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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (19/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de diciembre de 2009 408275 o) Desarrollar, implementar, revisar y adecuar la política ambiental regional, para guiar la gestión de la calidad ambiental. p) Elaborar el Plan y la agenda ambiental regional, con la participación de instituciones públicas y población organizada. q) Elaborar propuestas para el funcionamiento, aplicación y evaluación de los instrumentos de gestión ambiental y la aplicación de políticas ambientales. r) Apoyar al desarrollo de los sistemas locales de gestión ambiental a cargo de los municipios y otras entidades. s) Facilitar el tratamiento apropiado para la resolución de confl ictos ambientales. t) Brindar apoyo técnico al proceso de implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental, en coordinación con la Comisión Ambiental Regional y el Consejo Nacional de Ambiente (CONAM), como integrante de la Comisión Ambiental Regional de carácter multisectorial, encargada de la coordinación y concertación de la política ambiental regional. u) Aprobar los actos administrativos de su competencia y las delegadas expresamente. v) Propiciar que en los currículos nacionales se incorpore contenidos signifi cativos de la realidad ecológica y del manejo del medio ambiente, respondiendo a las necesidades e intereses de los educandos. w) Participar en la gestión sostenible de los recursos hídricos en el marco de las entidades de cuencas y las políticas de la autoridad nacional de agua. x) Realizar otras funciones asignadas. Artículo Tercero.- MODIFICAR el artículo 110º, del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Madre de Dios con el texto siguiente: Artículo 110º.- Para el logro de sus objetivos la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, tiene la siguiente estructura: - Sub Gerencia de Áreas Naturales Protegidas y Medio Ambiente - Sub Gerencia de Manejo Productivo de Ecosistema Artículo Cuarto.- MODIFICAR el artículo Nº113, del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Madre de Dios, dejándose sin efecto el funcionamiento de la Sub Gerencia de Recursos Naturales y Concesiones Forestales, asumiendo las funciones el Programa Regional de Manejo de Recursos Forestales y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Madre de Dios, consideradas en el artículo Nº 135. Artículo Quinto.- MODIFICAR, el artículo 121 del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Madre de Dios, en lo concerniente a la ejecución de las funciones establecidas en los literales e) y q) de la Dirección Regional de Agricultura con el texto. siguiente Artículo 121º.- Literal e).- Promover y ejecutar proyectos y obras de irrigación, mejoramiento de riego, manejo adecuado y conservación de los recursos hídricos y de suelos. Literal q).- Otras que le asigne el Gerente Regional. Artículo Sexto.- MODIFICAR, el artículo N°128, del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Madre de Dios, con el siguiente texto: Artículo 128º.- El Gobierno Regional de Madre de Dios, para el cumplimiento de sus objetivos, establece como órganos desconcentrados a los siguientes: a) Gerencia Sub Regional de Manu (GSRM), con ámbito en los Distritos de Manu y de Fizcarrald de la Provincia del Manu. b) Gerencia Sub Regional de Tahuamanu (GSRT), con ámbito en la Provincia de Tahuamanu. c) Gerencia Sub Regional de Huepetuhe (DSRH) d) Programa Regional de Manejo de Recursos Forestales y Fauna Silvestre ORGANO DE ASESORAMIENTO - Ofi cina de Planeamiento de Recursos Naturales - Ofi cina de Asesoría Jurídica ORGANO DE APOYO - Ofi cina de Administración ORGANOS DE LINEA - Dirección de Recursos Naturales - Dirección de Asuntos Ambientales Artículo Sétimo.- CREAR, en el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Madre de Dios, el Programa Regional de Manejo de Recursos Forestales y de Fauna Silvestre de Madre de Dios que tiene como instancia superior a un Director Ejecutivo Regional, es designado por el Presidente Regional de Madre de Dios. Los Órganos de Asesoramiento, y Apoyo los órganos de línea son las Ofi cinas de Planeamiento de Recursos Naturales, Asesoría Jurídica, Administración, las Direcciones de Recursos Naturales y la de Asuntos Ambientales que serán designados a propuesta del Director Ejecutivo Regional, por el Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios Son funciones y atribuciones del Programa Regional de Manejo de Recursos Forestales y de Fauna Silvestre: a) Proponer políticas, normas, planes, programas, estrategias y proyectos, para la administración, control, gestión, conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre y de la diversidad biológica asociada en el ámbito del Gobierno Regional de Madre de Dios, en concordancia con las políticas nacionales y evaluando su cumplimiento. b) Concertar con los agentes productivos y promover la inversión privada en el aprovechamiento y manejo sostenible así como conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre. c) Establecer alianzas estratégicas con el sector público y privado para el logro de sus objetivos. d) Realizar el seguimiento y evaluación de las actividades de administración, control y vigilancia forestal y de fauna silvestre a nivel regional para su conservación y aprovechamiento sostenible. e) Conducir el sistema regional de información y control forestal y de fauna silvestre. f) Proponer y formular los lineamientos para el otorgamiento de autorizaciones, concesiones y permisos de aprovechamiento forestal y de fauna silvestre, en áreas al interior de la región, así como la promoción y fi scalización en estricto cumplimiento de la política de recursos naturales nacionales. g) Desarrollar y promover la investigación sobre conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y difundir los resultados h) Establecer los lineamientos para el ordenamiento del patrimonio forestal regional y actualizar los registros e inventarios forestales y de fauna silvestre. i) Elaborar y proponer las listas de clasifi cación de especies de fl ora y fauna silvestre y ecosistemas frágiles amenazadas en el ámbito regional. j) Cumplir las funciones que le disponga el Gerente General Regional y las demás que le corresponda por disposición legal expresa. Artículo Octavo.- INCLUIR, en el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Madre de Dios, los artículos 135, 136, 137 y 138, que defi ne los objetivos y las funciones del Programa Regional de Manejo de Recursos de Forestales y de Fauna Silvestre. Artículo Noveno.- ENCARGAR.- a la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática para que proceda con las acciones administrativas subsiguientes, a efectos de dar cumplimiento a la presente ordenanza. Artículo Décimo.- Encargar a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano , y en el portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios