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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de julio de 2009 399128 actas, los cuales serán elegidos de entre sus miembros, en la sesión de instalación. Artículo 31º.- Las Comisiones, de requerirlo, serán apoyadas por el funcionario de mayor nivel en el área de su competencia, con voz y sin voto; el que a su vez informará y asesorará en los temas que le soliciten. Artículo 32º.- Las Comisiones Ordinarias se reúnen en Sesiones Ordinarias por lo menos una vez al mes, en el día y hora que fijen sus miembros; y, en Sesiones Extraordinarias cuando las convoque su Presidente. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Deróguese la Ordenanza Nº 134-2008- MDPH y cualquier norma municipal que se opongan al presente Reglamento Interno de Concejo Municipal. Segunda.- Esta Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. 371401-2 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Prorrogan fechas de actividades establecidas en el Cronograma del D.A. Nº 003-2009-MDSL DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007- 2009-MDSL San Luis, 8 de julio de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Nº 082-2008-MDSL, del 12.06.08, se aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo en la Municipalidad Distrital de San Luís, Que, en los Artículos Primero, Tercero y Cuarto de las Disposiciones Complementarias y fi nales de la ordenanza antes mencionada, faculta al Alcalde a dictar, mediante Resolución o Decreto, las normas complementarias y reglamentarias en el Proceso Participativo, le faculta convocar a los agentes participantes en el Proceso Participativo, utilizando los medios de comunicación masiva, y le faculta establecer el cronograma del mismo mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 003-2009- MDSL, modifi cado por el Decreto de Alcaldía Nº 005- 2009-MDSL se aprobó el Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo 2010; Que, a mérito de la Carta de los agentes participantes de fecha 30.06.09 y el Informe Nº 001- 2009- MDSL-ET emitido por el Equipo Técnico a través del cual fundamentalmente se efectúa la aclaración correspondiente de los hechos indicados por dichos agentes y sugiere la prorroga y continuación del Taller de Presupuesto Participativo, además de la publicación de la disposición que lo autorice; Que, evaluada la propuesta efectuada por el Equipo Técnico este Despacho acoge las sugerencias hechas, teniendo en cuenta la fi nalidad establecida en el Artículo 2º de la Ordenanza antes mencionada; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º y el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR las fechas de las actividades establecidas en el Cronograma del Decreto de Alcaldía Nº 003-2009-MDSL a partir de la formalización de los acuerdos y elección del Comité de Vigilancia y Control 2010, conforme al siguiente detalle: 10 Formalización de los Acuerdos y Elección de Comité de Vigilancia y Control 2010 (11/07/2009 desde las 10:00 a.m.) Auditorio Municipal 10.1 Formalización y Suscripción del Acta de Acuerdos y Compromisos 11 Aprobación de los Acuerdos Adoptados y Presupuesto Participativo 2010 (del 13/07/2009 al 16/07/2009) 11.1 Sesión del Consejo de Coordinación Local Distrital 11.2 Sesión del Concejo Municipal. 12 Registro y envío de información a los órganos rectores (del 17/07/2009 al 22/07/2009) 12.1 Registro del proceso en el Portal de Transparencia del Ministerio de Economía y Finanzas. 12.2 Remisión del documento presupuesto participativo a la Dirección Nacional del Presupuesto Público del MEF. Artículo Segundo.- CONVOCAR a los Agentes acreditados en el Presupuesto Participativo 2010 de la Municipalidad Distrital de San Luis, a efectos de concluir el presente Proceso Participativo, según los considerandos antes expuestos. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Presidente del Equipo Técnico del Presupuesto Participativo 2010, el cumplimiento de la presente resolución, a la Sub Gerencia de Imagen y Participación Vecinal su difusión a través de la página Web de la Entidad y a Secretaría General la publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 372056-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 11-2009-MSS Santiago de Surco, 14 de julio de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO CONSIDERANDO: Que, el 28 de julio del año en curso, se conmemora el centésimo octogésimo octavo Aniversario de la Independencia Nacional del Perú; Que, con motivo de resaltar el mes de Aniversario Patrio, se requiere de la participación conjunta de los vecinos, instituciones públicas, privadas, Iglesias y establecimientos comerciales de nuestra jurisdicción, a fi n de expresar nuestro espíritu cívico patrio, mediante el Embanderamiento General del distrito; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 20º inciso 6) y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL de las viviendas, locales públicos y privados del Distrito de Santiago de Surco, desde las 00:00 horas del día 15 de julio hasta las 24 horas del día 31 de julio del año en curso, con ocasión de conmemorarse el centésimo octogésimo octavo Aniversario de nuestra Independencia. Artículo Segundo.- Los Pabellones Nacionales y Banderas a instalarse en las viviendas, locales