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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2009 (03/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 3 de julio de 2009 398516 otorgada, ampliándola a todo el territorio de la República del Perú con excepción de las unidades geográfi cas en las cuales ya cuenta con concesión, así como aprobar el Plan de Cobertura de dicha área; asimismo, señala que corresponde modifi car las características técnicas específi cas de operación aprobadas mediante Resolución Viceministerial Nº 152-99-MTC/15.03, modifi cado por Resolución Viceministerial Nº 408-2000-MTC/15.03; Que, los numerales 5 y 12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establecen que la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones es la autoridad que resuelve las solicitudes de modifi cación de concesión para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones y modifi cación de características técnicas específi cas de operación en caso no requiera de la asignación de espectro radioeléctrico, respectivamente; Que, en consecuencia debe dictarse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y sus modifi catorias; el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; la Ley Nº 29060 - Ley del Silencio Administrativo; el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, y SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar aprobada la ampliación del área de la concesión otorgada por Resolución Ministerial Nº 156-99-MTC/15.03, a la empresa IMPSAT PERÚ S.A. a todo el territorio de la República del Perú con excepción de las áreas en las cuales cuenta con título habilitante para la prestación del servicio portador local, conforme al Anexo 1 de la Adenda a aprobarse por la presente resolución, el cual reemplaza al Anexo 1 del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 156- 99-MTC/15.03. Artículo 2º.- Aprobar el Plan de Cobertura correspondiente al área ampliada a que se refi ere el artículo precedente, conforme al Anexo 2 de la Adenda a aprobarse por la presente Resolución, el cual reemplaza al Anexo 2 del contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 156-99-MTC/15.03. Artículo 3º.- Aprobar la modifi cación del primer párrafo del numeral 3.02, así como el literal d) del numeral 3.04 de la cláusula tercera y el numeral 6.02 de la cláusula sexta del contrato de concesión aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 156-99-MTC/15.03. Artículo 4º.- Aprobar la Adenda por la cual se formaliza la ampliación del área de concesión, la aprobación del correspondiente Plan de Cobertura y la modifi cación del primer párrafo del numeral 3.02, así como el literal d) del numeral 3.04 de la cláusula tercera y el numeral 6.02 de la cláusula sexta, así como la sustitución de los Anexos 1 y 2 del Contrato de Concesión aprobados por Resolución Ministerial Nº 156-99-MTC/15.03; Artículo 5º.- La presente resolución quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la Adenda no es suscrita por la empresa IMPSAT PERÚ S.A. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de su publicación. Artículo 6º.- Declarar aprobada la modifi cación de las características técnicas específi cas de operación a favor de la empresa IMPSAT PERÚ S.A., para la prestación del servicio portador local en el área ampliada; de acuerdo al Anexo 1 de la presente Resolución; el cual reemplaza al Anexo 1 de la Viceministerial Nº 152-99-MTC/15.03, modifi cado por Resolución Viceministerial Nº 408-2000- MTC/15.03. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALDEZ VELÁSQUEZ-LÓPEZ Director General de Concesiones en Comunicaciones R.D. Nº 153-2009-MTC/27 ANEXO 1 DESCRIPCIÓN DE RED EMPRESA CONCESIONARIA : IMPSAT PERÚ S.A. SERVICIO : PORTADOR LOCAL La empresa brindará el servicio portador local, mediante un sistema de acceso fi jo inalámbrico en la modalidad punto a multipunto, permitiendo comunicaciones de banda ancha y alta velocidad. El sistema utilizará Acceso Múltiple por División de Código (CDMA). Opera en la banda no licenciada de 5 725 MHz – 5 850 MHz y esta diseñado para proporcionar conexiones basadas en IP. La arquitectura de la red estará conformada por: Estaciones Base Son los enlaces de radio que transmiten / reciben las señales hacia / desde los equipos de los suscriptores y equipos que brindan interfases Ethernet / Fast Ethernet hacia el backbone de la red. Terminales de Suscriptores Son los equipos ubicados en el local del suscriptor que transmiten y reciben las señales de la estación base y brindan la conexión entre la red del sistema con la red del usuario a través de los Suscriber Data Adapter (SDA). Sistema de Gestión de Red El sistema de gestión de red consta básicamente de una plataforma de operación mantenimiento y administración, ubicada en Network Operation Center (NOC) de la empresa y provee estadísticas, gráfi cas de performance, tráfi co y control de potencia de transmisión. Nota: El presente Anexo reemplaza al denominado Anexo 1 “Descripción de Red” de la Resolución Viceministerial Nº 152-99-MTC/15.03 y su modifi catoria aprobada mediante Resolución Viceministerial Nº 408-2000-MTC/15.03. 367092-1 Declaran que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en diversas localidades de los departamentos de Arequipa y Ancash, serán otorgadas mediante concurso público RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0744-2009-MTC/28 Lima, 13 de mayo de 2009 CONSIDERANDO: Que, el artículo 16º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, concordado con el artículo 40º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante concurso público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas; Que, mediante Informe Nº 1015-2009-MTC/28 se da cuenta que en las localidades de Chuquibamba-Iray, servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM); Huaraz, servicio de radiodifusión sonora en Onda Media (OM), el número de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias o canales disponibles, razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar servicios de radiodifusión deberán otorgarse por concurso público; Que, el artículo 41º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que confi gurada la situación prevista en el artículo 40º del mismo cuerpo legal, se expedirá la resolución directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad serán otorgadas por concurso público; De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y el Reglamento de