Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2009 (07/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

390505

ORDENANZA QUE DECLARA DE INTERES PUBLICO PARA EL DISTRITO DE SAN MORDAZA DIVERSOS BIENES INMUEBLES Articulo Primero.- DECLARESE de INTERES PUBLICO para el distrito de San MORDAZA los siguientes bienes inmuebles: la MORDAZA de la Cultura ubicado en la esquina de MORDAZA de Sucre con la avenida MORDAZA Gallese, el ex MORDAZA Baratillo sito en la avenida MORDAZA Gallese Nº 350, destinado a la nueva sede institucional de la municipalidad, el complejo deportivo "Adelfo Magallanes" ubicado en la cuadra 1 del MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los Parques "De la Tercera Edad" y " El Mirador" ubicados en las cuadras 1, 2, 3 y 4 del malecon Bertolotto, asi como el inmueble ubicado en la Avenida La Paz Nº 2008 y los malecones de la Costa MORDAZA y la extension total de los acantilados comprendidos entre los limites con los distritos de MORDAZA MORDAZA y La Perla. Articulo Segundo.- Toda intervencion de interesados o terceros que implique actos de disposicion en cualquiera de sus modalidades, respecto de los bienes y lugares declarados de interes publico en el articulo precedente, debera tener presente dicha condicion. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente, Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Asuntos Juridicos y Procuraduria Publica Municipal el fiel cumplimiento de la presente ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 310065-2

para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal; Que, siendo politica de esta Administracion brindar mayores facilidades de pago a los vecinos del distrito, se hace necesario prorrogar la fecha de vencimiento del pago de la primera cuota de Arbitrios Municipales, a fin que estos puedan cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- Prorroguese hasta el 28 de Febrero del 2009, el vencimiento de la primera cuota de Arbitrios Municipales correspondiente al mes de Enero. Articulo Segundo.- Encarguese a la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria y a la Sub Gerencia de Tesoreria el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese, cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 310567-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS
Aprueban adecuacion de la Municipalidad de Centro Poblado La MORDAZA del distrito de Vinac a la Ley Organica de Municipalidades
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 01-2009-MPY EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS POR CUANTO: Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 15 de enero de 2009, el Informe Favorable Nº 087-2008-A-MDV remitido por el MORDAZA de la Municipalidad de Vinac. El Concejo Provincial de YAUYOS con Acuerdo de Concejo; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en su Art. 194° establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 279772. Que, el Art. 194° de la Constitucion Politica del Peru prescribe que las Municipalidades de Centros Poblados son creadas de acuerdo a Ley. Que, el Art. 195° de la Constitucion Politica del Peru senala, que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, la prestacion de los servicios publicos en MORDAZA con las politicas y planes Nacionales y Regionales de Desarrollo; son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto, planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial. Que, el Art. Del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que las

Prorrogan plazo de vencimiento de la primera cuota de los arbitrios municipales correspondiente al mes de enero de 2009
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2009/MDSM San MORDAZA, 2 de febrero de 2009 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MIGUEL; VISTOS, el memorando Nº 072-2009-GM/MDSM emitido por Gerencia Municipal y el Informe Nº 0112009-GRAT/MDSM emitido por la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 13º de la Ordenanza Nº161-MDSM, que aprueba el MORDAZA Legal del Regimen Tributario de las Tasas de Arbitrios Municipales de Barrido de Vias, Recoleccion de Residuos Solidos, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo para el ejercicio 2009, ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº 573- MML, senala que el plazo para el pago de la primera cuota de los Arbitrios Municipales vencera el ultimo dia habil del mes de Enero del 2009; Que, la Primera Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 161-MDSM, faculto al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias referentes a la aplicacion adecuada de la Ordenanza MORDAZA citada; Que, el articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, senala que los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes

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