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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2009 (10/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de julio de 2009 398852 Que, por convenir a los intereses del Ministerio de Energía y Minas, se ha considerado conveniente dejar sin efecto el Decreto Supremo Nº 030-2002-EM y sus modifi catorias, a fi n de dar por concluidas las funciones de la Defensoría para el Proyecto Camisea; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 24) del Artículo 118 de la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Ley Nº 25962; DECRETA: Artículo 1º.- Dejar sin efecto, a partir del 01 de julio de 2009, el Decreto Supremo Nº 030-2002-EM y sus normas modifi catorias, a fi n de que cesen las funciones de la Defensoría para el Proyecto Camisea. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Energía y Minas Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de julio del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 370663-1 Dejan sin efecto RR.SS. Nº 052- 2002-EM y Nº 004-2006-EM sobre designación de entidad encargada de conducir tareas de Defensoría y a Defensor para el Proyecto Camisea RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 052-2009-EM Lima, 9 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 030-2002-EM, se creó la Defensoría para el Proyecto Camisea, con la fi nalidad de desarrollar funciones de prevención de confl ictos o controversias vinculadas con los aspectos sociales y/o ambientales que pudieran suscitarse como consecuencia del desarrollo e implementación de las actividades relacionadas con el Proyecto Camisea; Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 030-2002-EM, la Defensoría para el Proyecto Camisea debe ser designada mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Energía y Minas, la misma que provendrá de entre tres (3) personas jurídicas sin fi nes de lucro, propuestas por el Ministro de Energía y Minas; Que, de conformidad con el considerando que antecede, se cumplió con emitir la Resolución Suprema N° 052-2002-EM, que designó a la Pontifi cia Universidad Católica del Perú como la entidad encargada de conducir las tareas de la Defensoría para el Proyecto Camisea; Que, asimismo, mediante la Resolución Suprema N° 004-2006-EM se designó al Doctor César Guzmán Barrón Sobrevilla como Defensor para el Proyecto Camisea en representación de la Pontifi cia Universidad Católica del Perú; Que, con fecha 20 de mayo de 2009, el Ministerio de Energía y Minas y la Pontifi cia Universidad Católica del Perú suscribieron el Acuerdo de Resolución del Convenio de Cooperación Interinstitucional que estableció una relación jurídica de tercerización de la conducción de la Defensoría para el Proyecto Camisea; Que, en el mencionado Acuerdo de Resolución, el Ministerio de Energía y Minas se comprometió a dejar sin efecto la Resolución Suprema N° 052-2002-EM y la Resolución Suprema N° 004-2006-EM a fi n de viabilizar el acuerdo resolutivo, efectivizándose así, la extinción de la relación jurídica de tercerización de la conducción de la Defensoría para el Proyecto Camisea; Que, en ese sentido, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución Suprema N° 052-2002-EM, y consecuentemente, la Resolución Suprema N° 004-2006- EM; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 30-2002-EM y el Decreto Legislativo Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto, con efectividad al 01 de julio de 2009, la Resolución Suprema N° 052-2002-EM que designó a la Pontifi cia Universidad Católica del Perú como la entidad encargada de conducir las tareas de la Defensoría para el Proyecto Camisea. Artículo 2°.- Dejar sin efecto, con efectividad al 01 de julio de 2009, la Resolución Suprema N° 004-2006-EM que designó al Doctor César Guzmán Barrón Sobrevilla como Defensor para el Proyecto Camisea en representación de la Pontifi cia Universidad Católica del Perú. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 370663-6 Conceden medida cautelar a favor de Transportadora de Gas del Perú S.A. para ejercer derechos inherentes al titular de servidumbres sobre predio ubicado en la provincia de Cañete RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 053-2009-EM Lima, 9 de julio de 2009 VISTO: el expediente Nº 1880854 formado por la empresa Transportadora de Gas del Perú S.A. para el otorgamiento de una medida cautelar que le permita el inicio de las obras de ampliación del Sistema de Transporte de Gas Natural, en el procedimiento administrativo de solicitud de imposición de servidumbre de ocupación, paso y tránsito sobre el predio inscrito en la Partida Electrónica Nº 21022258 del Registro de Predios de la Ofi cina Registral de Cañete, Zona Registral Nº IX, denominado Unidad Catastral Nº 10411, Lote N, ubicado en el distrito de Cerro Azul, provincia de Cañete, departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 94º del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 081-2007-EM, el Concesionario tiene derecho a gestionar permisos, derechos de uso y servidumbre sobre predios de propiedad privada o estatal, así como la correspondiente expropiación de predios de propiedad privada o la adjudicación directa de predios cuya titularidad es del Estado, según corresponda, de conformidad con los artículos 82º, 83º y 84º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM; Que, el artículo 101º del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por Decreto