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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (02/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 66

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de diciembre de 2009 407156 Renuevan autorización otorgada a la Empresa de Radiodifusión Tropicana S.R.Ltda. para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media en la ciudad del Cusco RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 582-2009-MTC/03 Lima, 18 de noviembre de 2009 VISTA, la solicitud de registro Nº 2007-001501, presentada por la EMPRESA DE RADIODIFUSIÓN TROPICANA S.R.LTDA., sobre renovación de su autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM) en la ciudad del Cusco; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Viceministerial Nº 436-2001- MTC/15.03, de fecha 03 de julio del 2001, se concedió autorización por el plazo de diez (10) años, a la EMPRESA DE RADIODIFUSIÓN TROPICANA S.R.LTDA. para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM) en la ciudad del Cusco. Dicho plazo de vigencia, según el artículo 2º de la citada Resolución, vencía el 20 de febrero del 2007; Que, con Resolución Viceministerial Nº 233-2005- MTC/03, ratifi cada por Resolución Viceministerial Nº 746- 2008-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de Onda Media (OM) para las distintas localidades del departamento de Cusco, entre las cuales se encuentra la localidad de Cusco-Anta-Calca-Paruro-Urubamba-Pisac, la cual comprende el distrito y provincia de Cusco, departamento de Cusco; Que, mediante Informe Nº 580-2007-MTC/18.01.2 del 20 de febrero de 2007, la Dirección de Monitoreo e Inspección de Telecomunicaciones de la Dirección General de Control y Supervisión de Telecomunicaciones, dio cuenta de la inspección realizada el 08 de febrero de 2007, a la estación autorizada mediante Resolución Viceministerial Nº 436-2001-MTC/15.03, concluyendo que el resultado de la citada inspección es favorable; Que, se ha verifi cado mediante las Hojas Informativas Nros. 02372-2009-MTC/28, 02373-2009-MTC/28 y 02374- 2009-MTC/28, de fecha 14 de julio de 2009, que doña Blanca Nieves Álvarez Palma, don Gregorio Álvarez Segovia, y la EMPRESA DE RADIODIFUSIÓN TROPICANA S.R.LTDA., respectivamente, no registran deudas por ningún concepto con este Ministerio; Que, las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión se otorgan por el plazo máximo de diez (10) años, renovables por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15º de la Ley de Radio y Televisión concordado con el artículo 67º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; Que, el artículo 68º del citado Reglamento dispone que la solicitud pueda presentarse hasta el día de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorización otorgada; Que, el artículo 69º del antes mencionado Reglamento establece las condiciones a las cuales se sujeta la renovación de las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión; en tanto que el artículo 71º y la Cuarta Disposición Final y Transitoria de dicho cuerpo legal consignan los requisitos necesarios para el otorgamiento de la renovación solicitada; Que, mediante Informe Nº 1622-2009-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones señala que es procedente renovar la autorización otorgada a la EMPRESA DE RADIODIFUSIÓN TROPICANA S.R.LTDA. para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en onda media (OM), para el distrito, provincia y, departamento de Cusco, al haberse verifi cado el cumplimiento de las condiciones y requisitos previstos en los artículos 69º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, demás normas complementarias y conexas, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC/03; Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 436-2001-MTC/15.03 a la EMPRESA DE RADIODIFUSIÓN TROPICANA S.R.LTDA., para que continúe prestando el servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Cusco-Anta-Calca-Paruro-Urubamba-Pisac, departamento de Cusco; Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que se refi ere el artículo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) años, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolución Viceministerial Nº 436- 2001-MTC/15.03, en consecuencia, vencerá el 20 de febrero del 2017. La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procederá a extender la correspondiente Licencia de Operación. Artículo 3º.- La titular de la presente autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modifi cado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fi jados, así como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Artículo 4º.- Dentro de los sesenta (60) días de notifi cada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual, caso contrario, la autorización quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CUBA HIDALGO Viceministro de Comunicaciones 429221-1 Otorgan autorizaciones a personas naturales para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM en las localidades de Yunguyo y Ocobamba RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 583-2009-MTC/03 Lima, 18 de noviembre de 2009 VISTO, el Expediente Nº 2009-008259 presentado por la señora CORINA SIGUAIRO CHINO, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito y provincia de Yunguyo, departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es defi nido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión;