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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de julio de 2009 399021 por MAYORÍA, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el siguiente: ACUERDO: Condecorar con la MEDALLA CÍVICA de la “ORDEN SANTIAGO APÓSTOL” por motivo del 188º Aniversario Patrio, al: RESTAURANT TURÍSTICO “EL ROSEDAL” El Restaurant y Coliseo de Gallos “El Rosedal”, fundado el 06AGO76 por don Marcelino Antezana Palomino y doña Ricardina Rojas de Antezana, fue denominado “El Rosedal” por sus amplios jardines con rosas muy hermosas; en este lugar se realizan todos los domingos almuerzos y show criollos y el Coliseo de Gallos se ha hecho famoso por ser el único recinto en el Perú en el que se realizan campeonatos de “Pelea de Gallos” a nivel Internacional con la participación de representantes de países como: Panamá, Colombia, Puerto Rico, Ecuador, Chile, Estados Unidos, República Dominicana, Santo Domingo y Brasil. Mando se registre publique y cumpla. JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 370827-17 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCHACO Exoneran de proceso de selección la ejecución de proyecto de inversión pública sobre ampliación de sistemas de agua potable e instalación de sistema de alcantarillado para centros poblados de Huanchaquito y El Trópico ACUERDO DE CONCEJO Nº 030-2009-MDH Huanchaco, 1 de julio del 2009 VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de Junio del 2009, el Informe Técnico Nº 265-2009- GDUR/MDH, remitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural y el Informe Legal Nº 583-2009-ALI-MDH, remitido por la Gerencia de Asesoría Legal, referido a la sustentación Técnica y Legal para la Exoneración de Proceso de Selección por la causal de Desabastecimiento Inminente, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, conforme a la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades provinciales y distritales, son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 182-2009- MDH, se aprueba el Expediente Técnico Defi nitivo de la Obra: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO PARA LOS CENTROS POBLADOS DE HUANCHAQUITO Y EL TRÓPICO”, con código SNIP Nº 14374, por un valor referencial de S/. 12’ 819, 831.03 (Doce Millones Ochocientos Diecinueve Mil Ochocientos Treinta y Uno con 03/100 Nuevos Soles), y el costo de la Supervisión por S/. 464, 967.97 (Cuatrocientos Sesenta y Cuatro Mil Novecientos Sesenta y Siete con 97/100 Nuevos Soles) el mismo que ha sido declarado VIABLE por el Sistema Nacional de Inversión Pública, y que a su vez fue propuesto para su fi nanciamiento al Programa Agua Para Todos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, la Municipalidad Distrital de Huanchaco, en uso de sus facultades y atribuciones, ha suscrito el Convenio de Cooperación con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para el fi nanciamiento de la ejecución del proyecto antes descrito, en mérito al cual se expide el Decreto Supremo Nº 128-2009-EF1, que autoriza la Transferencia de Partidas y Transferencia Financiera del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a favor de la Municipalidad Distrital de Huanchaco, recursos que han sido incorporados al Presupuesto Institucional de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 28411, Ley del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, mediante Informe Técnico Nº 265-2009-GDUR- MDH, el Gerente de Desarrollo Urbano y Rural, indica que es innegable la vital importancia que tiene la ejecución de la obra antes referida para preservar y garantizar la salud y el bienestar integral de la población benefi ciada, en razón a que vienen sufriendo frecuentemente enfermedades de origen hídrico según registros del Centro de Salud de Huanchaco, motivo por el cual la población constantemente es atendida en este nosocomio; siendo las de mayor incidencia las enfermedades diarreicas, infectocontagiosas, dérmicas, parasitarias y nutricionales que guarda relación directa e indirecta con la defi ciencia o mala utilización de los servicios de saneamiento y agua potable; esto se manifi esta en la disposición de excretas al aire libre, letrinas en colapso debido a errores de diseño antigüedad e incremento de la napa freática en la zona, falta de disposición de aguas servidas, consumo de agua contaminada, malos hábitos de higiene, lo que viene ocasionando el deterioro sistemático, la calidad de vida de la población afectada de los Centros Poblados de Huanchaquito y El Trópico; Que, así mismo en el citado informe se indica que son más de 6000 pobladores de 11 diferentes sectores2, que tienen la necesidad actual e imprescindible de la atención de sus requerimientos de agua y desagüe, a los cuales es de suma urgencia atender a través de la ejecución de la Obra antes indicada, en razón a que esta situación extraordinaria de ausencia de dichos servicios básicos, compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades que la Municipalidad Distrital de Huanchaco tiene a su cargo en mérito a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y en el marco de los diversos compromisos asumidos con la población, razón por la cual es de la opinión favorable para que se declare en Desabastecimiento Inminente el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado y se exonere el Proceso de Selección la Contratación de la Ejecución y Supervisión de la Obra: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO PARA LOS CENTROS POBLADOS DE HUANCHAQUITO Y EL TRÓPICO”; Que, mediante Informe Legal Nº 583-2009-ALI-MDH, se verifi ca que existe el desabastecimiento total del servicio agua potable y alcantarillado, reuniéndose los presupuestos para declarar la Exoneración del Proceso de Selección por Desabastecimiento Inminente, conforme lo prescrito en los Artículos 20º literal c) y 22º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, puesto que su ausencia comprometería en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades y operaciones que mantenemos a nuestro cargo, y del mismo indica que resulta necesario contar de manera permanente y directa 1 Publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” con fecha 04 de Junio del 2009. 2 Entre los cuales podemos indicar a: Huanchaquito Bajo, Huanchaquito Alto, Bella Mar, San Carlos, Villa Aeropuerto, Villa Los Ángeles, San Francisco de Asís, Las Brisas, Bello Horizonte, El Trópico y Ramón Castilla.