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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de julio de 2009 399182 Visto el Decreto Supremo Nº 036-2009-RE, publicado el 2 de julio de 2009, mediante el cual se crea el Consulado del Perú en la ciudad de Belgrado, República de Serbia, con circunscripción en toda la citada República; Con la opinión favorable de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Embajada del Perú en Rumania; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; en los artículos 105º al 109º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE del 05 de octubre de 2005; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar al señor Miodrag Coliü como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Belgrado, República de Serbia, con circunscripción en toda la citada República. Artículo 2º.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 373648-9 Autorizan al SENASA el pago de cuota a la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 234-2009-RE Lima, 16 de julio de 2009 VISTO: El ofi cio Nº 791-2009-AG-SENASA, de fecha 26 de junio de 2009, del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de cuotas y adeudos al año 2009 a la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE); CONSIDERANDO: Que el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas y adeudos al año 2009 a la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE); Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) a efectuar el pago de EUR 17,151.96 (Diecisiete mil ciento cincuentiuno y 96/100 euros) a la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), por concepto de cuotas y adeudos al año 2009. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA). Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 373648-10 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 215-2009-RE Mediante Ofi cio Nº 482-2009-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 215-2009-RE, publicada en nuestra edición del día 8 de julio de 2009. En los considerandos: DICE: “Habiéndose suscrito el 12 de diciembre de 2008, en la ciudad de Lima, República del Perú, el Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable NºATN/WP-11229- PE “Regularización de los Derechos de Uso de Agua en Pequeñas Comunidades como parte de la Estrategia para la Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos”; DEBE DECIR: “Habiéndose suscrito el 19 de diciembre de 2008, en la ciudad de Lima, República del Perú, el Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable NºATN/WP-11229- PE “Regularización de los Derechos de Uso de Agua en Pequeñas Comunidades como parte de la Estrategia para la Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos”; En la parte resolutiva: DICE: “1.- En vía de regularización delegar en la persona del señor doctor Carlos Leyton Muñoz, Ministro de Agricultura, las facultades sufi cientes para suscribir en representación del Gobierno del Perú, el Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable NºATN/WP-11229-PE “Regularización de los Derechos de Uso de Agua en Pequeñas Comunidades como parte de la Estrategia para la Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos”, suscrito el 12 de diciembre de 2008.” DEBE DECIR: “1.- En vía de regularización delegar en la persona del señor doctor Carlos Leyton Muñoz, Ministro de Agricultura, las facultades sufi cientes para suscribir en representación del Gobierno del Perú, el Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable NºATN/WP-11229-PE “Regularización de los Derechos de Uso de Agua en Pequeñas Comunidades como parte de la Estrategia para la Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos”, suscrito el 19 de diciembre de 2008.” 373650-1 SALUD Adicionan párrafo al numeral 6.2.2 de la Guía Técnica: “Guía de Práctica Clínica para el diagnóstico y tratamiento de Influenza por virus A H1N1” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 469-2009/MINSA Lima, 14 de julio del 2009 Visto el Expediente Nº 09-053881-001, que contiene el Memorando Nº 2171-2009-DGSP/MINSA de la Dirección