Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2009 (07/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, sabado 7 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

390503

Cuadro de Areas de la Sub-Parcela 10-I - 1ª Etapa MORDAZA Parte
Area Total Area Util Lotes : : Area Aporte Recreacion Publica : (Parque) ubicado en la "Urbanizacion Pro Sub Parcela 10-I" Primera Etapa - Primera Parte Con Resolucion Sub Gerencial Nº 154-2007-MDLO/ GDU/SGCCHU Area Aporte Ministerio Educacion ubicado en la : "Urbanizacion Pro Sub Parcela 10-1" Primera Etapa Primera Parte Area de Reserva en Garantia de : cumplimiento de Aporte a Parques Zonales (Lotes 1 y 2 de la Mz. BB-3 ) y (Lotes 1 y 2 de la Mz. CC-3 ) Area Vias Locales : Area Vias Colectoras 12,319.25 m2. 5,948.35 m2 1,170.83 m2

Publicos - SUNARP para los efectos de inscripcion correspondiente y a los interesados. Articulo Octavo.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los interesados estableciendose en plazo MORDAZA de 30 dias contados a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion. Articulo Noveno.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA a traves de la Sub-Gerencia de Catastro, Control y Habilitaciones Urbanas, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA CHAMPA Sub Gerente de Catastro, Control y Habilitaciones Urbanas 309354-1

679.51 m2 548.21 m2

3,832.47 m2 1,990.22 m2

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Declaran de interes publico para el distrito a diversos bienes inmuebles
ORDENANZA Nº 171-MDSM San MORDAZA,15 de enero de 2009 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MIGUEL; POR CUANTO: El Concejo de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTOS, el Memorando Nº 034-2009-GM-MDSM emitido por Gerencia Municipal, el Informe Nº 029-2009GAJ-MDSM emitido por Gerencia de Asuntos Juridicos y el Informe Nº 002-2009-GSCMA-MDSM emitido por la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente, y; CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; mandato constitucional concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, que establece que, efectivamente, los gobiernos locales gozan de la autonomia prescrita, y que esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, del mismo modo nuestra MORDAZA fundamental consagra, a traves del inciso 22 del articulo 2º, el derecho que tiene toda persona a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, asi como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; mandato constitucional, a su vez, concordante con el articulo Decimo del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, que exige a las municipalidades la promocion del desarrollo local, en coordinacion con los niveles de gobierno regional y nacional, con el objeto de propiciar las mejores condiciones de MORDAZA de su poblacion, esto es, elevar la calidad de MORDAZA, la misma que se encuentra estrechamente vinculada con la calidad del ambiente; Que, la Decimo Novena Politica de Estado aprobada en el Acuerdo Nacional compromete, entre otros, a los gobiernos nacionales y subnacionales a integrar la politica nacional ambiental con las politicas economicas, sociales, culturales y de ordenamiento territorial, asegurando ciudades sostenibles, coadyuvando a la mejora de la calidad de MORDAZA y evitando las externalidades ambientales negativas;

El area util que se Recepcion se detalla en el siguiente Cuadro:
MANZANA AA-2 CC-2 DD-2 ZZ-2 TOTAL N° DE LOTES 04 15 17 10 46 NUMERACION Del 01 al 04 Del 03 al 17 Del 01 al 17 Del 01 al 10 ---------------------------AREA (m2) 600.29 1,927.50 2,107.25 1,313.31 5,948.35

Los Aportes Reglamentarios: De conformidad con la zonificacion de Residencial Densidad Media RDM (R-4), Y Ordenanza Nº 292 el terreno se encuentra afectado, el mismo se consigno en Resolucion Sub Gerencial N° 154-2008-MDLO/GDU/ SGCCHU de fecha 19-11-2007, por el siguiente cuadro de aportes:
MORDAZA de Aporte R-4 Recreacion Publica Ministerio Educacion MORDAZA Zonal % 10 2 2 Normativo Proyecto Observacion 2,693.56 m2 1,170.83 m2. Deficit Redimido en Dinero 538.71 m2. 679.51 m2. -------------------------538.71 m2. 548.21 m2. Ubicado en la 1ra. Etapa 2da. Parte.

- El deficit de aporte a Recreacion Publica fue redimido en dinero por un area total de 2,710.00 m2., segun la R.A. 0593-2003 MDLO. - El aporte al Ministerio de Educacion se ubica en el lote 6 de la Mz. BB-3, - El aporte a Parques Zonales se ubica en la Mz. BB-3 lotes 1 y 2 y en la Mz. CC-3 lotes 1 y 2 ubicados en la 2da. Parte - 1ra. Etapa de la Parcela 10-I. Articulo Tercero.- DEJESE, en garantia y como carga inscribible en el Registros de Inmuebles de MORDAZA, los lotes 1 y 2 de la Mz. BB-3 y lotes 1 y 2 de la Mz. CC-3, de un area total de 548.21 m2, de la Sub-Parcela 10-I - Primera Etapa - MORDAZA Parte, hasta que la Urbanizadora Pro S.A. cumpla con el aporte a Parques Zonales. Articulo Cuarto.- CONSIDERAR a la presente Habilitacion de MORDAZA Progresivo, dejando diferida las obras de pavimentacion de calzadas y aceras cuya ejecucion sera asumida por los adjudicatarios de lotes en un plazo no mayor de 10 (diez) anos segun lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 17°, MORDAZA TH.010 Capitulo I Generalidades, TITULO II, del Reglamento Nacional de Edificaciones. Articulo Quinto.- DISPONER, que la Urbanizadora PRO S.A., en la titulacion individual que celebre, debera insertar las clausulas que establezcan la indivisibilidad de los lotes que se habilitan, Correspondiente a la "Urbanizacion Pro Sub Parcela 10-I" Primera Etapa MORDAZA Parte. Articulo Sexto.- REMITASE, MORDAZA de la presente Resolucion a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su conocimiento de acuerdo al Decreto Supremo Nº 01005-Vivienda. Articulo Setimo.- TRANSCRIBASE, la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Registros

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