Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2009 (12/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, lunes 12 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, para los efectos de administrar, sistematizar y archivar las Declaraciones Juradas de Ingresos Bienes y Rentas, la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, ha puesto en funcionamiento desde enero de 2008, el Sistema Informatico de Control Judicial, moderna herramienta digital destinada a procesar toda la informacion vinculada a las Declaraciones Juradas de Ingresos Bienes y Rentas de los magistrados de toda la Republica; Este Sistema permite contar con un Registro Informatico virtual de Declaraciones Juradas de los magistrados de forma actualizada y oportuna, informacion que permitira coadyuvar a las labores contraloras de este Poder del Estado, asi como facilitar el registro, consulta y MORDAZA de las mismas, considerando todas las seguridades informaticas para la confidencialidad de esta informacion; Que, conforme lo establece el articulo 4° de la Ley N° 27482 "Ley que regula la MORDAZA de las Declaraciones Juradas de Ingresos, Bienes y Rentas de los Funcionarios y Servidores Publicos del Estado", y su Reglamento el Decreto Supremo N° 080-2001-PCM, al inicio de cada ano los funcionarios publicos deberan presentar sus Declaraciones Juradas de Ingresos Bienes y Rentas, disposicion que es aplicable a los magistrados del Poder Judicial de todo el pais; en tal sentido, siendo atribucion de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, recepcionar, registrar, archivar y remitir a la Contraloria General de la Republica las Declaraciones Juradas de Ingresos Bienes y Rentas, presentadas por los senores magistrados de este Poder del Estado, es necesario dictar las pautas que faciliten el cumplimiento de esta obligacion a traves de su MORDAZA, haciendo uso del Sistema Informatico que la OCMA ofrece; Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en su sesion del 04 de enero de 2008, ha otorgado su conformidad al Sistema Informatico de Control Judicial, por tanto, es este el unico medio de MORDAZA de las Declaraciones Juradas de Ingresos Bienes y Rentas que utilizaran los magistrados del Poder Judicial, para lo cual, cada magistrado cuenta con una clave de acceso y contrasena de usuario para acceder al Sistema; Que, es necesario que la Gerencia de Desarrollo y la Unidad de Sistemas de la OCMA, presten todo su apoyo al MORDAZA de MORDAZA de las Declaraciones Juradas de los senores magistrados absolviendo las dudas y consultas formuladas, asi como brindar las orientaciones necesarias para el cumplimiento de esta obligacion. Por lo que en uso de las facultades conferidas por el articulo 10 numeral a) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ESTABLECER que de conformidad con el articulo 4° de la Ley N° 27482 "Ley que regula la MORDAZA de las Declaraciones Juradas de Ingresos, Bienes y Rentas de los Funcionarios y Servidores Publicos del Estado", y su Reglamento el Decreto Supremo N° 080-2001PCM, y medidas complementarias de la OCMA, anualmente los funcionarios publicos deberan presentar sus Declaraciones Juradas de Ingresos Bienes y Rentas, siendo aplicable esta disposicion a los magistrados del Poder Judicial de todo el MORDAZA durante el mes de enero del ejercicio anual respectivo. Articulo Segundo.- DISPONER que el cumplimiento de esta disposicion debera realizarse a traves del Sistema Informatico de Control Judicial, al cual podran acceder todos los magistrados del Poder Judicial mediante la pagina web de la OCMA, seccion intranet, (www.pj.gob.pe/ocma) con la utilizacion de sus respectivas contrasenas individuales de acceso, que garantizan la confidencialidad de la informacion. Una vez llenados los dos formatos, estos deberan ser enviados de manera electronica por el mismo Sistema Informatico, para posteriormente ser impresos y firmados por el magistrado, remitiendolos a la OCMA en el plazo previsto por ley. Articulo Tercero.- ESTABLECER que de conformidad con el articulo 7.1.2 de la Directiva N° 005-2004-GG-PJ, sobre "Normas de Seguridad de la Informacion Almacenada en los Equipos de Computo del Poder Judicial", aprobada mediante Resolucion Administrativa N° 445-2004-GG-PJ, de fecha 08 de junio de 2004, los datos de usuario y claves de acceso al Sistema Informatico de Control Judicial, son responsabilidad directa y absoluta del magistrado, por lo que toda modificacion o alteracion de la informacion en las Declaraciones Juradas de Ingresos Bienes y Rentas, es responsabilidad absoluta del propietario de la misma. Articulo Cuarto.- ENCARGAR la atencion personalizada a los senores vocales de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para la recepcion de sus Declaraciones Juradas de

Ingresos Bienes y Rentas, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien contara para tal fin, con el apoyo del equipo de trabajo que debera disponer la Gerencia de Desarrollo de la OCMA. Asimismo, se encarga a la Unidad de Sistemas de la OCMA facilitar las claves de acceso al Sistema de Control Judicial a los senores magistrados que no dispongan de esta o que manifiesten problemas en su uso. Articulo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolucion al senor Presidente del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Gerencia de Personal y Escalafon Judicial, Presidencia de las 29 Cortes Superiores del MORDAZA y la Gerencia de Desarrollo de la OCMA, encargando su diligenciamiento a la Gerencia Documentaria de esta Oficina Contralora. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal de la Corte Suprema de Justicia de la Republica Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial

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CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan comision encargada de realizar gestiones para la construccion de ambientes para el desarrollo de la actividad jurisdiccional de los distintos organos jurisdiccionales que concurren diariamente al Establecimiento Penal del Callao
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 016-2009-P-CSJCL/PJ
Callao, 8 de enero del 2009 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTO y CONSIDERANDO: Que, es atribucion del Presidente de Corte Superior de Justicia, dirigir la politica del Poder Judicial en su Distrito Judicial, a tenor de lo establecido en el inciso 3) del Articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Que, a la fecha, los organos jurisdiccionales que realizan diligencias judiciales, audiencias publicas y otras actividades en el Establecimiento Penal MORDAZA Colonia de esta Provincia Constitucional, carecen de condiciones minimas de trabajo, toda vez que existen solo dos MORDAZA de Juzgamiento de condiciones precarias y Despachos de Juzgados de reos en carcel muy reducidos, causando malestar tanto a los senores Magistrados, miembros del Ministerio Publico, Abogados Litigantes, Justiciables y publico en general, sobre todo en temporada de verano. Que, dentro del plan de gobierno trazado por esta Presidencia, esta previsto realizar las gestiones necesarias para la construccion de MORDAZA de Juzgamiento y Despachos Jurisdiccionales adecuados y suficientes que permitan a los senores Magistrados de todas las instancias desarrollar la actividad jurisdiccional en un ambiente que reuna las condiciones minimas de seguridad y comodidad, asi como les permita tomar sus refrigerios cuando trabajan a tiempo completo. Que, como es de conocimiento publico, a dicho Establecimiento Penal concurren diariamente 03 MORDAZA de Reos en Carcel de esta Corte Superior y ocasionalmente concurren MORDAZA Penales de otros Distritos Judiciales como de MORDAZA Metropolitana y MORDAZA Norte, cuyos Magistrados tienen que esperar que se desocupen las 02 unicas MORDAZA que existen a la fecha o improvisar como MORDAZA de Juzgamiento los ambientes de Juzgados Penales que son totalmente inapropiados para las audiencias de procesos penales que deben cumplir con los principios de un debido MORDAZA, como el de publicidad y estar acorde a la dignidad de la persona humana. Que, esta realidad dramatica ha sido soslayada durante mucho tiempo por las autoridades correspondientes, por lo que esta Presidencia considera imperativo realizar todas las acciones

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