Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2009 (12/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 64

El Peruano Lima, domingo 12 de julio de 2009 399026 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El artículo 5° de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, Ley N° 26221, establece que OSINERGMIN es el Organismo encargado de fi scalizar los aspectos legales y técnicos de las actividades de hidrocarburos que se desarrollan en el territorio nacional; Que, el artículo 22º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, establece que la función normativa de carácter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo de OSINERGMIN a través de resoluciones; Asimismo, el artículo 5º de la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, Ley Nº 27699, establece que OSINERGMIN ejerce de manera exclusiva la facultad de control de calidad de combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos en las actividades que se encuentren bajo el ámbito del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, Ley Nº 26221, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005- EM. De la misma manera, lo dispuesto por el artículo 3º de la citada Ley establece que OSINERGMIN, a través de su Consejo Directivo está facultado para aprobar procedimientos administrativos especiales que normen los procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Función Supervisora; Mediante Decreto Supremo Nº 021-2007-EM, se aprobó el Reglamento para la Comercialización de Biocombustibles, cuyo literal b) del artículo 6º dispone que el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN es el órgano competente para la supervisión y fi scalización de la comercialización, transporte y calidad de los Biocombustibles, y sus mezclas con gasolinas y Diesel Nº 2; En virtud de lo antes señalado y a fi n de cumplir de forma efi ciente la función de supervisión y fi scalización encomendada respecto al control de la calidad de los biocombustibles que se expenden a través de las Plantas de Abastecimiento, Terminales y Refi nerías; OSINERGMIN ha elaborado el Procedimiento de Control de Calidad de los Biocombustibles que permita verifi car si los combustibles en mención, cumplen con las normas técnicas vigentes de calidad; 370708-2 Jr. Bernardo Monteagudo Nº 222, Magdalena del Mar - Lima Teléf.: 219-3400 Fax 264-3739/219-3413 Plantas y Refinerías D.N.I. Fecha R.U.C. N° Reg. D.G.H. Observaciones: Firma del representante del establecimiento o unidad Con el objeto de dar cumplimiento a los reglamentos vigentes y con las facultades previstas en la Ley de Creación de OSINERGMIN – Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, Ley Nº 26734 y modificatorias; en la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Ley N° 27332 y modificatorias; en la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, Ley N° 27699; y en el Reglamento General de OSINERGMIN, Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; el supervisor o funcionario del OSINERGMIN se constituyó en el establecimiento supervisado constatándose que almacena: Total de Tanques N° de tanque N° Patio/Zona/Bloque Cap. Neta (bbl/ /gl/ /) Asimismo, se ha procedido a tomar muestras de los tanques señalados en la presente Acta, de acuerdo a lo establecido en el Anexo I de la Resolución de Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería N° XXXX-2009-OS/CD, mediante la cual se aprueba el Procedimiento de Control de Calidad de los Bicombustibles, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, Ley N° 27699, en concordancia con el literal b) del artículo 6 del Reglamento para la Comercialización de Bicombustibles, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-EM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 064-2008-EM. Nivel de Combustible (pies/plg) Volumen de combustible N° de Válvulas totales (en/sa) Producto Biodiesel B100 Alcohol Carburante Firma representante del OSINERGMIN Nombres y Apellidos D.N.I. Nº Cargo Hora La toma de muestras del (los) producto(s) se efectuaron en presencia de: Biodiesel B100 P R E C I N T O P R E C I N T O Alcohol Carburante Se extrajeron muestras de biocombustibles para el laboratorio: Si Ƒ / No Ƒ 1 (Laboratorio) 2 (Dirimencia) 1 (Laboratorio) 2 (Dirimencia) Producto Producto Código Osinergmin Código Establec. Alcohol Carburante Producto que almacena Dirección Dpto. / Prov. / Dist. Biodiesel B100 ACTA DE SUPERVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD DE BIOCOMBUSTIBLES EN PLANTAS Y REFINERIAS ANEXO II Acta de Supervisión de Control de Calidad de Biocombustibles Nº -CCBIO-GFHL-20__ __ Supervisor Supervisado Nombre Comecial Telef. PROYECTO