Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2009 (11/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de julio de 2009 398955 OOT y Memorándum Nº 055-2009-GRA/OOT emitidos por la Ofi cina de Ordenamiento Territorial, se ha seguido el procedimiento establecido en la mencionada Directiva y se cuenta con los requisitos exigidos para este procedimiento. Que, en consecuencia, es procedente que el Gobierno Regional de Arequipa, emita la resolución correspondiente a fi n de que se inscriba en primera de dominio a favor del Estado Peruano, el terreno eriazo de 15.703 Has. ubicado en el lugar denominado Cerro Alto Jesús, a la altura del Km. 1.5 de la Pampa El Cebollar del distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa. Que, de conformidad con lo establecido en las Directivas Nº 001-2002/SBN y 003-2004-SBN, la presente resolución es visada por los funcionarios que suscribieron el informe técnico legal del presente procedimiento. Con Informe Nº 453-2009-GRA/ORAJ emitido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo prescrito en la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Nº 27444, Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA, y con las facultades conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 337-2007-GRA/PR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la Inscripción de primera de dominio a favor del Estado, del terreno eriazo de 15.703 Has. ubicado en el lugar denominado Cerro Alto Jesús, a la altura del Km. 1.5 de la Pampa El Cebollar del distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, conforme a los documentos técnicos que sustentan la presente resolución y que son parte integrante de la misma. Artículo 2º.- Disponer que la presente resolución sea publicada por única vez en el Diario Ofi cial El Peruano y, un extracto, en el diario de mayor circulación en la Región. Artículo 3º.- La Zona Registral Nº XII Sede Arequipa, de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución efectuará la inscripción en primera de dominio a favor del Estado Peruano del terreno descrito en el artículo primero. Dada en la sede del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintitrés días del mes de junio del dos mil nueve. Regístrese y comuníquese. BERLY JOSÉ GONZÁLES ARIAS Gerente General Regional 370244-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Modifican conformación de la Comisión Multisectorial Consultiva y Ejecutiva de la Zona de Alto Riesgo y Centro Histórico de Lima, constituida mediante D.A. Nº 152 DECRETO DE ALCALDÍA N° 050 Lima, 7 de julio de 2009 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA CONSIDERANDO: Que mediante Decreto de Alcaldía N° 152 de 8 de agosto de 2003 se creó la Comisión Multisectorial Consultiva y Ejecutiva de las Zonas de Alto Riesgo del Cercado y Centro Histórico de Lima - COMZAR; Que se ha otorgado a dicha comisión facultades y atribuciones consultivas y ejecutivas con el fi n de dar inmediatez y celeridad a la implantación de las recomendaciones que se adopten en el seno de la citada Comisión; Que resulta conveniente que la Gerencia Municipal Metropolitana efectúe el seguimiento de las actividades que realiza la COMZAR, así como adopte los mecanismos necesarios para dar mayor efectividad a las acciones que se adopten para lo cual es preciso facultarla para designar a los miembros que deben integrar la COMZAR; Que en ese orden de ideas debe eliminarse todo tipo de complejidades innecesarias a fi n de dar mayor simplicidad y efi cacia a las acciones que se adopten por lo que es necesario modifi car la conformación de los miembros del COMZAR; De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Modifíquese el artículo segundo del Decreto de Alcaldía N° 152, en los términos siguientes: Artículo Segundo.- Constitúyase la Comisión Multisectorial Consultiva y Ejecutiva de la Zona de Alto Riesgo y Centro Histórico de Lima, encargada de diseñar, disponer y ejecutar de acuerdo con la competencia de sus miembros de las acciones de prevención, rehabilitación y reconstrucción de las Zonas de Alto Riesgo del Cercado y Centro Histórico de Lima, la misma que estará conformada por siguientes estamentos municipales y entidades afi nes: - Subgerencia de Defensa Civil, que la presidirá - Gerencia de Desarrollo Urbano - Gerencia de Fiscalización y Control - Gerencia de Desarrollo Empresarial - Gerencia de Seguridad Ciudadana - Gerencia de Defensa del Ciudadano - PROLIMA - Un representante del Ministerio Público, y - Un representante del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú La Comisión deberá presentar mensualmente a la Gerencia Municipal Metropolitana el informe de las recomendaciones efectuadas y de las acciones realizadas para su debido cumplimiento” Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal Metropolitana que designe de inmediato a los representantes de las gerencias mencionadas en el artículo segundo del Decreto de Alcaldía N° 152, modifi cado por el presente Decreto de Alcaldía, debiendo informar al Ministerio Público y Cuerpo General de Bomberos para que acrediten a sus representantes con el fi n de consolidar esfuerzos que permitan reducir los riesgos del Cercado y Centro Histórico de Lima. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 370224-1 MUNICIPALIDAD DE ATE Suspenden temporalmente el otorgamiento de licencias de obras en las Zonas 01 y 02 del distrito ORDENANZA Nº 220-MDA Ate, 9 de julio de 2009 POR CUANTO: EL Concejo Distrital de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 9 de julio de 2009, visto el Dictamen