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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de julio de 2009 398944 desastres así como establecer la política y procedimientos para la instalación de los Almacenes Adelantados; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 19338 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-88-SGMD, y normas modifi catorias; y en uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modifi cado por los Decretos Supremos Nos. 005-2003-PCM y 095-2005- PCM; Con la visación de la Sub Jefatura, de la Dirección Nacional de Logística, de la Dirección Nacional de Operaciones y de las Ofi cinas de Planifi cación y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 007-2009- INDECI/12.0 Directiva “PROCEDIMIENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DE BIENES DE AYUDA HUMANITARIA EN CASOS DE EMERGENCIA Y/O DESASTRES EN EL ÁMBITO DEL SISTEMA REGIONAL DE DEFENSA CIVIL”, que obra en Anexo adjunto en 19 (diecinueve) folios, como parte integrante del presente Resolutivo. Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina de Estadística y Telemática disponer la publicación de la Directiva aprobada en el Portal Institucional (www.indeci.@gob.pe). Artículo 3º.- Disponer que la Dirección Nacional de Logística se encargue de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Artículo 4º.- Disponer que la Ofi cina de Secretaría General e Imagen Institucional, ingrese la presente Resolución en el Archivo Institucional y remita copia autenticada por Fedatario a la Sub Jefatura, a la Dirección Nacional de Logística, Dirección Nacional de Operaciones y a las Ofi cinas de Planifi cación y Presupuesto y de Asesoría Jurídica, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE PALOMINO RODRÍGUEZ Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 370373-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Ilo RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 0134-2009 Ilo, 28 de mayo del 2009. CONSIDERANDO: Que, por convenir al servicio, es necesario dejar sin efecto y designar nuevo Auxiliar Coactivo en la Intendencia de Aduana de Ilo para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva. Que, el artículo 114º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modifi catorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo. Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados. Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público. Que, el artículo 4º de la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resolución de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias. En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación de Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Ilo al servidor abogado, Francisco García Rivasplata con Registro SUNAT 4277. Artículo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Ilo, a la servidora Abogada, Luz Victoria Febres Saniz con Registro SUNAT 3473. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR R. VELÁSQUEZ CAMPOS Intendente SUNAT - Intendencia de Aduana de Ilo 370638-1 Dejan sin efecto designaciones y designan Ejecutores Coactivos para la Intendencia Regional Junín e Intendencia Regional Lambayeque RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 151-2009/SUNAT Lima, 9 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 067-2000/SUNAT, se designó como Ejecutor Coactivo encargado de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Regional Junín, al señor abogado William Anatoly Cardich Menacho; Que asimismo, a través de la Resolución de Superintendencia Nº 155-2008/SUNAT, se designó como Ejecutor Coactivo encargado de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Regional Lambayeque, al señor abogado Julio César Ladines León; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto dichas designaciones, por lo que, a fi n de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva en los referidos Órganos de Línea, corresponde efectuar las designaciones de Ejecutores Coactivos; Que el Artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modifi catorias, establece los requisitos que deberán cumplir los funcionarios de la Administración Tributaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo; Que los trabajadores propuestos han presentado declaración jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del Artículo 7° de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante concurso público; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115- 2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación de los señores abogados como Ejecutores Coactivos encargados