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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de julio de 2009 398960 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesión de fecha 22 de junio de 2009; aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 numeral 4 establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifi que las áreas urbanas y de expansión urbana; asimismo, su inciso 5 refi ere que es atribución del Concejo Municipal el aprobar el Plan de Desarrollo Urbano y el Esquema de Zonifi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específi cos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000015 del 10 de marzo de 2008, se aprueba el Cuadro de Coordenadas UTM de las poligonales que determinan los límites de las Áreas Urbanas y las Áreas de Expansión Urbana de la Provincia Constitucional del Callao y mediante publicación denominada Anexo de la Ordenanza Municipal Nº 000015 publicado el 17 de noviembre de 2008, se aprecian los cuadros de Coordenadas UTM de áreas urbanas y de expansión urbana; Que, mediante Ofi cio Nº 157-2009-INGEMMET/DC de fecha 18 de mayo de 2009, el Director de Catastro Minero del Instituto Geológico Minero – INGEMMET, informó a la Municipalidad Provincial del Callao que, luego de un análisis gráfi co comparativo, se advierten discrepancias entre las coordenadas UTM de las poligonales que determinan los límites de las áreas urbanas y las áreas de expansión urbana de la Provincia Constitucional del Callao, aprobadas mediante Ordenanza Municipal Nº 000015-2008 y la información digital remitida por la Entidad Edil; en tal sentido, solicita la subsanación de dichas discrepancias; Que, en la sesión de la fecha se adoptó el Acuerdo de Concejo Nº 000139 el mismo que aprobó la rectifi cación y precisión del cuadro de Coordenadas UTM de las Poligonales que determinan los límites de las Áreas Urbanas y las áreas de Expansión Urbana de la Provincia Constitucional del Callao, señaladas en el Anexo de la Ordenanza Municipal Nº 000015 del 10 de marzo de 2008, el cual tiene como antecedentes el Informe Nº 151-2009-MPC-GGDU-GPUC-WDB, de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, adscrita a la Gerencia General de Desarrollo Urbano, asimismo, el Informe Nº 261-2009-MPC-GGAJC-SGCA, de la Sub Gerencia de Coordinación y Apoyo, adscrita a la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, opinando de manera favorable a la expedición de la presente Ordenanza por encontrarse de acuerdo a Ley; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE RECTIFICA Y PRECISA EL CUADRO DE COORDENADAS UTM DE LAS POLIGONALES QUE DETERMINAN LOS LÍMITES DE LAS ÁREAS URBANAS Y LAS ÁREAS DE EXPANSIÓN URBANA DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO Artículo 1º.- Apruébase la rectifi cación y precisión del cuadro de Coordenadas UTM de las Poligonales que determinan los límites de las Áreas Urbanas y las Áreas de Expansión Urbana de la Provincia Constitucional del Callao, señaladas en el Anexo de la Ordenanza Municipal Nº 000015 del 10 de marzo de 2008, conforme al Anexo 1 modifi catorio que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Encárgase a la Gerencia General de Desarrollo Urbano, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao ANEXO Nº 1 CORRESPONDIENTE A LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000032 CUADRO DE COORDENADAS UTM DE LA ZONA URBANA Y DE LA ZONA DE EXPANSIÓN URBANA DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO ZONAS DE REFERENCIA (ESTE) X (NORTE) Y PUNTO Nº 01 262654.3277 8659538.8658 PUNTO Nº 02 263445.7476 8659654.8559 PUNTO Nº 03 262787.5620 8660595.7835 PUNTO Nº 04 260483.8793 8660295.6149 PUNTO Nº 05 262095.7254 8661029.6986 PUNTO Nº 06 258458.5064 8665088.0751 PUNTO Nº 07 256724.2282 8662455.4235 PUNTO Nº 08 264063.9000 8664640.1000 PUNTO Nº 09 265425.0359 8664866.0521 PUNTO Nº 10 270428.9393 8664088.2386 PUNTO Nº 11 271119.7146 8665933.6131 PUNTO Nº 12 273034.1451 8666128.1709 PUNTO Nº 13 272963.6091 8667229.7400 PUNTO Nº 14 273850.2979 8667784.0924 PUNTO Nº 15 273452.8550 8668918.5878 PUNTO Nº 16 272968.5476 8671211.0039 PUNTO Nº 17 269612.7899 8673547.9279 PUNTO Nº 18 271618.7813 8674945.0000 PUNTO Nº 19 269612.4017 8676076.7517 PUNTO Nº 20 266703.1875 8668146.0000 PUNTO Nº 21 264163.0850 8665078.1400 PUNTO Nº 22 271957.5534 8678510.7300 PUNTO Nº 23 272660.0363 8684188.5577 PUNTO Nº 24 271822.4708 8687267.2125 PUNTO Nº 25 271316.7482 8688658.5658 PUNTO Nº 26 270273.2393 8691005.1098 PUNTO Nº 27 268506.1491 8692971.1097 PUNTO Nº 28 267121.0491 8693022.7081 PUNTO Nº 29 263408.0238 8692175.0150 PUNTO Nº 30 262115.7038 8692044.0150 PUNTO Nº 31 261828.1258 8691879.4739 PUNTO Nº 32 262273.5366 8690172.0956 PUNTO Nº 33 266344.9846 8683153.0137 370538-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LABERINTO Declaran Área para la Conservación Municipal del Distrito de Laberinto “Antonio Brack Egg” ORDENANZA MUNICIPAL N° 006 -2009-MDL-MDD/A-SG Puerto Rosario de Laberinto, 3 de junio de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LABERINTO