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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de enero de 2009 388287 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Ofi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Ofi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justifi car y, si se agregasen gráfi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL Proponer y participar en programas de cooperación nacional e internacional para el desarrollo de estudios y proyectos sobre sistemas de riego y drenaje. Coordinar, promover y participar en los programas de cooperación nacional e internacional para el desarrollo de estudios y proyectos en las fuentes naturales de agua y en la infraestructura hidráulica mayor pública de carácter transfronterizo, regional y multisectorial. Promover el perfeccionamiento de procesos técnicos que garanticen la conservación y el aprovechamiento de los recursos hídricos en las actividades agrícolas. Promover el perfeccionamiento de procesos técnicos que garanticen la conservación y el aprovechamiento de los recursos hídricos. Apoyar en el seguimiento y monitoreo de las acciones que ejecutan diversos programas y proyectos sectoriales e intersectoriales en el ámbito de su competencia, relativos a la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos en actividades agrícolas. Supervisar y evaluar las acciones que ejecutan diversos programas y proyectos sectoriales e intersectoriales, relativos a la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos. Promover y participar en acciones de capacitación en materia de gestión del agua por cuencas hidrográfi cas en el ámbito de su competencia. Conducir la ejecución de acciones de promoción de políticas y de capacitación en materia de gestión del agua por cuencas hidrográfi cas. Apoyar en el seguimiento y monitoreo de las acciones de los usuarios de agua con fi nes agrícolas en el aprovechamiento del recurso hídrico y sus efectos en la cuenca hidrográfi ca. Supervisar y evaluar las acciones de los usuarios de agua en el aprovechamiento del recurso hídrico y sus efectos en la cuenca hidrográfi ca. Apoyar en las acciones de seguimiento y monitoreo del uso y aprovechamiento del agua de riego y el otorgamiento de derechos de uso. Apoyar en las acciones de seguimiento y monitoreo de la participación de los usuarios de agua de riego y sus organizaciones. Supervisar, promover y evaluar el uso y aprovechamiento del agua de riego, el otorgamiento de derechos y la participación de las organizaciones de usuarios. Apoyar en el seguimiento y monitoreo de las acciones de operación y mantenimiento de la infraestructura hidráulica y gestión de los sistemas de riego y drenaje. Supervisar, promover y evaluar la operación y mantenimiento de los sistemas de riego y drenaje. Participar y apoyar en la asistencia técnica a los usuarios y sus organizaciones en la gestión del uso y aprovechamiento sostenible del agua y la operación y mantenimiento de los sistemas de riego y drenaje. Brindar asistencia técnica a las entidades sectoriales, reguladoras y operadoras en la gestión del agua, así como a las organizaciones de usuarios en la operación y mantenimiento de los sistemas de riego y drenaje. Función Específi ca l) del artículo 51° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales: Fomentar sistemas de protección de biodiversidad y germoplasma. FACULTADES Recibidas por el Gobierno Regional Retenidas por el Ministerio de Agricultura Formular y proponer planes, programas y proyectos relacionados a la conservación y aprovechamiento sostenible de los componentes terrestres de la diversidad biológica silvestre, de los recursos genéticos contenidos en ella y del conocimiento tradicional asociado a su uso, en el ámbito regional, en concordancia con la normatividad y la política nacional sobre diversidad biológica. Formular, proponer y conducir la política, normas, estrategias, planes y programas a nivel nacional para la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre y de los recursos genéticos contenidos en ellos. Apoyar, promover y desarrollar acciones que coadyuven al cumplimiento de la normatividad nacional relacionada a la conservación y manejo sostenible de los componentes terrestres de la diversidad biológica silvestre. Establecer sobre la base del ordenamiento territorial regional proyectos de inversión en manejo de los componentes de la diversidad biológica silvestre para su utilización sostenible.