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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de julio de 2009 399202 Regístrese, notifíquese1 y comuníquese a la Intendencia Nacional de Sistemas de Información para los fi nes pertinentes. FELIPE EDUARDO IANNACONE SILVA Intendente Regional Intendencia Regional Lima 1 Conforme al artículo 2° de la Ley Nº 29135, la presente Resolución podrá ser impugnada de acuerdo a Ley de Procedimientos Administrativo General, Ley Nº 27444. 372578-1 RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 024-024-0006756/SUNAT Lima, 2 de julio del 2009 VISTO el resultado de la fi scalización de tributos laborales: Essalud (5210), O.N.P. (5310) y Renta 5ta. Categoría (3052) efectuada al contribuyente BLASCONS S.A., con RUC 20193087231, debidamente representado por el señor Rafael Gonzáles Robert Blas con DNI 06720755 y con domicilio fi scal en Pasaje 27 de Noviembre N° 121, Distrito de Breña, Provincia de Lima, Departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el artículo 5° de la Ley General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, aprobada por el Decreto Legislativo N° 501, modifi cado por el artículo 1° de la Ley N° 27334, la SUNAT ejerce las funciones de administración de las aportaciones al Seguro Social de Salud - ESSALUD y de la Ofi cina de Normalización Previsional - ONP; Que, mediante los incisos a), b) y c) del artículo 4° del reglamento de la Ley N° 27334, aprobado por el Decreto Supremo N° 039-2001-EF, la SUNAT proporcionará al ESSALUD y ONP, según corresponda: a) El Registro de Entidades Empleadoras: contribuyentes y/o responsables de las Aportaciones a la Seguridad Social; b) El Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD; y c) El Registro de Afi liados Obligatorios y Facultativos ante la ONP. Que, asimismo el primer párrafo del artículo 5° y del artículo 12° del Decreto Supremo N° 039-2001-EF, establecieron que la administración de las Aportaciones a la Seguridad Social, incluye lo relacionado a la inscripción y/o declaración de las entidades empleadoras y de sus trabajadores y/o pensionistas, sin distinción del período tributario, para lo cual corresponde a la SUNAT la elaboración y aprobación de las normas y los procedimientos necesarios para llevar a cabo dicha función; Que, de la fi scalización efectuada y de acuerdo con el Informe Nº 042-2009-SUNAT/2I0306 cuyos fundamentos se reproducen, en aplicación de la Ley N° 26790 – Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728 – Ley de Productividad y Competitividad y del Decreto Ley N° 19990 – Sistema Nacional de Pensiones de la Seguridad Social, se ha determinado que el contribuyente BLASCONS S.A., con RUC 20193087231, según los Resultados de los Requerimientos: 0221070002193 y 0222070005705 no acredita documentaria y fehacientemente contar con trabajadores a su cargo con vinculación laboral; asimismo, no acredita realizar actividad económica alguna. Que, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo N° 501 Ley General de la SUNAT y normas modifi catorias y complementarias, el inciso a) del articulo 15º y los incisos c) y p) del Art. 49º de Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria aprobado mediante el artículo 1º del Decreto Supremo N° 115-2002-PCM de fecha 23 de octubre del 2002, Resoluciones de Superintendencia N° 190-2002/SUNAT de fecha 31 de diciembre de 2002, Nº 234-2008/SUNAT de fecha 29 de diciembre del 2008 y Resolución de Superintendencia Nacional de Tributos Internos N° 034-2006/SUNAT de fecha 27 de septiembre del 2006; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar la baja de ofi cio en el: a) Registro de Entidades Empleadoras al contribuyente BLASCONS S.A. identifi cado con RUC Nº 20193087231, responsable de las aportaciones a la Seguridad Social; por los períodos enero 2005 hasta diciembre 2005. b) Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante ESSALUD a las siguientes personas: Datos de la persona dada de baja Períodos a dar de baja Documento de Identidad Apellidos Nombres Del Al N° Orden DNI N° Paterno Materno 01 06720755 Rafael Gonzales Robert Blas 01/01/2005 31/12/2005 02 06733348 Rafael Gonzales Emma Constanza 01/01/2005 31/12/2005 03 07630454 Saldarriaga Reyes Mariela Haydee 01/01/2005 31/12/2005 04 41300937 Acho Rivera Julissa Catherine 01/01/2005 31/12/2005 05 42164851 Pacheco Palomino Georgina 01/01/2005 31/12/2005 06 42881371 Tarazona Díaz Giovanna del Pilar 01/01/2005 31/12/2005 07 06748333 Meliton Montoya Esther Myriam 01/01/2005 31/12/2005 08 07288346 Camarena Carhuancho Dionisia 01/01/2005 31/12/2005 09 07636459 Ortiga Collas Marco Enrique 01/01/2005 31/12/2005 Regístrese, notifíquese1 y comuníquese a la Intendencia Nacional de Sistemas de Información para los fi nes pertinentes. FELIPE EDUARDO IANNACONE SILVA Intendente Regional Intendencia Regional Lima 1 Conforme al artículo 2° de la Ley Nº 29135, la presente Resolución podrá ser impugnada de acuerdo a Ley de Procedimientos Administrativo General, Ley Nº 27444. 372578-2 RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 024-024-0006755/SUNAT Lima, 2 de julio de 2009 VISTO el resultado de la fi scalización de tributos laborales: Essalud (5210), O.N.P. (5310) y Renta 5ta. Categoría (3052) efectuada al contribuyente BLASCONS S.A., con RUC 20193087231, debidamente representado por el señor Rafael Gonzáles Robert Blas con DNI 06720755 y con domicilio fi scal en Pasaje 27 de Noviembre N° 121, Distrito de Breña, Provincia de Lima, Departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el artículo 5° de la Ley General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, aprobada por el Decreto Legislativo N° 501, modifi cado por el artículo 1° de la Ley N° 27334, la SUNAT ejerce las funciones de administración de las aportaciones al Seguro Social de Salud - ESSALUD y de la Ofi cina de Normalización Previsional - ONP; Que, mediante los incisos a), b) y c) del artículo 4° del reglamento de la Ley N° 27334, aprobado por el Decreto Supremo N° 039-2001-EF, la SUNAT proporcionará al ESSALUD y ONP, según corresponda: a) El Registro de Entidades Empleadoras: contribuyentes y/o responsables de las Aportaciones a la Seguridad Social; b) El Registro de Asegurados Titulares y Derechohabientes ante el ESSALUD; y c) El Registro de Afi liados Obligatorios y Facultativos ante la ONP. Que, asimismo el primer párrafo del artículo 5° y del artículo 12° del Decreto Supremo N° 039-2001-EF, establecieron que la administración de las Aportaciones a la Seguridad Social, incluye lo relacionado a la inscripción y/o declaración de las entidades empleadoras y de sus trabajadores y/o pensionistas, sin distinción del período tributario, para lo cual corresponde a la SUNAT la elaboración y aprobación de las normas y los procedimientos necesarios para llevar a cabo dicha función; Que, de la fi scalización efectuada y de acuerdo con el Informe Nº 040-2009-SUNAT/2I0306 cuyos fundamentos se reproducen, en aplicación de la Ley N° 26790 – Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, del Texto