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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2009 (15/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de julio de 2009 399122 premio, a fi n de que se cumpla con el protocolo que norma el sorteo. V.- DE LOS GANADORES Y ENTREGA DE PREMIOS Los que resulten ganadores, en caso de ser personas naturales, deben de acreditar su identidad mediante Documento Nacional de Identidad. Para las personas jurídicas, poder debidamente inscrito en los Registros Públicos y copia del RUC. La entrega es personal, previa verifi cación del código de contribuyente, pudiendo ser ésta realizada durante el sorteo, de encontrarse presente el ganador, contando con la conformidad del Notario y del representante del Ministerio del Interior. De no encontrarse presente el ganador, la entrega se notifi cará realizará en el domicilio fi scal del contribuyente cuyo código corresponda al número ganador. Los así notifi cados deberán presentarse personalmente ante la Gerencia de Rentas de lunes a viernes en horario de ofi cina, la cual gestionará el retiro del Almacén el premio a entregar, mediante el acta correspondiente con la suscripción y asentamiento de huella digital del índice derecho del favorecido y suscripción de guía de entrega de premio. VI.- CASOS ESPECIALES EN LA ENTREGA DEL PREMIO En caso que el contribuyente, cuyo código corresponda al número ganador, hubiere fallecido, podrán solicitar la entrega del premio, quienes acrediten ser herederos mediante Sucesión Intestada o Declaratoria de Herederos. Adicionalmente, en estos casos, previo a la entrega del premio, los herederos con anterioridad al sorteo deberán haber regularizado la condición de propiedad y situación tributaria, mediante el procedimiento correspondiente ante la Subgerencia de Administración Tributaria. En caso de que el ganador se encontrase impedido de asistir personalmente a recoger el premio obtenido, podrá efectuarlo a través de un tercero debidamente premunido de la autorización correspondiente, mediante poder notarial la persona autorizada se apersonará portando el poder descrito y original de su Documento Nacional de Identidad. Cualquier circunstancia no contemplada en estas bases, será resuelta por la Gerencia Municipal, sin que su decisión sea objeto de queja o impugnación. VII.- PLAZO PARA RECOGER EL PREMIO Los ganadores del sorteo podrán recoger los premios hasta el 31 de agosto de 2009. Dicho plazo es improrrogable. VIII.- DESTINO DEL PREMIO NO RECOGIDO. En caso que el ganador debidamente notifi cado, no haya reclamado y/o recogido el premio dentro del plazo descrito precedentemente, el mismo pasará a constituir patrimonio de la Municipalidad de Carabayllo. IX.- PUBLICACION DE GANADOR DEL SORTEO La publicación del contribuyente ganador del premio sorteado, será al día hábil siguiente del evento y, será a través de los siguientes medios: - Publicación en las sedes de la Municipalidad de Carabayllo. - Publicación en la Página Web de la Municipalidad de Carabayllo. - Publicación en un diario de circulación nacional. X.- NO PARTICIPAN DEL SORTEO No podrán participar del sorteo, el Alcalde, los Regidores, los Funcionarios y los Trabajadores de la Municipalidad en cualquiera de sus modalidades. 372072-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA Nº 184 La Molina, 2 de julio de 2009 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 13 de las Comisiones de Asuntos Jurídicos y de Administración, Rentas, Presupuesto e Informática, respecto a la propuesta para modifi car el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Molina; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, recoge en su artículo 194º el principio de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, del que gozan las Municipalidades Provinciales y Distritales, como órganos de Gobierno Local; Que, asimismo, la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 en su artículo 40º, concordado con el numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú, establece que las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante la Ordenanza Nº 140-MDLM se aprobó la Estructura Orgánica de la Municipalidad y el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, habiendo sido modifi cada mediante las Ordenanzas Nº 144-MDLM, Nº 148-MDLM, Nº 163-MDLM, Nº 172-MDLM y Nº 175-MDLM; Que, siendo necesario consolidar todas las modifi caciones antes señaladas, se emitió el Decreto de Alcaldía Nº 004-2009-MDLM publicada el 09 de abril del 2009, aprobando el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de La Molina; Que, sin embargo, en virtud de las facultades delegadas dictadas por el Congreso de la República, se emitió el Decreto Legislativo Nº 1068 que crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado, con la fi nalidad de fortalecer, unifi car y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones, modifi cando ciertas facultades y funciones a las Procuradurías Públicas Municipales; Que, asimismo, es necesario modifi car también el Reglamento de Organización y Funciones en lo que concierne a las atribuciones de la Ofi cina de Fiscalización y Control, unidad orgánica ejecutiva por naturaleza, que requiere se le brinde las facultades necesarias para agilizar sus funciones de control municipal; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA Artículo Primero.- MODIFÍQUESE los artículos 19º, 20º y 53º de la Ordenanza Nº 140-MDLM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de La Molina, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 004-