Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2009 (04/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de febrero de 2009

representantes del Ministerio de Agricultura para sustentar solidamente la posicion del Sector en los compromisos a adoptarse en las citadas mesas; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 9.3 del articulo 9º de la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27619 ­ Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE Articulo 1º.- Autorizar el viaje de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del 08 al 14 de febrero de 2009, de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Santi Huaranca y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del 10 al 14 de febrero de 2009, a la MORDAZA de Bogota, Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, seran con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes Viaticos Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto Total US $ US $ US $ US $ 845.90 1 200.00 30.25 2 076.15

Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG se aprobo el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, el mismo que es de aplicacion obligatoria a todos los organos componentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa. Que, atendiendo a consideraciones de Politicas de Estado relacionadas con la Seguridad y Defensa Nacional, resulta necesario establecer una nueva modalidad de viajes denominada "Comision Especial en el Exterior" que permita la designacion del personal militar en actividad o retiro en las Representaciones Permanentes del Peru ante Organismos Internacionales, a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, es pertinente precisar que la designacion como representante en "Comision Especial en el Exterior" es distinta a la designacion en los cargos regulados por el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Mision Diplomatica aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2006-DE/SG; De conformidad por lo dispuesto por el inciso 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, la Ley 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de funcionarios y servidores publicos y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y la Ley 29075, Ley que establece la naturaleza juridica, funcion, competencias y estructura organica basica del Ministerio de Defensa; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del articulo 3º del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. Modificar el articulo 3º del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG del 26 de enero de 2004, en los siguientes terminos: "Articulo 3º.- Modalidades de viaje Los viajes al exterior con caracter oficial comprenden las modalidades siguientes: -Mision de estudios, -Comision de servicio; -Tratamiento Medico Altamente Especializado. y, -Comision Especial en el Exterior". Articulo 2º.- Incorporacion de capitulo VII Incorporar el "Capitulo VII: Comision Especial en el Exterior" al Titulo II "Modalidades de viajes al exterior" del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, en los terminos siguientes:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes US $ 845.90 Viaticos US $ 800.00 Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto US $ 30.25 Total US $ 1 676.15 MORDAZA MORDAZA SANTI HUARANCA Pasajes Viaticos Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto Total US $ US $ US $ US $ 845.90 800.00 30.25 1 676.15 845.90 800.00 30.25 1 676.15

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes US $ Viaticos US $ Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto US $ Total US $

Articulo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion o liberacion del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios deberan presentar al Ministro de Agricultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura

"CAPITULO VII COMISION ESPECIAL EN EL EXTERIOR
Articulo 17º.- Designacion Cuando resulte de interes institucional y en atencion a consideraciones de Politica de Estado relacionadas con la Seguridad y Defensa Nacional, se podra designar en Comision Especial en el Exterior, a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, personal militar en actividad o retiro del Sector Defensa para el desempeno de funciones en Representaciones Permanentes del Peru ante organismos internacionales. Articulo 18º.- Derechos El personal nombrado en Comision Especial en el Exterior goza de los derechos a que se refiere el articulo 13º del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Mision Diplomatica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-DE/SG. Articulo 19º.- Dependencia 19.1 Corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores efectuar la designacion y acreditacion necesarias para el desempeno de la Comision Especial en el exterior. 19.2 El personal nombrado en Comision Especial en el Exterior, dependera funcionalmente del Ministerio de Relaciones Exteriores. 19.3 En el caso se designe a personal militar en situacion de actividad, dependera administrativamente de

309290-5

DEFENSA
Modifican el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG
DECRETO SUPREMO N° 004-2009-DE/SG
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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