Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2009 (04/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de febrero de 2009

Que, el MORDAZA de transferencia, iniciado por COFOPRI, se encuentra en la etapa de Certificacion, habiendose presentado a la Secretaria de Descentralizacion los Informes Situacionales de cumplimiento de los requisitos especificos establecidos, con los cuales se elaboro el Informe de Concordancia Nº 038-2008-PCM/SD-OTME, mediante el cual se declaro "Por Potenciar" a los 25 Gobiernos Regionales que participan en el proceso; recomendandose que suscriban con COFOPRI los respectivos Convenios MORDAZA Intergubernamentales, segun el procedimiento simplificado establecido, a efecto de facilitar su certificacion y posterior acreditacion para la transferencia de dicha funcion n); habiendose suscrito, a la fecha, un total de diez (10) convenios, con las acciones de colaboracion, cooperacion y coordinacion correspondientes, segun el nivel de cumplimiento de los requisitos exigidos que requieren ser potenciados; Que, en el MORDAZA de lo dispuesto en la legislacion en materia de tierras, y en el Decreto Legislativo Nº 1089, se dicto el Decreto Supremo Nº 088-2008-PCM, por el cual se determina que corresponde al Ministerio de Agricultura conjuntamente con el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, este ultimo a traves de COFOPRI, realizar la transferencia de dicha funcion n), asi como la identificacion y cuantificacion de recursos asociados con dicha funcion, de acuerdo a la normatividad vigente en la materia; disponiendose, asimismo, la prorroga del plazo previsto en el Decreto Supremo Nº 074-2007-PCM, para culminar dicha transferencia, hasta el 30 de junio de 2009, a fin de permitir una adecuada articulacion de las actividades y competencias de estas entidades; Que, en atencion a lo dispuesto en el Art. 3º del Decreto Supremo Nº 088-2008-PCM, por el cual la Secretaria de Descentralizacion debera emitir las disposiciones de procedimiento que resulten necesarias para implementar dicha transferencia, se realizo una reunion de coordinacion con las instancias del Gobierno Nacional involucradas, donde se tomaron acuerdos para concretar la transferencia dentro del plazo establecido; Que, sobre la base de dichos acuerdos, la Secretaria de Descentralizacion debera aprobar las disposiciones que permitan el trabajo conjunto y coordinado de las partes involucradas, para lo cual tomara en cuenta el avance logrado por COFOPRI en dicho MORDAZA de transferencia, en el MORDAZA del Decreto Supremo Nº 074-2007-PCM, MORDAZA mencionado; De conformidad con las disposiciones establecidas en las Leyes Nº 27783, 27867, 28273 y 29158; los Decretos Supremos Nº 036-2007-PCM, Nº 074-2007-PCM, Nº 029-2008-PCM, Nº 049-2008-PCM, Nº 083-2008-PCM y Nº 088-2008-PCM; y, las Resoluciones de Secretaria de Descentralizacion Nº 003-2007-PCM/SD, Nº 004-2007PCM/SD, Nº 003-2008-PCM/SD, Nº 028-2008-PCM/SD, Nº 041-2008-PCM/SD y Nº 001-2009-PCM/SD; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Procedimiento para la transferencia de la funcion n), del Art. 51 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales Los Ministerios de Agricultura y de Vivienda, Construccion y Saneamiento, este ultimo a traves de COFOPRI, conforme a la normatividad vigente en materia de tierras y a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1089, determinaran los alcances y condiciones pertinentes para el ejercicio compartido, con los Gobiernos Regionales, de las competencias de la funcion n), en materia agraria, comprendida en el Art. 51 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales; debiendose establecer los mecanismos de articulacion con los Gobiernos Regionales en el MORDAZA del MORDAZA de transferencia que MORDAZA los mas convenientes, para concluir dicho MORDAZA dentro del plazo establecido por el Decreto Supremo Nº 088-2008-PCM. La transferencia a los Gobiernos Regionales de la funcion n), en mencion, continuara ejecutandose, hasta su culminacion, de acuerdo a las pautas y procedimientos establecidos en el Instructivo Nº 01-2007-COFOPRI: "Normas Internas para la ejecucion de la transferencia de la funcion n) del articulo 51 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales", el mismo que fuera validado por Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 0282008-PCM/SD. El avance logrado por COFOPRI y los Gobiernos Regionales en la etapa de Certificacion del MORDAZA de transferencia de dicha funcion, queda validado por la presente norma; por lo que tienen validez y surten todos sus efectos tanto los Informes Situacionales como el Informe

de Concordancia Nº 038-2008-PCM/SD-OTME y los diez (10) Convenios MORDAZA Intergubernamentales suscritos por COFOPRI con los Gobiernos Regionales de MORDAZA, Ica, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Ucayali, Pasco, La MORDAZA, MORDAZA y Huancavelica, suscritos en la etapa de Certificacion del MORDAZA, con los cuales se procedera a acreditar la transferencia de dicha funcion a los Gobiernos Regionales involucrados, segun las pautas y procedimientos senalados en el parrafo anterior. La culminacion de la etapa de Certificacion asi como de las etapas subsiguientes de Acreditacion y Efectivizacion, seran de responsabilidad compartida de los Ministerios de Agricultura y de Vivienda, Construccion y Saneamiento, este ultimo a traves de COFOPRI; siendo el plazo MORDAZA, para tal cometido, el 30 de junio de 2009, segun lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 088-2008-PCM. El periodo de vigencia de los 10 Convenios MORDAZA Intergubernamentales que ya han sido suscritos por COFOPRI y los Gobiernos Regionales segun lo MORDAZA expuesto, queda extendido hasta la finalizacion del MORDAZA de transferencia, pudiendo ser MORDAZA por las partes segun sea conveniente. Para el caso de los 15 Gobiernos Regionales que aun no han suscrito Convenios MORDAZA Intergubernamentales, COFOPRI queda facultada para continuar con su suscripcion, a fin de proseguir con la respectiva acreditacion y culminar el MORDAZA de transferencia dentro del plazo establecido. Tanto el Ministerio de Agricultura como COFOPRI deberan coordinar la ejecucion de las acciones de cooperacion, colaboracion y coordinacion, segun corresponda, que se deriven de los Convenios MORDAZA Intergubernamentales que hayan sido suscrito con los Gobiernos Regionales en el MORDAZA del MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales; relacionados, unos, a las funciones del Art. 51 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, en materia agraria, en el caso de los suscritos por el Ministerio de Agricultura; y, otros, solamente a la funcion n) del mismo articulo en mencion, los cuales hayan sido suscritos por COFOPRI. Las Actas de Entrega y Recepcion, las Actas Sustentatorias e Informes Finales, contemplados en la etapa de Efectivizacion del MORDAZA, seran elaborados por COFOPRI, en coordinacion con los Ministerios de Agricultura y de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y, seran suscritos por los Titulares de Pliego, los Presidentes de las Comisiones Sectoriales de Transferencia y demas funcionarios, segun corresponda, de los sectores involucrados, de conformidad a lo establecido en la Directiva Nº 003-2008-PCM/SD. La emision de las Resoluciones Ministeriales o Decretos Supremos, dando cuenta de la culminacion del MORDAZA de transferencia de funciones y recursos asociados, segun corresponda, seran de responsabilidad de cada Sector, sobre la base de las atribuciones por nivel de gobierno respecto a la funcion n) en mencion, que les corresponda transferir. La documentacion que sustenta la transferencia de los recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario, asociados a la funcion n) en mencion, resultante del ordenamiento administrativo, tecnico y legal de los activos y pasivos a ser transferidos, sera responsabilidad de cada uno de los sectores involucrados, segun corresponda; para lo cual, se tomara en cuenta la identificacion y cuantificacion de recursos realizada por Sector Agricultura, en el MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 664-2006-EF/10 y el Decreto Supremo Nº 093-2007PCM. Dicha informacion debera ser canalizada a COFOPRI, de manera organizada y ordenada, por ambos ministerios, para su consolidacion y posterior inclusion en las actas respectivas. Articulo 2º.Conformacion de Comision Intergubernamental Conformese una Comision Intergubernamental para coordinar y ejecutar las acciones derivadas del procedimiento establecido en el articulo 1 precedente, para la transferencia a los Gobiernos Regionales de la funcion n), del Art. 51 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, con representantes de los Ministerios de Agricultura y de Vivienda, Construccion y Saneamiento, del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal (COFOPRI) y de los Gobiernos Regionales que participan en el MORDAZA, en el MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 083-2008PCM y la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 001-2009-PCM/SD. La mencionada Comision, cuando lo considere conveniente, podra incorporar a otras instituciones en caso requiera que las mismas participen en el MORDAZA de transferencia de la referida funcion n) y sus recursos asociados.

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