Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2009 (24/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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los Gobiernos Regionales para el ciclo de transferencia 2008, y el articulo 14° del Decreto Legislativo N° 1026, los Gobiernos Regionales y Locales deben adecuar en lo que corresponda sus documentos de gestion a fin de garantizar el ejercicio ordenado y eficaz de las funciones transferidas. 10.3. Los Ministerios adecuaran sus documentos de gestion que fuesen necesarios en el MORDAZA de la normatividad vigente. La Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros brindara el apoyo tecnico a dicho fin. Articulo 11°.-Transferencia de funciones del Articulo 62° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, en materia de Administracion y Adjudicacion de Terrenos de propiedad del Estado. 11.1 Autoricese al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a realizar, por excepcion, las acciones conducentes a la aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en el MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 011-2008-VIVIENDA, por el cual se declaro en reorganizacion a dicho ente rector, por el plazo de ciento veinte (120) dias. 11.2 Por lo tanto, deroguese lo dispuesto en el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 025-2008-PCM, por el cual se prorrogo el plazo para la transferencia a los Gobiernos Regionales de las funciones previstas en el Articulo 62° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, en materia de Administracion y Adjudicacion de Terrenos de propiedad del Estado; quedando, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en merito a esta disposicion, en situacion de continuar con dicho MORDAZA de transferencia, el mismo que se encuentra en su etapa final de efectivizacion, normado y regulado por la Directiva N° 003-2008PCM/SD, aprobada por la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 044-2008-PCM/SD. Articulo 12°.- Transferencia de la funcion e) del Articulo 61° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, referida a promover y apoyar la educacion y seguridad vial La transferencia de la funcion e) del Articulo 61° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, referida a promover y apoyar la educacion y seguridad vial, es responsabilidad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Articulo 13°.- Transferencia de las funciones del Articulo 53° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, referida a materia ambiental y de ordenamiento territorial La transferencia de las funciones del Articulo 53° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, referida a materia ambiental y de ordenamiento territorial, es responsabilidad de la Presidencia del Consejo de Ministros, en coordinacion con el Ministerio del Ambiente, acorde a lo senalado en el Plan. Articulo 14°.- De los Planes Sectoriales de Transferencia de Mediano Plazo Los Ministerios con competencias y funciones a transferir a los Gobiernos Regionales y Locales propondran a mas tardar el 31 de diciembre del ano 2009, su respectivo Plan Sectorial de Transferencia de Mediano Plazo a que hace referencia el articulo 11° de la Ley N° 28273, Ley del Sistema de Acreditacion de Gobiernos Regionales y Locales, para lo cual la Secretaria de Descentralizacion queda facultada para emitir la directiva correspondiente. Dicho plan debera contener la estrategia plurianual sectorial para el fortalecimiento y consolidacion de la Gestion Descentralizada con base a los aprendizajes y avances desarrollados en el ano 2009. Articulo 15°.- Disposicion Complementaria 15.1 La Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, queda facultada para establecer, mediante las resoluciones que emite, disposiciones que faciliten la adecuada ejecucion de los Planes Anuales de Transferencia en curso. Podran

incorporarse en el presente plan, otras funciones, fondos, programas, proyectos, empresas y activos, a propuesta de los Sectores del Gobierno Nacional, a partir de la modificacion de los Planes Anuales Sectoriales de Transferencia para el ano 2009, la que debera ser comunicada a la Secretaria de Descentralizacion para su tramitacion acorde al MORDAZA normativo vigente. 15.2 La Secretaria de Descentralizacion emitira un informe de avance semestral a ser presentado al Consejo de Ministros sobre los problemas, alternativas de solucion y recomendaciones resultantes del seguimiento de los Planes Anuales de Transferencia aprobados, en el MORDAZA de las responsabilidades establecidas en el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM. 15.3. Todos los fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros recursos a ser transferidos a los Gobiernos Regionales y Locales, deberan estar debidamente asociadas a las funciones especificas establecidas en la Ley Organica de Gobiernos Regionales y la Ley Organica de Municipalidades. La Secretaria de Descentralizacion emitira las disposiciones necesarias y pertinentes. Articulo 16°.- Derogatoria y vigencia Quedan derogadas todas las normas que se opongan al presente Decreto Supremo, el mismo que rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 17°.- Publicacion El presente Decreto Supremo y su anexo, el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2009", seran publicados en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 18°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros

PLAN ANUAL DE TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS SECTORIALES A LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES DEL ANO 2009 ANEXO ­ DECRETO SUPREMO Nº 047-2009-PCM MORDAZA ENFOQUE ORIENTADO A FORTALECER EL EJERCICIO DE LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES TRANSFERIDAS CONTENIDO MORDAZA Capitulo I. Balance de la Transferencia de Competencias y Funciones - ciclos 2007 y 2008. Cambio de enfoque: Desarrollo de la Gestion Descentralizada. Propuesta de Transferencia para el ano 2009. Programa de Capacidades. Desarrollo de

Capitulo II. Capitulo III. Capitulo IV. Capitulo V.

Seguimiento, Monitoreo y Evaluacion del la Gestion Descentralizada.

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