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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (29/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 29 de diciembre de 2009 409066 46.1º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas; asimismo recomienda se apruebe una Directiva que regule el trámite interno a seguirse para la inscripción de las cargas legales ambientales de naturaleza particular en la SUNARP; Que, de conformidad con los incisos a) y d) del artículo 23º del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP a la que refi ere el sétimo considerando, son funciones de la Dirección de Gestión de Áreas Naturales Protegidas formular y proponer políticas y lineamientos para una gestión sostenible y efi ciente de las Áreas Naturales Protegidas así como facilitar la gestión de las Jefaturas de las mismas; Que, atendiendo a las necesidades de la gestión institucional, resulta conveniente delegar en la Dirección de Gestión de Áreas Naturales Protegidas la facultad de aprobar una Directiva que regule el procedimiento interno para tramitar las inscripciones de las cargas legales ambientales en las Ofi cinas de las Zonas Registrales de la SUNARP a nivel nacional; De conformidad con las atribuciones conferidas en el artículo 11º, literal b), del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Precisar que las limitaciones al derecho de propiedad de los predios ubicados al interior de las Área Naturales Protegidas establecidas por la Ley de Áreas Naturales Protegidas, su Reglamento y otras de carácter público, no requieren de su inscripción en los Registros Públicos para su oponibilidad a terceros. Artículo 2º.- Establecer que las limitaciones al ejercicio de la propiedad y demás derechos reales en los predios ubicados al interior de las Áreas Naturales Protegidas, deberán ser inscritas en los Registros Públicos, siempre y cuando el dispositivo legal que las establece lo ordene expresamente. Artículo 3º.- Delegar en el Director de Gestión de Áreas Naturales Protegidas la aprobación de la Directiva que regule el procedimiento interno para tramitar las inscripciones de las cargas legales ambientales en las Ofi cinas de las Zonas Registrales de la SUNARP a nivel nacional. Artículo 4º.- Derogar la Resolución Jefatural Nº 101-2008-INRENA y las demás normas legales que se opongan a la presente. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALFARO LOZANO Jefe 439633-2 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Jueza Supernumeraria del Sexto Juzgado Laboral de Lima Corte Superior de Justicia de Lima Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 872 - 2009- P- CSJLI/PJ Lima, 28 de diciembre del 2009 VISTO y CONSIDERANDO: Que, resulta pertinente precisar que la novísima Ley de la Carrera Judicial, en su artículo sesenta y cinco, defi ne y clasifi ca la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es así que el inciso tercero del citado artículo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que “(…no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al artículo doscientos treinta y nueve de la Ley Orgánica del Poder Judicial…)”. Que, bajo este contexto, de conformidad con la norma antes referida, se desprende que en adelante se denominará como Jueces Supernumerarios, a los magistrados que antes eran nombrados Jueces Suplentes, por cuanto la nomenclatura y las características de los antes denominados Jueces Titulares y Provisionales, aún se mantiene en la “Ley de la Carrera Judicial”. Que, no obstante ello, la norma antes acotada, establece ciertos requisitos para el nombramiento de los Jueces Supernumerarios; sin embargo, debido a lo reciente del citado cuerpo normativo, tales requerimientos formales se encontrarían en implementación por parte de los entes encargados de ello; razón por la cual, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, ante la necesidad de cubrir plazas vacantes en los distintos órganos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, se ve en la necesidad de nombrar Jueces Supernumerarios de reconocida idoneidad y probidad para ejercer el cargo como magistrado, con la fi nalidad de brindar un adecuado servicio de justicia a la comunidad y no permitir que se vea afectada la gran expectativa de los justiciables respecto a la pronta solución de sus confl ictos judicializados, debido a falencias de orden meramente formal. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero: DESIGNAR a la doctora MARLENY CRUZ COBEÑAS, como Juez Supernumeraria del Sexto Juzgado Laboral de Lima, a partir del 29 de diciembre del presente año; dándosele las gracias a la doctora Alicia Rodríguez Berrocal por los servicios prestados como magistrada en la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Segundo: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 439699-1