Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2009 (15/07/2009)
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TEXTO DE LA PÁGINA 43
El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de MORDAZA de 2009
NORMAS LEGALES
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comerciales, Instituciones publicas y privadas deberan estar en buen estado de conservacion. Articulo Tercero.- Encargar la difusion de la presente MORDAZA, a la Oficina de Imagen Institucional. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESTREMADOYRO MORDAZA 371983-1
PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban limites maximos de velocidad en vias del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000007 Callao, 7 de MORDAZA de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, senala en sus articulos 194º y 195º que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 senala en su articulo 81º numerales 81.1.1 y 81.1.3 que son funciones exclusivas de las Municipalidades Provinciales en materia de MORDAZA, vialidad y transporte publico normar, regular y planificar el transporte terrestre a nivel provincial y normar, regular, organizar y mantener los sistemas de senalizacion y semaforos y regular el MORDAZA MORDAZA de peatones y vehiculos; Que, asimismo la Ley Organica acotada, senala en su articulo 20º inciso 1, que es atribucion del MORDAZA, defender y cautelar los derechos e intereses de la Municipalidad y los vecinos; Que, la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre Nº 27181, en su articulo 17º senala que las municipalidades provinciales tienen competencia normativa, de gestion y fiscalizacion en materia de transporte y MORDAZA dentro de su jurisdiccion; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de MORDAZA de 2009, se modifican diversos articulos del Reglamento Nacional de MORDAZA aprobado mediante Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, aprobandose ademas el Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de MORDAZA Codigo de MORDAZA el mismo que entrara en vigencia el 21 de MORDAZA de 2009; Que, asimismo, el articulo 6º numeral 6.1 del Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, senala que las Municipalidades Provinciales deberan adecuar sus disposiciones pertinentes de acuerdo a lo dispuesto en dicho Reglamento; Que, la Gerencia General de Transporte MORDAZA mediante Informe Nº 099-2009-MPC-GGTU, senala que el MORDAZA Reglamento Nacional de MORDAZA Codigo de
MORDAZA, proximo a entrar en vigencia establece en su articulo 162º y siguientes los limites maximos de velocidad en las vias publicas, aplicables a los desplazamientos de vehiculos; Que, la Municipalidad Provincial del Callao, viene llevando a cabo la modernizacion de los sistemas electronicos de MORDAZA, a traves de la realizacion de estudios tecnicos e instalacion de equipamientos electronicos de monitoreo de flujo vehicular, fijando limites de velocidad diferente a los establecidos en el articulo 162º del MORDAZA Reglamento Nacional de MORDAZA Codigo de Transito; cuya observancia por parte de los conductores ha logrado disminuir o desaparecer en algunos casos, los accidentes de MORDAZA que en su oportunidad fueron materia de analisis por la Secretaria Tecnica del Consejo de Transporte de MORDAZA y Callao, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el MORDAZA Reglamento Nacional de MORDAZA Codigo de MORDAZA, en su articulo 167º mantiene la atribucion de la autoridad competente de establecer en casos especificos otros limites de velocidad a los senalados por el articulo 162º, en razon a las condiciones y caracteristicas geometricas de las vias, condiciones metereologicas, volumenes y composicion del MORDAZA, asi como de la necesidad de proteger la seguridad vial en pasos a nivel, intersecciones, establecimientos educativos o deportivos y otros, para lo cual debe instalar la correspondiente senalizacion; Que, los limites maximos de velocidad establecidos por los Decretos de Alcaldia Nº 000006-2008, Decreto de Alcaldia Nº 000005-2008, Decreto de Alcaldia Nº 000037-2007, Decreto de Alcaldia Nº 000038-2007 y Decreto de Alcaldia Nº 000032-2007, se fundamentan en las consideraciones senaladas en el considerando precedente, razon por la cual deben continuar rigiendo con la finalidad de garantizar la seguridad de los usuarios de la via publica; Estando a las consideraciones expuestas, con la visacion de la Gerencia General de Transporte MORDAZA y Gerencia General de Asuntos Juridicos y Conciliacion, y en ejercicio de las facultades que confiere al senor MORDAZA el articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR los limites maximos de velocidad en las siguientes vias y tramos de la via, conforme a lo siguiente: - Av. La MORDAZA en 60 km/h, con excepcion de la cuadra 11 que se fija en 45 km/h. - Av. Venezuela en 60 km/h, con excepcion de la cuadra 21 que se fija en 45 km/h. - Av. MORDAZA R. MORDAZA (ex. Av. Colonial) en 60 km/h, con excepcion de la cuadra 51 que se fija en 45 km/h. - Av. MORDAZA Faucett en 60 km/h, con excepcion del tramo comprendido por la via expresa que se fija en 80 km/h. - Av. MORDAZA Chalaca en 60 km/h. - Av. Canta Callao en 60 km/h. - Av. MORDAZA Valles en 60 km/h. - Av. Pacasmayo en 60 km/h. - Av. MORDAZA Duarez en 60 km/h, con excepcion del tramo comprendido entre la Av. Faucett y el limite provincial que se fija en 55 km/h. - Av. MORDAZA Gambetta en 55 km/h, con excepcion del tramo comprendido desde el Rio Chillon hasta la subida de la Pampilla que se fija en 80 km/h. - Av. Japon (ex Av. Bertello) en 55 km/h. - Av. Prolongacion Peru en 55 km/h. - Av. MORDAZA Pena en 35 km/h. Articulo Segundo.- Los limites maximos de velocidad correspondiente a las avenidas, calles y jirones no comprendidos expresamente en el articulo primero del