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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2009 (11/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de julio de 2009 398957 adecuada, recomendándose para este efecto el pintado de sus respectivas fachadas. Artículo 3º.- El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, dará lugar a las sanciones correspondientes. Artículo 4º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Servicios Públicos, Secretaría de Imagen Institucional, Gerencia de Seguridad y Fiscalización, Sub Gerencia de Fiscalización Municipal y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 371214-2 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Exoneran del pago de derechos por obras establecidas en el D.U. Nº 004- 2009, a entidades educativas públicas del distrito ORDENANZA Nº 083-2009/MLV La Victoria, 26 de junio del 2009 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA POR CUANTO: VISTO; el dictamen Nº 004-2009-CPPPAL/MDLV de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con los artículos II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades -- los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, teniendo además como fi nalidad representar al vecindario y promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales, correspondiendo al Concejo Municipal el ejercicio de la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Constitución Política del Perú; Que, conforme a lo establecido por los artículos 74º y 195º numeral 4) de la Constitución Política del Perú en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado - TUO - del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, y concordado a su vez con el artículo 9º numeral 9) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades - se otorga a los gobiernos locales potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 004-2009 publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 10 de enero del 2009, se creó El Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Públicas Educativas Emblemáticas y Centenarias, por medio del cual se ha previsto la ejecución de obras de rehabilitación, remodelación y equipamiento de infraestructura en veinte (20) instituciones educativas, entre las que se encuentran cuatro (4) grandes unidades escolares ubicadas en el distrito de La Victoria, las cuales son: Pedro A. Labarthe, Isabel La Católica, Cesar Vallejo y Felipe Santiago Salaverry; Que, en virtud del citado Decreto de Urgencia, el Ministerio de Educación, mediante ofi cio Nº 311-2009- ME/SG del 6 de marzo de 2009, ha solicitado que las obras a realizarse en los indicados centros educativos sean exoneradas del cobro de las tasas por concepto de Licencia de Edifi cación y demás trámites o conceptos complementarios; Que, en virtud de lo expuesto mediante Informe Nº 083-2009-MDLV-GDU de fecha 3 de junio del 2009, la Gerencia de Desarrollo Urbano propone la emisión de la presente Ordenanza a efectos de aprobar la exoneración de pago de derechos para la tramitación de licencias de edifi caciones y habilitaciones urbanas en inmuebles de propiedad del Ministerio de Educación que se encuentren en el distrito de La Victoria; precisando que ello no exceptúa que la Municipalidad ejerza la fi scalización posterior establecida en el artículo 32º de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General -; Que, al respecto se debe precisar que la exoneración propuesta no implica la omisión del incumplimiento de los requisitos y procedimientos establecidos en la Ley Nº 29090 - Ley de Regularización de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones - y de su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2008- VIVIENDA, debidamente recogidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA - de la Municipalidad de La Victoria; Que, mediante memorándum Nº 248-09-GAJ/MDLV de fecha 25 de junio de 2009, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que la Ordenanza propuesta por la Gerencia de Desarrollo Urbano resulta viable por cuanto su objeto se encuentra acorde con las funciones y competencias de la Municipalidad, recomendando que la misma sea sometida a consideración del Concejo Municipal para su evaluación y aprobación respectiva; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º numeral 8 y el artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades - y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal por unanimidad ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE EXONERA A LAS ENTIDADES EDUCATIVAS PÚBLICAS DEL DISTRITO DE LA VICTORIA DEL PAGO DE DERECHOS POR OBRAS ESTABLECIDAS EN EL DECRETO DE URGENCIA Nº 004-2009 Artículo Primero.- Exonerar a las Instituciones Educativas Públicas incluidas en el Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Públicas Emblemáticas y Centenarias, ubicadas en el distrito de La Victoria, del pago de los derechos contemplados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA - de la Municipalidad de La Victoria, por concepto de las obras a realizarse en virtud del Decreto de Urgencia Nº 004-2009. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a la Gerencia de Administración y Finanzas, y a la Gerencia de Fiscalización y Control. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 371247-1 Aprueban Manual de Organización y Funciones - MOF de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA N° 008-2009-ALC/MLV La Victoria, 6 de julio de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTOS; el informe Nº 193-09-GAJ/MLV de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el memorándum Nº 502-