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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (07/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de febrero de 2009 390496 Aprueban el funcionamiento de la Escuela de Posgrado de la Universidad de Huánuco con la creación de nuevos Programas de Maestría COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 130-2009-ANR Lima, 19 de enero del 2009 EL PRESIDENTE (e) DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTO: El Ofi cio Nº 001-2009-R-UDH del Rector de la Universidad de Huánuco; y CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 1466-2003-ANR, su fecha 16 de junio de 2003, la Asamblea Nacional de Rectores autoriza el funcionamiento de la Escuela de Posgrado en la Universidad de Huánuco, precisando que la creación de nuevos Programas de Maestría, Doctorado y Segunda Especialización, requiere la coordinación previa e indispensable con los órganos de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, en mérito a lo previsto en el considerando anterior, el Rector de la Universidad de Huánuco, mediante comunicación de visto, hace llegar la documentación correspondiente a la creación y organización de los Programas de Maestría en Derecho y Ciencias Políticas con menciones en Derecho de Trabajo y Seguridad Social, Derecho Penal, Derecho Civil y Comercial, Derecho Procesal y Derecho Tributario y Comercial; Maestría en Ciencias de la Salud con Menciones en: Salud Pública y Docencia Universitaria, Gerencia en Servicios de Salud, Salud Reproductiva y Sexualidad; Maestría en Ingeniería de Sistemas de Informática con mención en Gerencia de Sistemas y Tecnología de Información; Maestría en Ingeniería con mención en Gestión Ambiental y Desarrollo Sostenible; Maestría en Ciencias de la Educación, con menciones en: Docencia en Educación Superior e Investigación y Psicología Educativa; Maestría en Ciencias Contables con mención en Auditoría y Tributación; y los Programas de Doctorado en Derecho, Doctorado en Ciencias de la Salud y Doctorado en Ciencias de la Educación, con sus respectivos currículos par su aprobación correspondiente; Que, asimismo, habiéndose examinado la citada documentación de creación y organización de los Programas de Maestría, con descripción y proceso de implementación de su infraestructura: Biblioteca, Hemeroteca, personal docente, así como los currículos de estudios de cada uno de las maestrías y doctorados antes citada, se desprende que cumplen con los requisitos académicos y de infraestructura para su funcionamiento; Estando a lo Informado; y En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de la Ley Universitaria Nº 23733, y del Reglamento General de la Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar que la creación de los Programas de Maestría en Derecho y Ciencias Políticas con menciones en: Derecho de Trabajo y Seguridad Social, Derecho Penal, Derecho Civil y Comercial, Derecho Procesal y Derecho Tributario y Comercial; Maestría en Ciencias de la Salud con Menciones en: Salud Pública y Docencia Universitaria, Gerencia en Servicios de Salud, Salud Reproductiva y Sexualidad; Maestría en Ingeniería de Sistemas de Informática con mención en Gerencia de Sistemas y Tecnología de Información; Maestría en Ingeniería con mención en Gestión Ambiental y Desarrollo Sostenible; Maestría en Ciencias de la Educación, con menciones en Docencia en Educación Superior e Investigación y Psicología Educativa; Maestría en Ciencias Contables con mención en Auditoría y Tributación; y los Programas de Doctorado en Derecho, Doctorado en Ciencias de la Salud y Doctorado en Ciencias de la Educación, en la Escuela de Posgrado de la Universidad de Huánuco, cumplen con lo previsto por inciso e) del artículo 92 de la Ley Universitaria Nº 23733, quedando en consecuencia, aprobada para su funcionamiento. Artículo Segundo.- Publicar la presente resolución, en el Diario Ofi cial El Peruano y en la Página Web de la Asamblea Nacional de Rectores. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente (e) de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General Asamblea Nacional de Rectores 309909-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco Continental la apertura de agencias en la Provincia Constitucional del Callao RESOLUCIÓN SBS Nº 326-2009 Lima, 26 de enero de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Continental para que esta Superintendencia autorice la apertura de dos (2) agencias, según se indica en la parte resolutiva; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca la apertura de la citada agencia y ofi cinas especiales; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “B”, mediante Informes Nºs. 010- 2009 y 011-2009-DEB “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Continental la apertura de las siguientes ofi cinas en las categorías siguientes: - Agencia, ubicada en la avenida Elmer Faucett Nº 6000, distrito del Callao y Provincia Constitucional del Callao. - Agencia, ubicada en la Mz. C-3, Lote 19, Malecón Andrés Avelino Cáceres, Urbanización ex Zona Comercial