Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (04/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de febrero de 2009 390177 Dicha Comisión estará destinada a consensuar y establecer las acciones que sean pertinentes hasta culminar la transferencia a los Gobiernos Regionales de dicha función n), dentro del plazo establecido por el Decreto Supremo Nº 088-2008-PCM, que vence el 30 de junio de 2009; pudiendo coordinar estas acciones, en los casos necesarios, con las organizaciones representativas de los Gobiernos Regionales; debiendo brindar, estos últimos, la información que sea pertinente a fi n de facilitar el trabajo de la Comisión Intergubernamental que se constituye por la presente norma y concluir el mencionado proceso de transferencia dentro del plazo establecido. Esta comisión será presidida por el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), y estará conformada por un (1) representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y dos (2) representantes del Ministerio de Agricultura, los cuales deberán ser, al menos uno, miembros de sus respectivas Comisiones Sectoriales de Transferencia, así como por tres (3) representantes de COFOPRI y un (1) representante de cada Gobierno Regional involucrado en dicho proceso de transferencia, con responsabilidades en la materia a ser transferida. Para tal efecto, las entidades antes mencionadas comunicarán, en un plazo no mayor a cinco (5) días calendario de publicada la presente norma, a COFOPRI y a la Secretaría de Descentralización, sobre tal designación, para su reconocimiento por resolución de esta Secretaría. La instalación de dicha Comisión por COFOPRI, en su calidad de entidad que la preside, será en un plazo no mayor a siete (7) días calendario, contados a partir del plazo dado a las entidades involucradas para la designación de sus representantes. La Secretaría de Descentralización, de la Presidencia del Consejo de Ministros, actuará de acuerdo a las atribuciones que le asigna el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y el marco normativo vigente. Artículo 3º.- Disposición Final La Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, brindará la asistencia técnica correspondiente a los Sectores involucrados y a los Gobiernos Regionales que aún no han concluido el proceso de transferencia de la función n) en materia agraria del Art. 51 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y, en coordinación con estos organismos dictará las disposiciones complementarias que sean pertinentes, para facilitar la mejor comprensión y aplicación de las pautas y lineamientos de transferencia que se aprueban por la presente resolución. Artículo 4º.- Publicación La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la PCM: www.pcm.gob.pe/sd. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL MOLINA MARTÍNEZ Secretario de Descentralización 309259-1 AGRICULTURA Designan Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria RESOLUCIÓN SUPREMA N° 005-2009-AG Lima, 3 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 030-2007-AG se encargó a OSCAR MIGUEL DOMINGUEZ FALCON, Director General de Sanidad Animal, la Jefatura del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA del Ministerio de Agricultura, con retención de su cargo; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la encargatura antes mencionada y designar al funcionario que desempeñará el cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008- AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluido, a partir de la fecha, el encargo de la Jefatura del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, efectuado a OSCAR MIGUEL DOMINGUEZ FALCON mediante Resolución Suprema Nº 030-2007-AG, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a AMERICO JESUS FLOREZ MEDINA como Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA del Ministerio de Agricultura. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República CARLOS LEYTON MUÑOZ Ministro de Agricultura 309290-4 Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Colombia para participar en la Primera Ronda de Negociaciones entre la Unión Europea y la Comunidad Andina con el objetivo de implementar un Acuerdo Comercial RESOLUCIÓN SUPREMA N° 006-2009-AG Lima, 3 de febrero de 2009 VISTO: El Facsímil Circular Nº 19-2009-MINCETUR/VMCE/ DNINCI, de fecha 14 de enero de 2009 del Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de las tres rondas de negociaciones sostenidas entre la Unión Europea y la Comunidad Andina y con el objetivo de implementar un Acuerdo Comercial, los Estados miembros de la Unión Europea han acordado iniciar negociaciones bilaterales directas con Perú, Colombia y Ecuador; Que, la Primera Ronda de Negociaciones se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá, Colombia, del 09 al 13 de febrero de 2009; Que, mediante el documento del visto, se solicita la participación de representantes del Ministerio de Agricultura en la citada Ronda; Que, el Viceministro de Agricultura, mediante Ofi cio Nº 0012-2009-AG-DVM, de fecha 22 de enero de 2009, comunica la relación de representantes del Ministerio de Agricultura, que participarán en las mesas de Acceso a Mercados, Reglas de Origen y Obstáculos Técnicos al Comercio; Que, la Ley Nº 29289 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, a excepción de aquellos que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, la Unión Europea es uno de los bloques comerciales con los que el Perú tiene priorizado interés de suscribir un Acuerdo Comercial, constituye uno de los objetivos y metas del gobierno, lo cual permitirá incrementar y consolidar el acceso de los productos de agro-exportación a ese mercado; Que, dada la especifi cidad y tecnicismo de los temas a tratar, es necesario autorizar la participación de los