Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2009 (04/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de febrero de 2009

Que, en el Capitulo V articulo 80º Inciso h) de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, se establece como una de las funciones del Ministerio de Educacion el definir las politicas sectoriales de personal; Que, el articulo 4º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que el Poder Ejecutivo disena y supervisa las politicas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; asimismo, los articulos 45º literal a) MORDAZA acapite y 8º numeral 11 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modificatorias, establecen que los Gobiernos Regionales, definen, MORDAZA dirigen y gestionan sus politicas regionales y ejercen sus funciones generales y especificas en "Concordancia de las politicas nacionales y sectoriales" y "Las politicas de los Gobiernos Regionales guardan concordancia con las politicas nacionales de Estado"; Que, segun lo establecido en el articulo 8º del Capitulo III "Acceso al Empleo Publico" de la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico, el procedimiento de seleccion para el acceso al empleo publico, se inicia con la convocatoria que realiza la Entidad y culmina con la resolucion correspondiente y la suscripcion del contrato; Que, segun lo establecido en el numeral 4.1 del articulo 4º de la Ley Nº 29289 Ley de Presupuesto Publico para el Ano Fiscal 2009, dentro de las disposiciones de responsabilidad y las acciones administrativas en el gasto publico, todo pago debe realizarse de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente; Que, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 002-2009-ED se establece que la Contratacion de Personal Docente en Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Educacion Tecnico - Productiva se desarrolla en estricto orden de merito el cual es establecido mediante el desarrollo de una Prueba Unica Regional. En caso de empate, se evalua el legajo del postulante, privilegiando la formacion profesional; Que, el referido dispositivo, dispone que la Unidad de Personal emita la Directiva para Contratacion de Personal Docente, la que es de obligatorio cumplimiento a nivel nacional por las Instancias de Gestion Educativa Descentralizada; Que, el inciso b) del Articulo 63º del Decreto Supremo Nº 006-2006-ED de fecha 20 de febrero del 2006 establece como la funcion de la Unidad de Personal del Ministerio de Educacion, entre otras, "Administrar y evaluar los procesos tecnicos y acciones de personal", y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificada por Ley Nº 26510; Ley Nº 29142 "Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008" y los Decretos Supremos Nº 002-2009-ED, Nº 006-2006-ED y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 013-2009-ME/SGOGA-UPER de fecha 03 de Febrero del 2009, "Normas y procedimientos para la Contratacion de Docentes en Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Tecnico Productiva en el periodo lectivo 2009", el cual forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion es de observancia y cumplimiento obligatorio en las instancias de gestion educativa descentralizada senaladas en los incisos a), b) y c) del articulo 65º de la Ley Nº 28044 Ley General de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MAGNET MORDAZA MORDAZA Jefa de la Unidad de Personal DIRECTIVA Nº 013-2009-ME/SG-OGA-UPER NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA CONTRATACION DE DOCENTES EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS PUBLICAS DE EDUCACION BASICA Y TECNICO - PRODUCTIVA EN EL PERIODO LECTIVO 2009 I. FINALIDAD Establecer normas y procedimientos de evaluacion para el acceso mediante contrato por servicios personales de docentes

en las instituciones educativas publicas de las modalidades de educacion basica regular, alternativa y especial, y la forma de educacion tecnico - productiva, para el ano 2009. II. OBJETIVOS 2.1. Establecer criterios tecnicos para efectuar el MORDAZA de evaluacion en la contratacion de personal docente, con el proposito de fortalecer y garantizar el servicio educativo en las instituciones educativas publicas del pais. 2.2. Cautelar con equidad el cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas relacionadas con la contratacion de docentes en las instituciones educativas, garantizando la seleccion de personal en igualdad de oportunidades. 2.3. Asegurar la relacion laboral mediante contrato de servicios personales durante el ejercicio fiscal 2009, asi como el goce oportuno de los derechos, remuneraciones y beneficios que se deriven de este. III. AMBITO DE APLICACION 3.1. Direcciones Regionales de Educacion - DRE 3.2. Unidades de Gestion Educativa Local - UGEL 3.3. Instituciones Educativas Publicas - IE · Educacion Basica Regular (Niveles: Inicial, Primaria, Secundaria). · Educacion Basica Alternativa (Ciclos: Inicial, Intermedio, Avanzado). · Educacion Basica Especial (Niveles: Inicial, Primaria). · Educacion Tecnico - Productiva (Ciclos: Basico, Medio). IV. BASE LEGAL · Constitucion Politica del Peru. · Ley Nº 28044, Ley General de Educacion. · Ley Nº 29062 Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la MORDAZA Publica Magisterial. · Ley Nº 28988, Ley que declara a la educacion basica regular como servicio publico esencial. · Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico. · Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. · Ley Nº 29289 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009. · Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1029 y sus normas conexas. · Ley Nº 28118, Prohibicion de Reconocimiento y Pago. · Ley Nº 28641, Prohibicion de reconocer servicios docentes si no cuenta con contrato suscrito oportunamente. · Ley Nº 27050 Ley General de la Persona con Discapacidad, modificada por Ley Nº 28164. · Ley Nº 27911, Ley que regula medidas administrativas extraordinarias para el personal docente o administrativo implicado en delitos de violacion de la MORDAZA sexual. · Ley Nº 27942 Ley de Prevencion y Sancion del Hostigamiento Sexual. · Decreto Ley Nº 23211, Acuerdo Suscrito entre la MORDAZA Sede y la Republica del Peru. · Decreto Supremo Nº 051-91-PCM, Normas reglamentarias orientadas a determinar los niveles remunerativos de los funcionarios, directivos, servidores y pensionistas del Estado en el MORDAZA del MORDAZA de Homologacion, MORDAZA Publica y Sistema Unico de Remuneraciones y Bonificaciones. · Decreto Supremo Nº 009-2005-ED Reglamento de la Gestion del Sistema Educativo. · Decreto Supremo Nº 016-2005-ED, obligatoriedad de uso del Sistema "NeXus". · Decreto Supremo Nº 003-2008-ED Reglamento de la Ley Nº 29062, y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 020-2008-ED. · Decreto Supremo Nº 002-2009-ED. · Resolucion Jefatural Nº 0077-2009-ED, Aprueba Directiva Nº 005-2009-ME/SG-OGA-UPER, Elaboracion y Aprobacion del Cuadro de Distribucion de Horas de Clase. · Resolucion Ministerial Nº 0441-2008-ED, Aprueba Directiva para el Desarrollo del Ano Escolar 2009. V. DISPOSICIONES GENERALES 5.1. En la presente Directiva, toda mencion a Profesor esta referida a Licenciados en Educacion y Profesores

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