TEXTO PAGINA: 62
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de febrero de 2009 390500 Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaria General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes de su aprobación. Artículo Quinto.- DISPENSAR, de la lectura y aprobación del Acta, para la vigencia inmediata del presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI Alcalde 310170-1 Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de impresión de cuponeras 2009 ACUERDO DE CONCEJO Nº 002 - 2009-C/MC Comas, 16 de enero de 2009 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de enero de 2009, el Informe Nº. 001-2009-CEPAD/ MC del Comité Especial Permanente de Adjudicaciones Directas; Memorando Nº 006-2009-GM/MC de la Gerencia Municipal; Informe Nº 002-2009-GAT/MC de la Gerencia de Administración Tributaria, Informe Nº 004-2009-GAJ/MC de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; Informe Nº 003-2009-GAT/MC; Informe Nº 009-2009-SGL-GAF/MC de la Subgerencia de Logística; Memorando Nº 023-2009-GAT/MC de la Gerencia de Administración Tributaria; Informe Nº 012-2009-SGL-GAF/MC de la Subgerencia de Logística y Memorando Nº 018-2009-GPP/MC de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, respecto a la Exoneración de Proceso de Selección por Desabastecimiento Inminente del Servicio de Impresión de Cuponeras 2009, para la Municipalidad Distrital de Comas, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850-Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM, se encuentran exonerados de los Procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa las Adquisiciones que se realicen en Situación de Desabastecimiento Inminente producidas conforme a la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850-Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras, solo por tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, de conformidad con el Artículo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM, establece que “La Resolución o Acuerdo que Apruebe la Exoneración del Proceso de selección, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justifi cación técnica y legal de la Procedencia y necesidad de la exoneración; Que, mediante Informe Nº 001-2009-CEPAD/MC, de fecha 08 de enero de 2009, el Comité Especial Permanente de Adjudicaciones Directas designado mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 018- 2008-GM/MC, comunica que las bases de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 07-2008-CEPAD/MC para contratar el SERVICIO DE IMPRESIÓN DE CUPONERAS 2009, han sido elevadas al CONSUCODE por el participante GRAFICA TECNICA SRL, hecho que conllevaría a postergar el Otorgamiento de la Buena Pro de dicho Proceso y retrasaría la entrega de dicho servicio, comprometiendo en forma directa e inminente la continuidad de las funciones de la Municipalidad Distrital de Comas, solicitando el pronunciamiento del área usuaria sobre los hechos extraordinarios expuestos; Que, mediante Informes Nº 002-2009-GAT/MC y Nº 003-2009-GAT/MC la Gerencia de Administración Tributaria, precisa que la entrega de las Cuponeras del año 2009 a los contribuyentes del Distrito de Comas, deben de iniciarse a más tardar en la primera semana del mes de febrero, toda vez que al 20 de febrero éstas deben estar en los domicilios de todos los Contribuyentes, ya que la Ley de Tributación Municipal, dispone que el último día hábil del mes de febrero es la fecha límite para la cancelación del Impuesto Predial y otros, por lo que, solicita efectuar las acciones que permitan iniciar el servicio de impresión de cuponeras al más breve plazo. Ampliando con Informe Nº 003-2009-GAT/MC que el plazo para la entrega de las cuponeras por parte del proveedor seleccionado, debe ser el día 23 de enero de 2009; Que, mediante Informe Nº 004-2009-GAJ/MC, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, da cuenta, que a mérito de los Informes técnicos respectivos, es factible declarar en Estado de DESABASTECIMIENTO INMINENTE EL SERVICIO DE IMPRESIÓN DE CUPONERAS 2009, por el término que estrictamente sea necesario hasta el otorgamiento de Buena Pro; Que, mediante Informe Nº 009-2009-SGL-GAF/MC la Subgerencia de Logística solicita a la Gerencia de Administración Tributaria, determine las cantidades del servicio a imprimir, por la razón extraordinaria que compromete en forma directa la continuidad de las funciones de la Municipalidad Distrital de Comas, adjuntándole los REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS, para su aprobación o modifi cación correspondiente, las que se incluirán en las nuevas Bases de la exoneración a convocarse; Que, mediante Memorando Nº 023-2009-GAT/MC la Gerencia de Administración Tributaria remite los REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS y cantidades, para la emisión del SERVICIO DE IMPRESIÓN DE CUPONERAS 2009; Que, mediante Memorando Nº 018-2008-GPP/MC la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, concluye que en el Presupuesto Institucional de Apertura PIA 2009, aprobado mediante Acuerdo de Concejo Nº 115-2008- C/MC, se tiene autorizado en el Presupuesto de Gastos una asignación presupuestaria de S/. 104.000.00 nuevos soles, a nivel de la Asignación Específi ca 2.3.22.4, Servicio de Publicidad, Impresiones, Difusión e Imagen Institucional, con cargo al Rubro Recursos Directamente Recaudados; Que, habiéndose confi gurado el supuesto establecido en el Artículo 21º del TUO de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que “Se considera Situación de Desabastecimiento Inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u actividades productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, según sea el caso necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda”; Estando a lo expuesto, de conformidad con el inciso c) del Artículo 19º y los Artículos 20º y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850-Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y demás normas pertinentes, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º