Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2009 (17/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de MORDAZA de 2009

Que, en virtud a lo senalado por el referido Oficio Nº 2923-2009-PRODUCE/DGEPP-Dchi, se solicita a la empresa CFG INVESTMENT S.A.C., que cumpla con el pago de la deuda pendiente que se ha generado como consecuencia de las sanciones de multa que se han impuesto por la operacion de la embarcacion pesquera SIMY 3 de matricula Nº CO-05580-PM; respecto a dicha requerimiento la empresa solicitante manifiesta que el referido Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, no es aplicable a su solicitud, toda vez que el transferente [inmediato] de la nave, es decir, la empresa MORDAZA S.A.C. no contaba con multas pendientes de pago; Que, sobre lo manifestado por la empresa solicitante, cabe indicar que el MORDAZA parrafo del citado Articulo 34º, introducido a traves del Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, tiene como objetivo asegurar el cumplimiento de las obligaciones pendientes de pago que mantengan los transferentes de embarcaciones pesqueras por concepto de multas impuestas por la administracion; en este sentido, el supuesto que restringe el cambio de titularidad en caso de existir multas pendiente de pago, no se encuentra referido solo al transferente inmediato de la embarcacion pesquera, sino tambien a los predecesores, toda vez que la MORDAZA no hace distincion alguna en dicho sentido, por lo que la referencia en forma generica a los transferentes, implica la cadena sucesoria desde propietario original; Que, de acuerdo a lo informado mediante Oficio Nº 3432009-PRODUCE/OGA/OEC, a la fecha existe una multa pendiente de pago ascendiente 83,075.62 Nuevos Soles, que se ha generado como consecuencia de la operacion de la embarcacion pesquera SIMY 3 de matricula Nº CO05580-PM; en tal sentido, dado que la empresa solicitante no cumple con el requisito 6 establecido en el Procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, corresponde declarar improcedente la solicitud de cambio de titular planteada; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 330-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi, Informe Nº 015-2009-PRODUCE/ OGAJ-jiris y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "SIMY 3" de matricula Nº CO-05580-PM, presentada por CFG INVESTMENT S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

RELACIONES EXTERIORES
Dan termino a nombramiento de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Italiana
RESOLUCION SUPREMA Nº 229-2009-RE
MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2009 Vista la Resolucion Suprema Nº 074-2009-RE, que nombro Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Italiana, al senor MORDAZA MORDAZA Rey; Vista la Resolucion Ministerial Nº 0343-2009-RE, que fijo el 01 de MORDAZA de 2009, como la fecha en que el citado funcionario debio asumir funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Italiana; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico; y el articulo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar termino al nombramiento del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Italiana, con efectividad al 11 de MORDAZA de 2009. Articulo 2º.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Articulo 3º.- Darle las MORDAZA por los importantes servicios prestados a la Nacion en el desempeno de sus funciones. Articulo 4º.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

373648-5

Dan termino a nombramiento de Embajador concurrente ante la Republica de Turquia y ante la Republica de San MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 230-2009-RE
MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 1732009-RE, se nombro al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Italiana, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que se desempene simultaneamente como Embajador Concurrente ante la Republica de Turquia, con residencia en la MORDAZA de MORDAZA, Republica Italiana; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 174-2009-RE, se nombro al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Italiana, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que se desempene simultaneamente como Embajador Concurrente ante la Republica de San MORDAZA, con sede en la MORDAZA de MORDAZA, Republica Italiana; Que, por necesidad del servicio, se requiere dar termino al nombramiento como Embajador concurrente ante la Republica de Turquia y ante la Republica de San MORDAZA, con residencia en la MORDAZA de MORDAZA, Republica Italiana, que viene ejerciendo el citado funcionario;

372684-5

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