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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 29 de diciembre de 2009 409079 4.2.2.- SORTEO DE LOS PREMIOS CONSUELO ENTRE LOS “CONTRIBUYENTES HABILES ASISTENTES”. a) Los Contribuyentes hábiles que asistan al sorteo se apersonarán a las terminales informáticas especialmente implementadas para registrar su asistencia, en ese preciso instante se verifi cará que el Asistente al registrarse sea un “Contribuyente hábil”, procediéndose a generarle su cupón para participar en el sorteo, el original ingresará al Ánfora y la copia se le entregará al contribuyente, el Registro de “Contribuyentes Hábiles Asistentes” se iniciará una hora antes del sorteo y cerrará, al inicio del sorteo. b) Se utilizará un ánfora donde se depositarán los Cupones de los “Contribuyentes Hábiles Asistentes” para Participar en el Sorteo, el Cupón contendrá los números de código de contribuyente, nombre, y Dirección del Predio Declarado en Carabayllo, c) Se procederá al respectivo movimiento del ánfora, para luego extraer el número ganador, en primer lugar para sortear la refrigeradora y luego la cocina, este proceso será en todo momento público y mostrado a los concurrentes, paso por paso. d) Completado este primer proceso, se indagará a través del sistema informático el nombre y datos complementarios del contribuyente ganador. e) Se llamará a los ganadores y se efectuará la entrega de en el mismo acto. f) El Notario Público dará fe del número de código de contribuyente que salga sorteado, de la entrega del premio, a fi n de que se cumpla con el protocolo que norma el sorteo. V.- DE LOS GANADORES Y ENTREGA DE PREMIOS Los que resulten ganadores, en caso de ser personas naturales, deben de acreditar su identidad mediante Documento Nacional de Identidad. Para las personas jurídicas, poder debidamente inscrito en los Registros Públicos y copia del RUC. La entrega es personal, previa verifi cación del código de contribuyente, pudiendo ser ésta realizada durante el sorteo, de encontrarse presente el ganador, contando con la conformidad del Notario y del representante del Ministerio del Interior. De no encontrarse presente el ganador, la entrega se notifi cará en el domicilio fi scal del contribuyente cuyo código corresponda al número ganador. Los así notifi cados deberán presentarse personalmente ante la Gerencia de Rentas de lunes a viernes en horario de ofi cina, la cual gestionará el retiro del Almacén el premio a entregar, mediante la Firma del acta correspondiente con la suscripción y asentamiento de huella digital del índice derecho del favorecido y suscripción de guía de entrega de premio con la presentación de los documentos que lo acrediten. La entrega del premio principal se realizará en acto Público con la Presencia de Notario Público. Los Premios Consuelo deberán de entregarse el mismo Día del Sorteo ante la Presencia del Notario Público. VI.- CASOS ESPECIALES EN LA ENTREGA DEL PREMIO En caso que el contribuyente, cuyo código corresponda al número ganador, hubiere fallecido, podrán solicitar la entrega del premio, quienes acrediten ser herederos mediante Sucesión Intestada o Declaratoria de Herederos. Adicionalmente, en estos casos, previo a la entrega del premio, los herederos con anterioridad al sorteo deberán haber regularizado la condición de propiedad y situación tributaria, mediante el procedimiento correspondiente ante la Subgerencia de Administración Tributaria. En caso de que el ganador se encontrase impedido de asistir personalmente a recoger el premio obtenido, podrá efectuarlo a través de un tercero debidamente premunido de la autorización correspondiente, mediante poder notarial la persona autorizada se apersonará portando el poder descrito y original de su Documento Nacional de Identidad. Cualquier circunstancia no contemplada en estas bases, será resuelta por la Gerencia Municipal, sin que su decisión sea objeto de queja o impugnación. VII.- PLAZO PARA RECOGER EL PREMIO Los ganadores del sorteo podrán recoger los premios hasta el 31 de Enero del 2010. Dicho plazo es improrrogable. VIII.- DESTINO DEL PREMIO NO RECOGIDO. En caso que el ganador debidamente notifi cado, no haya reclamado y/o recogido el premio dentro del plazo descrito precedentemente, el mismo pasará a constituir patrimonio de la Municipalidad de Carabayllo. IX.- PUBLICACION DE GANADOR DEL SORTEO La publicación del contribuyente ganador del premio sorteado, será al día hábil siguiente del evento y, será a través de los siguientes medios: - Publicación en las sedes de la Municipalidad de Carabayllo. - Publicación en la Página Web de la Municipalidad de Carabayllo. - Publicación en un diario de circulación nacional. X.- NO PARTICIPAN DEL SORTEO No podrán participar del sorteo, el Alcalde, los Regidores, y Los Funcionarios de la Municipalidad en cualquiera de sus modalidades, ni los contribuyentes que ya hayan ganado algún premio en algún sorteo anterior. 439985-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban ratificación de la Ordenanza Nº 002-2009-MDCLR que mantiene para el ejercicio 2010 el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales del distrito de Carmen de La Legua - Reynoso ACUERDO Nº 000311 Callao, 16 de diciembre de 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto en Sesión Ordinaria celebrada el 16 de Diciembre de 2009, con el voto UNANIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y su Reglamento de Organización Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 40 señala que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades