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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de enero de 2009 388289 Función Específi ca m) del artículo 51º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales: Fomentar la investigación y transferencia de tecnológica y extensión agropecuaria. FACULTADES Recibidas por el Gobierno Regional Retenidas por el Ministerio de Agricultura Ejecutar las acciones de zonifi cación de cultivos, crianzas y sistemas agroforestales a nivel regional en concordancia con la política de zonifi cación a nivel nacional. Formular las políticas e implementar las acciones de zonifi cación de cultivos, crianzas y sistemas agroforestales a nivel nacional, en coordinación con las organizaciones del sector público y privado, para orientar los planes de acondicionamiento territorial y desarrollar la investigación agraria y agroindustrial. Promover las acciones en materia de investigación agropecuaria a nivel regional, orientadas al fortalecimiento del Sistema Nacional de Desarrollo Tecnológico Agrario. Conducir las acciones orientadas a la implementación del Sistema Nacional de Desarrollo Tecnológico Agrario, para impulsar articuladamente la investigación agraria y agroindustrial, con la participación de los organismos públicos y privados, nacionales e internacionales. Ejecutar acciones orientadas a fomentar la investigación agropecuaria, a nivel regional, en coordinación con las instituciones públicas y privadas dentro del ámbito de su competencia. Conducir y orientar las acciones de investigación agraria y agroindustrial a nivel nacional en coordinación con los gobiernos regionales. Proponer la política agraria a nivel regional en materia de transferencia de tecnología, asistencia técnica y extensión agropecuaria, en armonía con la política agraria sobre la materia. Diseñar y proponer la política agraria a nivel nacional en materia de transferencia de tecnología y extensión agraria. Ejecutar acciones orientadas a fomentar la captación de recursos provenientes de la cooperación técnica y fi nanciera nacional e internacional, para apoyar la investigación agropecuaria, a nivel regional, en armonía con la política nacional sobre la materia. Formular e implementar la política, mecanismos y procedimientos para captar, orientar y aprobar los recursos provenientes de la cooperación técnica y fi nanciera nacional e internacional, para la investigación agraria y agroindustrial a nivel nacional. Efectuar el seguimiento y supervisión de las acciones ejecutadas con recursos provenientes de la cooperación técnica y fi nanciera nacional e internacional en el ámbito de su competencia, las que se sujetarán a los lineamientos de la política nacional sobre la materia. Efectuar el seguimiento y evaluación a nivel nacional, del uso de los recursos provenientes de la cooperación técnica y fi nanciera nacional e internacional orientados a la investigación agraria y agroindustrial. Ejecutar la política regional de asistencia técnica y extensión agropecuaria; así como apoyar la transferencia de tecnología a través de convenios sobre la materia en armonía con la política agraria sobre la materia. Implementar la política agraria a nivel nacional, en materia de transferencia de tecnología y apoyo a la extensión agraria, a través de las Estaciones Experimentales Agrarias localizadas en las zonas agroecológicas del país. Efectuar el seguimiento y supervisión de las acciones y actividades de asistencia técnica y extensión agropecuaria y de transferencia de tecnología en el ámbito de su competencia. Efectuar el seguimiento y evaluación a nivel nacional en materia de transferencia de tecnología y extensión agraria, utilizando un sistema de información articulado con las Estaciones Experimentales Agrarias. Ejecutar acciones de extensión agropecuaria, asistencia técnica, y de apoyo a la transferencia de tecnología agropecuaria en armonía con la política nacional sobre la materia. Conducir las acciones orientadas a la implementación del Sistema Nacional de Transferencia de Tecnología y Apoyo a la Extensión Agraria y Agroindustrial en coordinación con los organismos públicos y privados, nacionales e internacionales. Ejecutar acciones orientadas a fomentar la transferencia de tecnología y extensión agropecuaria a nivel regional, en coordinación con las instituciones públicas y privadas dentro del ámbito de su competencia. Conducir las acciones de transferencia de tecnología y apoyo a la extensión agraria y agroindustrial, a nivel regional, en coordinación con los gobiernos regionales. Ejecutar acciones para orientar los recursos provenientes de la cooperación técnica y fi nanciera nacional e internacional, conducentes al fomento y desarrollo de acciones de apoyo a la transferencia de tecnología y extensión agropecuaria en armonía con la política nacional sobre la materia. Diseñar y proponer políticas, mecanismos y procedimientos para captar y orientar los recursos provenientes de la cooperación técnica y fi nanciera nacional e internacional, para complementar el fi nanciamiento de las acciones de transferencia de tecnología y apoyo a la extensión agraria y agroindustrial. Función Específi ca b) del artículo 51° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales: Administrar y supervisar la gestión de actividades y servicios agropecuarios, en armonía con la política y normas de los sectores correspondientes y las potencialidades regionales. FACULTADES Recibidas por el Gobierno Regional Retenidas por el Ministerio de Agricultura Implementar el Sistema de Seguimiento Regional para la ejecución de la red de enlace entre los agentes económicos, proveedores de servicios y productores organizados que participan en las cadenas productivas de su jurisdicción, en concordancia con la política nacional. Formular y aprobar los lineamientos para el establecimiento del Sistema Nacional de Seguimiento de redes de enlace y concertación, entre los agentes económicos, proveedores de servicios y productores organizados que participan en las cadenas productivas. Establecer la red de enlace y concertación entre los agentes económicos regionales, proveedores de servicios y los productores organizados que participan en las cadenas productivas de los principales cultivos y crianzas. Función específi ca f) del artículo 51º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales: Promover y ejecutar proyectos y obras de irrigación, mejoramiento de riego, manejo adecuado y conservación de los recursos hídricos y de suelos. FACULTADES Recibidas por el Gobierno Regional Retenidas por el Ministerio de Agricultura Función Específi ca k) del artículo 51º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales: Promover y prestar servicios de asistencia técnica en sanidad agropecuaria, de acuerdo a las políticas y programas establecidos por la Autoridad Nacional de Sanidad Agraria. FACULTADES Recibidas por el Gobierno Regional Retenidas por el Ministerio de Agricultura Implementar la política regional de asistencia técnica en manejo integrado de plagas en cultivos priorizados de ámbito regional. Diseñar políticas y programas de asistencia técnica en manejo integrado de plagas que determine la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria. Proponer y formular los planes, programas y proyectos de asistencia técnica en manejo integrado de plagas que determine la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria. Promover, formular y aprobar planes, programas y proyectos de asistencia técnica en manejo integrado de plagas. Incluir programas de manejo integrado de plagas en los planes operativos anuales a nivel regional. Promover la sostenibilidad de planes, programas y proyectos de asistencia técnica mediante el desarrollo de capacidad durante y después proceso de transferencia. Prestar servicios de asistencia técnica en manejo integrado de plagas que determine la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria. Efectuar el seguimiento, evaluación y monitoreo de las actividad de manejo integrado de plagas. Efectuar el seguimiento a nivel regional de plagas a ser reportadas para su identifi cación por la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria. Evaluación de los reportes técnicos regionales sobre identifi cación de plagas. Mantener la confi dencialidad e informar a la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria de las plagas reportadas como nuevas y/o registradas como cuarentenadas de ámbito regional. Establecer las medidas fi tosanitarias para plagas reportadas como nuevas y/o registradas como cuarentenadas. Implementar la política regional de asistencia técnica en prevención y control de enfermedades en crianzas priorizadas de ámbito regional. Diseñar políticas y programas de asistencia técnica en prevención y control de enfermedades que determine la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria. Proponer y formular los planes, programas y proyectos de asistencia técnica en enfermedades que determine la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria. Promover, formular y aprobar planes, programas y proyectos de asistencia técnica en enfermedades. Incluir programas de prevención y control de enfermedades parasitarias en los planes operativos anuales a nivel regional. Promover la sostenibilidad de planes, programas y proyectos de asistencia técnica mediante el desarrollo de capacidades durante y después del proceso de transferencia. Prestar servicios de asistencia técnica en prevención y control de enfermedades que determine la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria. Efectuar el seguimiento, evaluación y monitoreo de las actividades de prevención y control en enfermedades. Efectuar el seguimiento a nivel regional de enfermedades a ser reportadas para su identifi cación por la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria. Evaluación de reportes técnicos regionales sobre identifi cación de enfermedades. Mantener la confi dencialidad e informar a la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria de las enfermedades reportadas como nuevas y/o registradas como cuarentenadas de ámbito regional. Establecer las medidas sanitarias para las enfermedades reportadas como nuevas y/o registradas como cuarentenadas. 299545-1