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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de febrero de 2009 390174 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señor José Antonio García Belaunde, a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 5 al 9 de febrero de 2009, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue la participación del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones por concepto de Pasajes US$ 4,035.00, viáticos US$ 1,820.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 30.25, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario al término de la referida comisión. Artículo 3º.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, Dr. Antero Flores-Aráoz Esparza, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 309290-3 Aprueban Directiva “Lineamientos para la Promoción del Código de Ética de la Función Pública en las entidades públicas del Poder Ejecutivo” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 050-2009-PCM Lima, 30 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que la Carta Iberoamericana de la Función Pública, aprobada por el Perú, establece como uno de sus criterios “La observancia, por parte de todo el personal comprendido en su ámbito de aplicación, de los principios éticos del servicio público, la honradez, la transparencia, la escrupulosidad en el manejo de los recursos públicos y los principios y valores constitucionales”; Que, la Vigésimo Sexta Política Nacional del Acuerdo Nacional establece como una Política de Estado la promoción de la ética y la transparencia y erradicación de la corrupción, el lavado de dinero, la evasión tributaria y el contrabando en todas sus formas, para cuyo cumplimiento establece entre otras, el compromiso de velar por el desempeño responsable y transparente de la función pública, así como la promoción de la vigilancia ciudadana del desempeño de la gestión pública; Que, la Ley Nº 27658 – Ley Marco de Modernización de la Gestión Pública del Estado, establece como finalidad fundamental del proceso de modernización, la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, con el objetivo de alcanzar entre otros, un Estado transparente en su gestión, con trabajadores y servidores que brindan al ciudadano, un servicio imparcial, oportuno, confiable, predecible y de bajo costo, lo que implica el desempeño responsable y transparente de la función pública, con mecanismos de control efectivos; Que la Ley Nº 28716 - Ley de Control Interno de las Entidades del Estado, establece en su artículo 4 la obligatoriedad de las entidades del Estado de implantar, entre otras cosas, procesos, actividades, recursos, operaciones y actos institucionales orientados al cumplimiento del fomento e impulso de la práctica de valores institucionales; Que, mediante Ley Nº 27815 - Ley del Código de Etica de la Función Pública, se desarrolla un conjunto de disposiciones orientadas a establecer principios, deberes y prohibiciones de naturaleza ética que rigen para todos los servidores públicos de las entidades de la Administración Pública; Que, el Decreto Supremo Nº 057-2008-PCM, que modifica el Reglamento de Organización y Funciones, establece que la Secretaría de Gestión Pública tiene por función el fomento de la ética en la función pública; Que, es necesario impulsar la realización de actividades destinadas a promover el cumplimiento de las disposiciones de la Ley del Código de Etica de la Función Pública en el Poder Ejecutivo; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de la Directiva Aprobar la Directiva Nº 001-2009-PCM/SGP “Lineamientos para la Promoción del Código de Etica de la Función Pública en las entidades públicas del Poder Ejecutivo”. Artículo 2º.- Vigencia La Directiva indicada en el artículo anterior, entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Artículo 3º.- Publicación de la Directiva La presente Directiva será publicada en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 309289-1 Aprueban Directiva “Guía para la elaboración del Informe mensual de avances en la aplicación de medidas contra la corrupción y para la resolución de denuncias” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 051-2009-PCM Lima, 30 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Vigésimo Sexta Política Nacional del Acuerdo Nacional establece como una Política de Estado la promoción de la ética y la transparencia y erradicación de la corrupción, el lavado de dinero, la evasión tributaria y el contrabando en todas sus formas; estableciéndose para su cumplimiento entre otros compromisos, el de velar por el desempeño responsable y transparente de la función pública, así como la promoción de la vigilancia ciudadana del desempeño de la gestión pública; Que, la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece como fi nalidad fundamental del proceso de modernización, la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, con el objetivo de alcanzar entre otros, un Estado transparente en su gestión, con trabajadores y servidores que brindan al ciudadano un servicio imparcial, oportuno, confi able, predecible y de bajo costo, lo que implica, el desempeño responsable y transparente de la función pública, con mecanismos de control efectivos; Que, el Decreto Supremo Nº 057-2008-PCM, que modifi ca el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, establece que la Secretaría de Gestión Pública es competente en materia de funcionamiento y organización del Estado, simplifi cación administrativa, ética y transparencia, teniendo entre otras funciones, la de formular, coordinar, supervisar y evaluar las políticas de acceso a la información pública, fomento de