Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2009 (17/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de MORDAZA de 2009

la clasificacion general prevista en la Ley, a lo dispuesto en el Reglamento, normas complementarias y al respectivo contrato de concesion; el Ministerio tendra a su cargo el registro de los servicios que brinde cada concesionario, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Reglamento; Que, el articulo 53º del dispositivo legal en mencion, dispone que en un mismo contrato de concesion el Ministerio otorgara el derecho a prestar todos los servicios publicos de telecomunicaciones; Que, el articulo 121º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, dispone que los servicios portadores, finales y de difusion de caracter publico, se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites que establecen la Ley y el Reglamento y se perfecciona por contrato escrito aprobado por el Titular del Ministerio; Que, el articulo 143º de la citada MORDAZA senala que el otorgamiento de la concesion unica confiere al solicitante la condicion de concesionario para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones establecidos en la legislacion; Que, en caso la empresa requiera prestar servicios adicionales al servicio portador local en las modalidades conmutado y no conmutado, debera cumplir con lo establecido en el articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, y solicitar al Ministerio la inscripcion de dichos servicios en el registro habilitado para tal fin, los mismos que se sujetaran a los derechos y obligaciones establecidos en el contrato de concesion unica y en la ficha de inscripcion en el registro que forma parte de el; Que, mediante Informe Nº 436-2009-MTC/27 la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, senala que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion unica solicitada para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa WI-NET PERU S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y sus modificatorias, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002MTC, actualizado por Resolucion Ministerial Nº 644-2007MTC/01 y sus modificatorias; Con la opinion favorable de la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa WI-NET PERU S.A.C., concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru, estableciendose como primer servicio a prestar, el servicio portador local en las modalidades conmutado y no conmutado. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa WI-NET PERU S.A.C., para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas y forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.-Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2º de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion y con presentar la carta fianza que asegure el inicio de la prestacion del servicio.

Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

372605-2

Designan Ministerio

fedatario

titular

del

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 501-2009-MTC/01
MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2009 VISTOS: El Memorandum Nº 1550-2009-MTC/15 de la Direccion General de Transporte Terrestre; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, en el articulo 127 numeral 1) establece que cada entidad designara fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepcion documental, en numero proporcional a sus unidades de atencion, quienes sin exclusion de sus labores ordinarias, brindan gratuitamente sus servicios a sus administrados; Que, el articulo 128, de la MORDAZA MORDAZA citada establece que, la facultad para realizar autenticaciones atribuidas a los fedatarios no afecta la potestad administrativa de las autoridades para dar fe de la autenticidad de los documentos que ellos mismos hayan emitido; Que, el numeral 5.2 de la Directiva Nº 003-2004MTC/04 - Directiva sobre Funciones, Obligaciones y Responsabilidades del Fedatario del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobada por Resolucion Secretarial Nº 176-2004 MTC/04, dispone que de acuerdo a las necesidades y cantidad de documentos para la atencion que MORDAZA presentados por los administrados, podran designarse los Fedatarios, titulares y suplentes, que se requieran para el servicio por un periodo de dos anos, plazo que podra ser prorrogado; Que, con Memorandum Nº 1550-2009-MTC/15, de fecha 15 de MORDAZA de 2009, la Direccion General de Transporte Terrestre, solicita se tramite la designacion de un fedatario adicional para la Direccion de Supervision, Fiscalizacion y Sanciones, sustentando su pedido en la cantidad de documentos que tiene a su cargo; De conformidad con lo establecido la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones de Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar como fedatario titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, al senor MORDAZA MORDAZA Yaipen Quispe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

372585-1

Aprueban Manual de Usuario del Registro Nacional de Sanciones Sistema de Licencias de Conducir por Puntos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 512-2009-MTC/02
MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2009

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