado por los Decretos de Urgencia Nºs. 058-2009 y 080-2009; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Autorización del décimo sexto tramo de la emisión interna de bonos soberanos Autorícese el décimo sexto tramo de hasta S/. 12 362 519,11 (DOCE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS DIECINUEVE Y 11/100 NUEVOS SOLES) de la emisión interna de bonos soberanos aprobada en el marco del Decreto de Urgencia Nº 040- 2009, y sus modifi catorias, que puede ser colocado en una o varias fechas, y que se destina a fi nanciar los proyectos de inversión pública a cargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, denominados “Ampliación de la Av. Mariano Cornejo desde la intersección con la Av. Universitaria hasta la Plaza de La Bandera, Provincia de Lima - Lima” (Código SNIP 122867), “Rehabilitación de pistas en las Avs. Garcilazo de la Vega y Tacna, Tramo Pte. Santa Rosa - Av. 28 de Julio - Cercado de Lima” (Código SNIP 94728) y “Reconstrucción de la calle Julio Winder, ex Catalino Miranda, Tramo Av. República de Panamá hasta Av. Lima, Barranco” (Código SNIP 123283). Artículo 2º.- Características generales de la emisión interna de bonos Para los fi nes de la emisión del décimo sexto tramo que se autoriza en el Artículo 1º de esta norma legal, los bonos soberanos contarán con las siguientes características: - Monto máximo a emitir : Hasta S/. 12 362 519,11 - Unidad Responsable : Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público. - Estructurador : Dirección Nacional del Endeudamiento Público. - Moneda : Nuevos Soles. - Negociabilidad de los Bonos : Libremente negociables. - Modalidad de Colocación : A través de subastas. - Plazo de Colocación : En varias fechas, hasta el 31 de diciembre de 2010. - Registro : Los bonos serán registrados mediante anotación en cuenta en CAVALI S.A. ICLV y listados en la Bolsa de Valores de Lima.