Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2009 (04/02/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

390181

FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 019-2009-EF
Mediante Oficio Nº 072-2009-SCM-PR la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 019-2009-EF, publicado en la edicion del 30 de enero de 2009. En el MORDAZA considerando: DICE: "(...) que realicen las Municipalidades Distritales de San MORDAZA y MORDAZA MORDAZA para el desarrollo integral de la Costa MORDAZA (...)". DEBE DECIR: "(...) que realicen las Municipalidades Distritales de San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y La MORDAZA para el desarrollo integral de la Costa MORDAZA (...)". En el Articulo 1º.- Objeto DICE: "(...) en los ambitos jurisdiccionales de los distritos de las Municipalidades Distritales de San MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, de acuerdo (...)". DEBE DECIR: "(...) en los ambitos jurisdiccionales de los distritos de las Municipalidades Distritales de San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y La MORDAZA, de acuerdo (...)". En el Articulo 3º.- Convenios institucionales DICE: "(...) convenios institucionales con las Municipalidades Distritales de San MORDAZA y MORDAZA MORDAZA para que se implemente lo dispuesto (...)" DEBE DECIR: "(...) convenios institucionales con las Municipalidades Distritales de San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y La MORDAZA para que se implemente lo dispuesto (...)"

"Definir las politicas sectoriales de personal, (...)", MORDAZA concordante con lo establecido por el inciso h) del articulo 67º del Reglamento de la Gestion del Sistema Educativo aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2005-ED; Que siendo asi, resulta necesario emitir las normas que regulen la contratacion del personal docente en Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Educacion Tecnico - Productiva para el ano 2009, estableciendo lineamientos que garanticen la contratacion de personal docente idoneo que cumplan con los requisitos de calidad y capacidad profesional; De conformidad con el numeral 3) del articulo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion; DECRETA: Articulo 1º.- Normas para la Contratacion de Personal Docente en Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Educacion Tecnico - Productiva para el ano 2009. Establece que la Contratacion de Personal Docente en Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Educacion Tecnico - Productiva para el ano 2009, se desarrolla en estricto orden de merito, el cual se define mediante el desarrollo de una Prueba Unica Regional, atendiendo a los principios de calidad y capacidad profesional, la que se elabora de acuerdo a la matriz disenada por el Ministerio de Educacion. El Ministerio de Educacion verificara que la Prueba Unica Regional cumpla con los niveles de exigencia que aseguren su idoneidad. En caso de empate, se evalua el legajo personal del postulante, privilegiando la formacion profesional; El Ministerio de Educacion supervisa cada una de las etapas en el desarrollo del MORDAZA en su integridad y goza de la facultad de suspender el mismo en caso no se ajusten a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo y en la respectiva Directiva de Contratacion. Articulo 2º.- Prueba Unica Regional La Prueba Unica Regional se realizara en una sola fecha a nivel nacional, la misma que se determinara en la Directiva para Contratacion de Personal Docente que emita la Unidad de Personal del Ministerio de Educacion. Articulo 3º.- Directiva de Contratacion Disponer que lo establecido en el presente Decreto Supremo sea incorporado en la Directiva para Contratacion de Personal Docente que emita la Unidad de Personal de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Educacion, la que es de obligatorio cumplimiento a nivel nacional por las Instancias de Gestion Educativa Descentralizada. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Unica.- Deroguense todas aquellas disposiciones que se opongan a lo establecido por el presente Decreto Supremo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de febrero del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

309291-1

EDUCACION
Establecen Normas para la Contratacion de Personal Docente en Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Educacion Tecnico - Productiva para el Ano 2009
DECRETO SUPREMO Nº 002-2009-ED
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

309290-2
CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2008-ED, se aprobaron las Politicas Sectoriales para la contratacion de personal docente en las Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Educacion Tecnico - Productiva; Que, de acuerdo con el articulo 79º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, el Ministerio de Educacion es el organo del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la politica de educacion, cultura, recreacion y deporte, en concordancia con la politica general del Estado; Que, asimismo el inciso h) del articulo 80º de la precitada Ley, senala como funcion del Ministerio de Educacion:

Aprueban Directiva "Normas y Procedimientos para la Contratacion de Docentes en Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Tecnico - Productiva en el Periodo Lectivo 2009"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 0161-2009-ED
MORDAZA, 3 de febrero de 2009

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.