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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2009 (12/01/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 12 de enero de 2009 388194 necesarias para lograr la construcción de nuevos locales dentro del mismo establecimiento penal, para lo cual se designará una comisión que se encargue de tan alta responsabilidad. En consecuencia, en uso de las facultades conferidas a los Presidentes de Corte en el inciso 3) y 9) del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y el Artículo 1° de la Constitución Política del Estado. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR la comisión de magistrados y personal administrativo que se encargará de realizar las gestiones para la construcción de Salas de Juzgamiento, Despachos Judiciales y otros ambientes para el adecuado desarrollo de la actividad jurisdiccional de los distintos órganos jurisdiccionales que concurren diariamente al Establecimiento Penal del Callao, que estará integrada por: - Sr. Dr. César José Hinostroza Pariachi, Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, quien la presidirá. - Sr. Dr. Miguel Fernández Torres, Vocal Provisional Penal, quien la integrará. - Sr. Dr. Ricardo Rodolfo Pastor Arce, Juez Penal Titular, quien la integrará. - Sr. Lic. Félix Candela Bartola, Administrador de la Corte Superior del Callao. - Sr. Lic. Daniel Vega Farias, Responsable de la Ofi cina Distrital de Imagen Institucional de la Corte Superior de Justicia del Callao. Artículo Tercero.- PÓNGASE la presente Resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Inspectoría General del Poder Judicial, de los Magistrados designados, de la Ofi cina de Administración Distrital y de la Ofi cina Distrital de Imagen Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CÉSAR HINOSTROZA PARIACHI Presidente 299291-1 ORGANOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Dan por concluido proceso liquidatorio de Orión Corporación de Crédito Banco en Liquidación y declaran extinción de la personería jurídica de la sociedad RESOLUCIÓN SBS Nº 14141-2008 Lima, 30 de diciembre de 2008 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTOS: Los Informes Nºs. 003-2005, 36-2007 y 136-2008- DACEL de fechas 24 de enero de 2005, 06 de julio de 2007 y 10 de diciembre de 2008, respectivamente, emitidos por el Departamento de Administración de Carteras y Empresas en Liquidación; así como el Informe Final de Cierre y el Informe Complementario de Cierre de Orión Corporación de Crédito Banco en Liquidación, en adelante Orión Banco (L), que concluyen que el proceso liquidatorio de esta institución bancaria se encuentra en condiciones de darse por culminado; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 392-2000 de fecha 06 de junio de 2000, se declaró la disolución de Orión Corporación de Crédito Banco, para la liquidación defi nitiva de sus bienes y negocios; Que, el Balance General inicial del proceso liquidatorio de Orión Banco (L), elaborado al 30 de junio de 2000, registraba Activos por S/. 2 229 mil (dos millones doscientos veintinueve mil Nuevos Soles), Pasivos por S/. 116 411 mil (ciento dieciséis millones cuatrocientos once mil Nuevos Soles), en consecuencia, un Patrimonio negativo de S/. 114 182 mil (ciento catorce millones ciento ochenta y dos mil Nuevos Soles); Que, el mismo día que se declaró el estado de disolución de la empresa y se inició el proceso liquidatorio de Orión Banco (L), de acuerdo con lo establecido en el numeral 3 del artículo 107° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, en adelante Ley General, la Superintendencia mediante Resolución SBS N° 393-2000 procedió a transferir a título oneroso, por la suma de US$ 56 100 mil (cincuenta y seis millones cien mil Dólares Americanos), los activos de Orión Banco (L), a favor de una empresa del sistema fi nanciero, que comprendió bienes muebles, inmuebles, derechos de crédito, incluyendo activos intangibles, tales como derechos de Software, derechos de publicidad, entre otros; Que, los ingresos obtenidos durante el proceso liquidatorio de Orión Banco (L), ascendentes a S/. 2 963 mil (dos millones novecientos sesenta y tres mil Nuevos Soles), así como los recursos obtenidos de la venta de activos comentados en el considerando anterior y los provenientes del Fondo de Seguro de Depósitos, en cumplimiento del artículo 152° de la Ley General, ascendentes a US$ 17 123 mil (diecisiete millones ciento veintitrés mil Dólares Americanos), le permitió pagar los créditos reconocidos por concepto de capital del orden de prelación “A” y, parcialmente, el orden de prelación “B”, dispuesto por el artículo 117° de la misma norma, incluyendo una porción de las acreencias correspondientes al Fondo de Seguro de Depósitos y al Ex Fideicomiso de Garantía creado por el Decreto de Urgencia Nº 0056-99; Que, los últimos activos de Orión Banco (L), conformados al 31 de diciembre de 2003 por 343 (trescientos cuarenta y tres) créditos, fueron vendidos a Servicios, Cobranzas e Inversiones – SCI S.A.C., a través del Contrato de Transferencia de Cartera suscrito el 07 de mayo de 2004; conjuntamente con 16,940 (dieciséis mil novecientos cuarenta) créditos castigados durante el proceso liquidatorio, más un número indeterminado de créditos castigados antes del inicio de éste que no fi guraban en los estados fi nancieros de Orión Banco (L), por el precio de US$ 250 314,00 (doscientos cincuenta mil trescientos catorce y 00/100 Dólares Americanos); Que, los depósitos no reclamados por sus titulares, a pesar de reiteradas convocatorias en diarios de mayor circulación, con fecha 28 de octubre de 2004, han sido consignados en el Banco Wiese Sudameris (hoy Scotiabank Perú S.A.A.) a favor de 1,873 (mil ochocientos setenta y tres) cuentas de ahorro en moneda nacional por S/. 77 485,50 (setenta y siete mil cuatrocientos ochenta y cinco y 50/100 Nuevos Soles), y a favor de 5,276 (cinco mil doscientos setenta y seis) cuentas de ahorro en moneda extranjera por el importe de US$ 49 703,94 (cuarenta y nueve mil setecientos tres y 94/100 Dólares Americanos); Que, en el Balance General de Cierre al 10 de diciembre de 2004, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 17 de diciembre de 2004, Orión Banco (L) no registra activos, ni contingencias, pero sí un pasivo por S/. 148 700 mil (ciento cuarenta y ocho millones setecientos mil Nuevos Soles), por lo que las obligaciones contenidas en los rubros, Depósitos (S/. 71 696 mil – setenta y un millones seiscientos noventa y seis mil Nuevos Soles), Adeudados a Bancos y Otras Instituciones Financieras (S/. 17 788 mil – diecisiete millones setecientos ochenta y ocho mil Nuevos Soles), Otros Pasivos (S/. 6 666 mil – seis millones seiscientos sesenta y seis mil Nuevos Soles), no podrán ser honradas por agotamiento de activos; Que, a la fecha, existen 02 (dos) procesos judiciales laborales en giro iniciados contra Orión Banco (L) en etapa de ejecución. Asimismo, existen 03 (tres) procesos penales en curso, y 02 (dos) iniciados por el Banco y el otro en contra de ex funcionarios de Orión Banco (L). En lo que respecta a los procesos laborales, Orión Banco (L) ha cumplido con notifi car a los Juzgados correspondientes la imposibilidad de honrar el mandato judicial de pago, en vista de no contar con activos. De igual manera, ha presentado sendos escritos a los Juzgados y Fiscalías provinciales, informándoles de la situación inminente de cierre defi nitivo del proceso liquidatorio de Orión Banco (L), por lo que se considera que la situación descrita precedentemente, no impide que esta Superintendencia dé por culminado el proceso liquidatorio de Orión Banco (L); Que, en la última etapa del proceso liquidatorio de Orión Banco (L), el Liquidador tomó conocimiento que la empresa VEO