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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2009 (10/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de julio de 2009 398840 ANEXO - FUNCIÓN ESPECIFICA DEL LITERAL “q” PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS A CARGO DE LAS DIRECCIONES REGIONALES DE AGRICULTURA - GOBIERNOS REGIONALES Nº DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS MÁXIMOS Plazo máximo de atención en días hábiles Aprobación del Plan General de Manejo Forestal (PGMF) en concesiones forestales 1. Solicitud dirigida al Director Regional de Agricultura indicando número de contrato suscrito. maderables. 2. Dos (02) ejemplares impresos del Plan General de Manejo Forestal, fi rmados por un Ing. Forestal y/o persona 60 3 jurídica especializada y registrada en el Ministerio de Agricultura para tal fi n; y una (01) copia digital, incluyendo BASE LEGAL: las coberturas temáticas que fi guran en los mapas y resultados del inventario forestal. Ley Nº 27308, Art. 15º. (16/07/2000) 3. Constancia de habilitación del consultor o los profesionales de la persona jurídica especializada que elaboran D. S. Nº 014-2001-AG, Art. 58º, 84º y 109º. (09/04/2001) modifi cado por el PGMF, expedida por el colegio profesional correspondiente. D.S. Nº 048-2006-AG 4. Carta de compromiso de pago, en caso requiera inspección ocular, conforme a la tarifa aprobada 5. Recibo de pago por derecho de trámite: Aprobación del Plan de Manejo para la Zafra Excepcional 1) Solicitud dirigida al Director Regional de Agricultura indicando número de contrato suscrito. 2) Plan de Manejo para la Zafra Excepcional, fi rmado por un Ingeniero Forestal y/o persona jurídica especializada 4 BASE LEGAL: registrada en el Ministerio de Agricultura para tal fi n. 30 Ley Nº 27308, Art. 15º (16/07/2000) 3) Constancia de habilitación del consultor o los profesionales de la persona jurídica especializada que elaboran D. S. Nº 014-2001-AG (09/04/2001), Art. 86º el Plan de Manejo para la Zafra Excepcional, expedida por el colegio profesional correspondiente. D. S. Nº 033-2003-AG (06/09/2003), Art. 2º 4) Recibo de pago por derecho de trámite. Otorgamiento de concesión para ecoturismo 1. Solicitud dirigida al Director Regional de Agricultura. 2. Dos (02) ejemplares impresos de la Propuesta Técnica conforme a las Disposiciones Complementarias 5 aprobados por el Ministerio de Agricultura , fi rmados por un consultor registrado en el Ministerio de 60 BASE LEGAL: Agricultura para tal fi n; y una (01) copia digital, incluyendo las coberturas temáticas que fi guran en los mapas. Ley Nº 27308, Art. 10º. (16/07/2000). 3. Constancia de habilitación del consultor o los profesionales de la persona jurídica especializada que elaboran D. S. Nº 014-2001-AG, Art. 109.5º. (09/04/2001) modifi cado por D.S. Nº 048-2006-AG la Propuesta Técnica, expedida por el colegio profesional correspondiente. 4. Recibo de pago por derecho de trámite. 5. Para persona jurídica Copia literal de la fi cha registral y vigencia del poder del representante legal (con una antigüedad no mayor a seis meses) expedidos por los Registros Públicos. Para persona natural Copia de DNI o carné de extranjería y RUC. Aprobación del Plan de Manejo de concesión para ecoturismo 1. Solicitud dirigida al Director Regional de Agricltura indicando número de contrato suscrito. 2. Dos (02) ejemplares impresos de la Plan de manejo conforme a las Disposiciones Complementarias 6 aprobadas por el Ministerio de Agricultura, fi rmados por un consultor registrado en el Ministerio de Agricultura 30 para tal fi n; y una (01) copia digital, incluyendo las coberturas temáticas que fi guran en los mapas. BASE LEGAL: 3. Carta de compromiso de pago, en caso requiera inspección ocular, conforme a la tarifa aprobada Ley Nº 27308, Art. 10º. (16/07/2000). 4. Constancia de habilitación del consultor o los profesionales de la persona jurídica especializada que elaboran D. S. Nº 014-2001-AG, Art. 109.5º. (09/04/2001) modifi cado por D.S. Nº 048-2006-AG el Plan de Manejo, expedida por el colegio profesional correspondiente. 5. Recibo de pago por derecho de trámite. Otorgamiento de concesión para conservación 1. Solicitud dirigida al Director Regional de Agricultura. 2. Dos (02) ejemplares impresos de la Propuesta Técnica, fi rmados por un consultor y/o persona jurídica 7 especializada y registrada ante el Ministerio de Agricultura para tal fi n y una (01) copia digital incluyendo las 60 BASE LEGAL: coberturas tematicas que fi guran en los mapas. Ley Nº 27308, Art. 10º. (16/07/2000). 3. Constancia de habilitación de los profesionales que elaboran la propuesta técnica, expedida por el Colegio D. S. Nº 014-2001-AG, Art. 109.5º. (09/04/2001) modifi cado por D.S. Nº 048-2006-AG Profesional correspondiente. 4. Recibo de pago por derecho de trámite. Aprobación del Plan de Manejo de concesión para conservación 1. Solicitud dirigida al Director Regional de Agricultura. 2. Dos (02) ejemplares impresos del Plan de Manejo, fi rmados por un consultor y/o persona jurídica 8 BASE LEGAL: especializada y registrada en el Ministerio de Agricultura para tal fi n. 30 Ley Nº 27308, Art. 10º. (16/07/2000). 3. Constancia de habilitación de los profesionales que elaboran el Plan de Manejo, expedida por el colegio D. S. Nº 014-2001-AG, Art. 109.5º. (09/04/2001) modifi cado por D.S. Nº 048-2006-AG profesional correspondiente, y una versión digital del mismo. 4. Compromiso de pago, en caso requiera inspección ocular, conforme a la tarifa aprobada. 5. Recibo de pago por derecho de trámite: Otorgamiento de Contratos de Cesión en uso a comunidades nativas y campesinas en tierras 1. Solicitud dirigida al Director Regional de Agricultura. de aptitud forestal 2. Copia autenticada de Acta de Asamblea que autoriza la solicitud de cesión en uso. 9 3. Copia de fi cha registral o copia autenticada de título de propiedad o copia de resolución de adjudicación de 30 BASE LEGAL: tierras. Ley Nº 27308, Art. 20º. (16/07/2000). 4. Recibo de pago por derecho de trámite: D. S. Nº 014-2001-AG, Art. 109.5º. (09/04/2001) modifi cado por D.S. Nº 048-2006-AG Autorización de aprovechamiento de productos forestales no maderables y/o fauna 1. Solicitud dirigida al Director Regional de Agricultura indicando número de Resolución que aprueba el Plan de silvestre no amenazada en áreas de concesiones para ecoturismo. manejo. 2. Constancia de habilitación del consultor o los profesionales de la persona jurídica especializada que elaboran 30 10 BASE LEGAL: el Plan de Manejo Complementario, expedida por el colegio profesional correspondiente. Ley Nº 27308, Art. 10º. (16/07/2000). 3. Compromiso de pago de derecho de aprovechamiento correspondiente al recurso a aprovechar. D. S. Nº 014-2001-AG, Art. 118º. (09/04/2001). 4. Carta de compromiso de pago, en caso requiera inspección ocular, conforme a la tarifa aprobada. 5. Recibo de pago por derecho de trámite. 6. En caso de producto forestal no maderable: Dos (02) ejemplares del Plan de Manejo Complementario y el Plan Operativo Anual (1º año), según términos de referencia aprobados por el Ministerio de Agricultura, fi rmados por un consultor y/o persona jurídica especializada registrada en el Ministerio de Agricultura para tal fi n y una (01) copia en versión digital, incluyendo las coberturas temáticas que fi guran en los mapas. En caso de fauna silvestre: Dos (02) ejemplares del Plan de Manejo Complementario según términos de referencia aprobados por el Ministerio de Agricultura, fi rmados por un consultor y/o persona jurídica especializada registrada en el Ministerio de Agricultura para tal fi n y una (01) copia digital, incluyendo las coberturas temáticas que fi guran en los mapas. Autorización para realizar actividades de ecoturismo o aprovechamiento de productos 1. Solicitud dirigida al Director Regional de Agricultura indicando número de Resolución que aprueba el Plan de forestales no maderables y/o fauna silvestre no amenazada en concesiones para manejo 11 conservación. 2. Constancia de habilitación del consultor o los profesionales de la persona jurídica especializada que elaboran 30 el Plan de Manejo Complementario, expedida por el colegio profesional correspondiente. 3. Carta de compromiso de pago, en caso requiera inspección ocular, conforme a la tarifa aprobada. BASE LEGAL: 4. Recibo de pago por derecho de trámite.