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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2009 (10/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de julio de 2009 398851 - Sulfato de cobre. - Cloruro férrico al 40%. - Cloro líquido. - Hipoclorito de calcio al 65%. - Polielectrolito catiónico. - Polielectrolito aniónico. - Sulfato de aluminio tipo “A”. - Sulfato de aluminio tipo “B”. - Policloruro de aluminio. - Polímero para aguas residuales. - Cal hidratada. Artículo 2º.-Transcribir la presente Resolución Ministerial al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, a la Contraloría General de la República y al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado -OSCE. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 370631-1 EDUCACION Designan Comisión que deberá elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 024-2009-ED Lima, 9 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 033-2007- ED, de fecha 12 de noviembre de 2007 rectifi cada por la Resolución Suprema Nº 011-2008-ED, de fecha 12 de marzo de 2008, se designa a los miembros de la Comisión que elaborará el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca, conformada por el doctor René Ortiz Romero, quien la preside, el doctor Néstor Tupa Fernández, y el doctor Luis Cuba Ovalle; Que, mediante Resolución Suprema Nº 002-2008- ED, de fecha 31 de enero de 2008, se designa al doctor Javier Pedro Flores Arocutipa, como miembro de la Comisión que deberá elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca, en reemplazo del doctor Luis Cuba Ovalle, miembro de la citada Comisión; Que, mediante Resolución Suprema Nº 030-2008- ED, de fecha 07 de julio de 2008, se da por concluida la designación del doctor René Ortiz Romero, como Presidente de la Comisión que deberá elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca; asimismo, se designa a don Gustavo Oswaldo Díaz La Rosa, como Presidente de la citada Comisión; Que, mediante Resolución Suprema Nº 022-2009- ED, de fecha 06 de julio de 2009, se acepta la renuncia formulada por el doctor Javier Pedro Flores Arocutipa, al cargo de miembro de la Comisión que deberá elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca; Que, la Segunda Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 29074, Ley que crea la Universidad Nacional de Juliaca, dispone que el Poder Ejecutivo, en coordinación con el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), designará la Comisión encargada de elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca; Que, en tal sentido, el Ministerio de Educación realizó la coordinación correspondiente con el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), sobre la designación de la Comisión que elaborará el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca; De conformidad, con lo dispuesto en la Ley Nº 29074, Ley que crea la Universidad Nacional de Juliaca y la Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha de la presente Resolución, la designación de los señores Gustavo Oswaldo Díaz La Rosa y Néstor Tupa Fernández como Presidente y miembro, respectivamente de la Comisión que deberá elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca. Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha de la presente Resolución a la Comisión que deberá elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca, conformada por las siguientes personas: - Víctor Fidel Pando Beltrán, quien la preside. - Fermín Francisco Chaiña Chura - Donato Mario Chilo Ccama Artículo 3º.- Otorgar el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución, a los miembros de la citada Comisión para concluir la elaboración del Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional de Juliaca. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 370663-5 ENERGIA Y MINAS Dejan sin efecto el D.S. Nº 030-2002- EM y sus normas modificatorias, a fin de que cesen las funciones de la Defensoría para el Proyecto Camisea DECRETO SUPREMO Nº 055-2009-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 030-2002- EM se creó la Defensoría para el Proyecto Camisea con la fi nalidad de desarrollar funciones de prevención de confl ictos o controversias vinculadas exclusivamente a los aspectos sociales y/o ambientales suscitados por el desarrollo e implementación de las actividades del Proyecto Camisea; Que, de conformidad con el mismo Decreto Supremo, se determinó que la Defensoría para el Proyecto Camisea tendría una vigencia que se extendería desde el día siguiente de la publicación de la presente norma, hasta la ejecución y puesta en operación comercial de dicho Proyecto. Al referido plazo se le adicionaría un (1) año, a efectos que, luego de la puesta en operación comercial del proyecto, la Defensoría pueda ejercer sus funciones y en adición evalúe, promueva y coadyuve al desarrollo y sostenibilidad de las operaciones del Proyecto; Que, a su vez, mediante sucesivos Decretos Supremos se fue ampliando el plazo de vigencia de la Defensoría para el Proyecto Camisea. Así, a través del Decreto Supremo Nº 008-2008-EM, publicado el 07 febrero 2008, se extendió la vigencia de la misma hasta el 31 de diciembre de 2009;