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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2009 (12/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de julio de 2009 399013 Otorgamiento en Cesión de Uso de la caseta Nº 611, ubicada en el parque de la Urbanización La Merced, frente a la Av. D, con un área de 54 m2. todo ello en función a lo estipulado en el Art. 65º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 que señala que: “las municipalidades para ceder en uso o conceder en explotación bienes de su propiedad a favor de personas jurídicas del sector privado a condición de que sean destinados exclusivamente a la realización de obras o servicios de interés, o necesidad social y fi jando un plazo”. Asimismo, el Art. 68º de la norma antes acotada, señala que: “El acuerdo Municipal de donación, cesión o concesión debe fi jar de manera inequívoca el destino que tendrá el bien donado y su modalidad”. Que, del escrito presentado por la Asociación de Vivienda Urbanización La Merced, se puede observar que ellos ratifi can su pedido de que el local será utilizado para biblioteca, sin embargo mencionan que también será utilizado para actividades comunales, sin detallar la actividad a realizarse. En este caso por tratarse de una organización civil de personas naturales y jurídicas, sin fi nes de lucro, conformada por socios propietarios y residentes de la Urbanización La Merced, es preciso que el otorgamiento en Cesión de Uso del Inmueble sea de manera inequívoca y precisa. Que, el Acuerdo de Concejo que autorice la Cesión del Uso del inmueble descrito en los párrafos anteriores deberá tener en cuenta lo siguiente: - Se deberá establecer en forma detallada y precisa que la Cesión de Uso del inmueble, será para utilizarlo como biblioteca en benefi cio de la población aledaña. En caso sea utilizada para otros fi nes para el que no haya sido destinado será revertido a la Municipalidad de Ate, previo informe de las áreas encargadas de la supervisión. - Deberá especifi carse que el otorgamiento de Cesión en Uso no otorga derecho de propiedad sobre el bien, así como tampoco las mejoras que se dé al inmueble, no generará derecho de propiedad alguno, así como tampoco la municipalidad estará obligada a reembolsar a la asociación los gastos efectuados. - Fijar el plazo otorgado para Cesión de Uso del referido inmueble. - La supervisión del Acuerdo, estará a cargo de la Gerencia de Servicios Públicos (Sub Gerencia de Ecología, Parques y Jardines), Ofi cina General de Administración (Ofi cina de Servicios Generales), Gerencia de Servicios Sociales (Sub Gerencia de Salud y Participación Vecinal). Que, de acuerdo a lo señalado por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, es procedente el otorgamiento de la Cesión en uso de la caseta de pozo Nº 611, ubicada en el parque de la Urbanización La Merced, frente a la Av. D, con un área de 54.00 m2. a la Asociación de Vivienda Urbanización “La Merced”. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y contando con el voto por unanimidad de los señores Regidores asistentes a la Sesión de Concejo de la fecha y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; SE ACUERDA: Artículo 1º.- APROBAR el Dictamen Nº 023-2009- MDA-CDUyOP de la Comisión de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, que recomienda Aprobar mediante Acuerdo de Concejo, la Cesión en Uso a favor de la Asociación de Vivienda Urbanización La Merced, la caseta de pozo Nº 611, ubicada en el parque de la Urbanización La Merced, frente a la Av. D, con un área de 54.00 m2., Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima, para ser destinado a la implementación de una Biblioteca al servicio de la comunidad. Artículo 2º.- Precisar que el plazo de Cesión de Uso, aprobado en el Art. 1º del presente Acuerdo, es por un plazo de tres (03) años, en el caso de ser destinado a otra actividad, se dejará sin efecto el presente Acuerdo, debiendo ser revertido dicho bien a la Municipalidad Distrital de Ate. Artículo 3º.- Precisar que el otorgamiento de Cesión en Uso no otorga derecho de propiedad sobre el bien, asimismo, las mejoras que se dé al inmueble, no generará derecho de propiedad alguno, así como tampoco la municipalidad estará obligada a reembolsar a la asociación gasto alguno. Artículo 4º.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante norma correspondiente, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuación y mejor aplicación del presente Acuerdo de Concejo. Artículo 5º.- El presente Acuerdo de Concejo deberá ser puesto en conocimiento de la Contraloría General de la República, en un plazo no mayor de siete (07) días, bajo responsabilidad. Artículo 6.- Encargar la supervisión y cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia de Servicios Públicos (Sub Gerencia de Ecología, Parques y Jardines), Ofi cina General de Administración (Ofi cina de Servicios Generales), Gerencia de Servicios Sociales (Sub Gerencia de Salud y Participación Vecinal). Artículo 7º.- DISPONER la Transcripción y Publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano, poner en conocimiento el presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia de Servicios Públicos, Gerencia de Desarrollo Urbano y Sub Gerencia de Planifi cación Urbana y Catastro para los fi nes convenientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 371203-2 MUNICIPALIDAD DE LINCE Modifican Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA Nº 241-2009-MDL Lince, 26 de junio del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE: POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha 5 de junio del 2009, el Dictamen Nº 23 de fecha 23 de mayo del 2009, emitido por la Comisión de Economía y Administración, con el voto unánime de los señores Regidores, y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE Artículo Primero.- MODIFICAR el Índice y los Artículos 9º, 17º, 38º, 40º, 47º, 48º, 50º, 55º, 61º, 70º, 71º, 72º, 76º, 77º, 78º, 79º, 80º, 81º, 82º, 84º, 86º, 87º, 90º, 91º, 93º, 96º, 102º, 103º, 104º, 105º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Lince, aprobado por Ordenanza Nº 187-MDL, modifi cado por la Ordenanza Nº 189-MDL. Artículo Segundo..- MODIFICAR la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Lince respecto a la denominación de las Sub Gerencias que se detallan a continuación: DENOMINACIÓN ACTUAL DENOMINACIÓN MODIFICADA Subgerencia de Obras y Planifi cación Urbana Subgerencia de Infraestructura Urbana Subgerencia de Comercialización y Anuncios Subgerencia de Desarrollo Económico Comercial Subgerencia de Catastro y Control Urbano Subgerencia de Catastro y Planifi cación Urbana Subgerencia de Policía Municipal Subgerencia de Fiscalización y Control Administrativo