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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de diciembre de 2009 407160 Otorgan a persona natural permiso de operación de aviación general - servicio privado/instrucción RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 262-2009-MTC/12 Lima, 22 de octubre del 2009 Vista la solicitud del señor ALAN TROY MANUEL LAGUNA LAGUNA sobre Permiso de Operación de Aviación General – Servicio Privado / Instrucción; CONSIDERANDO: Que, con Documento de Registro Nº 2009-031592 del 17 de setiembre del 2009 el señor ALAN TROY MANUEL LAGUNA LAGUNA solicitó Permiso de Operación de Aviación General – Servicio Privado / Instrucción; Que, según los términos del Memorando Nº 1078-2009- MTC/12, Memorando Nº 3611-2009-MTC/12.04 e Informe Nº 169-2009-MTC/12.07.LIC; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido el recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación de los principios de celeridad y simplifi cación administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los helipuertos, aeropuertos y/o aeródromos privados podrán ser utilizadas previa autorización de sus respectivos propietarios; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar al señor ALAN TROY MANUEL LAGUNA LAGUNA, Permiso de Operación de Aviación General – Privado / Instrucción por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, de acuerdo al siguiente detalle: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación General – Servicio Privado / Instrucción. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Cessna 152 ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTO: AMAZONAS - Chachapoyas, Ciro Alegría, Galilea, Nuevo El Valor, Rodríguez de Mendoza. DEPARTAMENTO: ANCASH - Chimbote, Huascarán. DEPARTAMENTO: APURÍMAC - Andahuaylas DEPARTAMENTO: AREQUIPA - Arequipa, Atico, Chivay, Mollendo, Orcopampa. DEPARTAMENTO: AYACUCHO - Ayacucho, Palmapampa, Vilcashuaman. DEPARTAMENTO: CAJAMARCA - Cajamarca, Jaén, Santa Cruz. DEPARTAMENTO: CUSCO - Cusco, Kiteni, Kiriguetti, Las Malvinas, Miaria, Nuevo Mundo, Patria, Taini, Tangoshiari, Timpia, Yauri. DEPARTAMENTO: HUÁNUCO - Huánuco, Pueblo Libre de Codo, Tingo María. DEPARTAMENTO: ICA - Las Dunas, Nasca, Pisco. DEPARTAMENTOS: JUNÍN - Cutivereni, Jauja, Los Misioneros, Mazamari / Manuel Prado, Puerto Ocopa, Uchubamba. DEPARTAMENTO: LA LIBERTAD - Chagual / Don Lucho, Chao, Gochapita, Huamachuco, Pata de Gallo, Pías, Trujillo, Urpay. DEPARTAMENTO: LAMBAYEQUE - Chiclayo DEPARTAMENTO: LIMA - CALLAO - Jorge Chávez, Lib Metropolitano, Profesional Air – Chilca. DEPARTAMENTO: LORETO - Andoas, Bellavista, Buncuyo, Caballococha, Colonia Angamos, Contamana, El Estrecho, Iquitos, Orellana, Pampa Hermosa, Requena, San Lorenzo, Shanusi, Trompeteros, Teniente Bergeri, Yurimaguas. DEPARTAMENTO: MADRE DE DIOS - Iñapari, Manu, Puerto Maldonado, Río Los Amigos. DEPARTAMENTO: MOQUEGUA - Campamento Ilo, Cuajone / Botifl aca, Ilo. DEPARTAMENTO: PASCO - Ciudad Constitución, Delfín del Pozuzo, Iscozacin, Vicco. DEPARTAMENTO: PIURA - Huancabamba, Piura, Talara. DEPARTAMENTO: PUNO - Juliaca, San Rafael. DEPARTAMENTO: SAN MARTÍN - Juanjuí, Moyobamba, Palmas del Espino, Rioja, Saposoa, Tarapoto, Tocache. DEPARTAMENTO: TACNA - Tacna, Toquepala. DEPARTAMENTO: TUMBES - Tumbes. DEPARTAMENTO: UCAYALI - Atalaya, Breu, Chicosa, Culina, Oventeni, Paititi, Pucallpa, San Marcos, Sepahua. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Pisco. SUB-BASE DE OPERACIONES: - Aeródromo de Lib Metropolitano. Artículo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la Compañía ALAN TROY MANUEL LAGUNA LAGUNA deben estar provistas de sus correspondientes Certifi cados de Matrícula vigentes, expedidos -de ser el caso- por el Registro Público de Aeronaves de la Ofi cina Registral de Lima y Callao; de sus Certifi cados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, de la Póliza o Certifi cado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aérea. Artículo 3°.- El señor ALAN TROY MANUEL LAGUNA LAGUNA requiere para realizar sus actividades aéreas la correspondiente Conformidad de Operación, así como las Especifi caciones Técnicas de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a