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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2009 (17/07/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de julio de 2009 399183 General de Salud de las Personas y el Informe Nº 574-2009- OGAJ/MINSA de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 326-2009/MINSA, se aprueba la Guía Técnica: “Guía de Práctica Clínica para el diagnóstico y tratamiento de Infl uenza por virus A H1N1” cuyo objetivo es establecer las pautas que guíen la atención, diagnóstico y tratamiento de los casos de infl uenza por virus A H1N1, en los establecimientos de salud del país y disminuyan el riesgo de contagio en los contactos en particular y en la población en general; Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 952-2005/ MINSA se conforma el Comité Ejecutivo a que se refi ere el “Plan Nacional de Preparación y Respuesta frente a una Potencial Pandemia de Infl uenza”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 854-2005/MINSA, encargado de revisar y evaluar permanentemente dicho Plan, así como de convocar al Comité de Apoyo Técnico y al Comité Multisectorial, y de conducir las actividades de contingencia en situación de actividad epidémica, entre otras funciones indicadas en el mencionado Plan Nacional; Que, mediante el documento del visto, la Dirección General de Salud de las Personas comunica que el mencionado Comité Ejecutivo, ha recomendado la modifi catoria de la Guía Técnica: “Guía de Práctica Clínica para el diagnóstico y tratamiento de Infl uenza por virus A H1N1”; Que, la propuesta modifi catoria se basa en la elevación del nivel de alerta de fase 5 a fase 6 de la pandemia determinada por la Organización Mundial de la Salud, la forma en que se vienen extendiendo en el mundo y en nuestro país los casos de infl uenza por virus AH1N1 y la necesidad de establecer reglas adecuadas para el manejo de casos en relación al tratamiento antiviral; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas; Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 – Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Adicionar como último párrafo del numeral 6.2.2. de la Guía Técnica: “Guía de Práctica Clínica para el diagnóstico y tratamiento de Infl uenza por virus A H1N1” aprobado por Resolución Ministerial N° 326-2009/MINSA, el siguiente texto: “6.2.2. Criterios de diagnóstico: (…) Virológico: (…) Consideraciones del diagnóstico virológico (confi rmación laboratorial) según escenario epidemiológico: En los lugares donde no haya mayor incidencia, se deberá continuar realizando la confi rmación laboratorial a los casos sospechosos. En los lugares donde la incidencia es alta, de modo tal que indique transmisión sostenida comunitaria (etapa de mitigación), se procederá a la confi rmación laboratorial en los casos siguientes: - pacientes hospitalizados en las áreas de aislamiento de infl uenza. - pacientes con Infección respiratoria aguda grave (IRAG) Las muestras de hisopado nasal y faríngeo serán remitidas por la autoridad de salud correspondiente, a los laboratorios autorizados por el Instituto Nacional de Salud, para su procesamiento.” Artículo 2º.- La Dirección General de Salud de las Personas, la Dirección General de Epidemiología y el Instituto Nacional de Salud, se encargarán de la difusión de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3º.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud o las que hagan sus veces en el nivel regional, son responsables de la implementación, difusión, supervisión y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones. Artículo 4º.- La Ofi cina General de Comunicaciones dispondrá la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal de Internet del Ministerio de Salud, en la dirección: http://minsa.gob.pe/portada/transparencia/ normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 372686-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan representante del Ministerio ante el Grupo de Trabajo Multisectorial de carácter temporal encargado de elaborar las propuestas encaminadas a mejorar el desarrollo de las actividades de la minería artesanal en el marco de la legislación vigente RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 183-2009-TR Lima, 16 de julio de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 206-2009- PCM del 12 de mayo de 2009, se constituyó un Grupo de Trabajo Multisectorial, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter temporal encargado de elaborar las propuestas encaminadas a mejorar el desarrollo de las actividades de la minería artesanal en el marco de la legislación vigente, el mismo, que está conformado, entre otros miembros, por un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quién será designado por Resolución Ministerial de su Titular; Que, el artículo 4º de la citada resolución, prescribe que el Grupo de Trabajo Multisectorial tendrá un plazo de treinta (30) días calendario para cumplir con las labores encomendadas, plazo que mediante Resolución Ministerial Nº 283-2008-PCM del 30 de junio de 2009, fue ampliado por cuarenta (40) días calendario adicionales; Que, en ese sentido, mediante Resolución Ministerial Nº 128-2009-TR del 21 de mayo de 2009, se designó a la doctora Manuela Esperanza García Cochagne, Directora Nacional de Relaciones de Trabajo, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Grupo de Trabajo Multisectorial de carácter temporal encargado de elaborar las propuestas encaminadas a mejorar el desarrollo de las actividades de la minería artesanal en el marco de la legislación vigente, constituida por Resolución Ministerial Nº 206-2009-PCM; Que, mediante Resolución Suprema Nº 172-2009-PCM del 11 de julio de 2009, se nombró a la doctora Manuela Esperanza García Cochagne, como Ministra de Estado en el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en atención a las consideraciones expuestas, corresponde dar por concluida la designación a que se refi ere el tercer considerando de la presente resolución, y designar al nuevo representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Grupo de Trabajo Multisectorial de carácter temporal encargado de elaborar las propuestas encaminadas a mejorar el desarrollo de las actividades de la minería artesanal en el marco de la legislación vigente, constituida por Resolución Ministerial Nº 206-2009-PCM; Con la visación del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de